Madrid (BOCM-20230721-25)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 172

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023

Pág. 263

3.2.

Autorizar y disponer gastos, así como reconocer y liquidar obligaciones de los
programas presupuestarios correspondientes a las direcciones generales dependientes de la coordinación general, cuyo importe sea superior a 60.000 euros y
no supere los 120.000 euros.
3.3. Dejar sin efecto las autorizaciones y, en su caso, disposiciones de gasto derivadas de expedientes que hayan sido autorizados por la Junta de Gobierno.
4. Contratación:
4.1. Realizar contrataciones de toda clase, que se imputen a los programas presupuestarios de los que sean responsables, cuyo importe no supere los 120.000
euros.
4.2. Realizar contrataciones de toda clase, que se imputen a los programas presupuestarios correspondientes a las direcciones generales dependientes de la coordinación
general, cuyo importe sea superior a 60.000 euros y no supere los 120.000 euros.
5. Gestión de procedimientos:
5.1. Acordar la conclusión y archivo de los procedimientos que aparezcan ultimados
en todos sus trámites.
5.2. Formular las propuestas de resolución de los decretos que hayan de ser adoptados por el titular del área de gobierno.
5.3. Formular las propuestas de suscripción de los convenios competencia del área
de gobierno.
6. Reclamaciones y recursos:
Resolver los recursos de reposición y los extraordinarios de revisión presentados contra los actos dictados por la coordinación general.
Secretaría General Técnica de Obras y Equipamientos

1. Régimen jurídico:
1.1. Preparar los asuntos que el titular del área de gobierno eleve a la Junta de Gobierno y al Pleno.
1.2. Participar en la Comisión Preparatoria de la Junta de Gobierno a la que se refiere el artículo 29 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración
del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004.
1.3. Gestionar las relaciones con los tribunales de justicia en relación con los procedimientos tramitados por el área de gobierno, sin perjuicio de las competencias
que correspondan a otros órganos municipales.
2. Régimen interior:
2.1. Atender las necesidades del área de gobierno en bienes y servicios, sin perjuicio
de las competencias atribuidas a las direcciones generales del área.
2.2. Organizar los efectivos personales para traslado de documentación, control de
correo, así como la organización del servicio de los conductores adscritos al área
de gobierno, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de
Economía, Innovación y Hacienda en materia de recursos humanos.
2.3. Proponer la adquisición de equipos informáticos del área de gobierno.
3. Gestión presupuestaria:
3.1. Elaborar la propuesta del presupuesto anual de la secretaría general técnica y la
coordinación del resto de las propuestas de las direcciones generales del área de
gobierno, a excepción del capítulo 1.
3.2. Supervisar y evaluar la ejecución del presupuesto asignado al área de gobierno.
3.3. Proponer las modificaciones presupuestarias que afecten a los programas presupuestarios del área de gobierno, a excepción de las referentes al capítulo 1.
4. Recursos humanos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda en esta materia:
4.1. Realizar las solicitudes referentes a estructura orgánica, relación de puestos de
trabajo y plantilla presupuestaria del área de gobierno.

BOCM-20230721-25

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