Madrid (BOCM-20230721-21)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 172

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023

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Formular las propuestas de resolución de los decretos que hayan de ser adoptados por el titular del área de gobierno.
4.3. Formular las propuestas de suscripción de los convenios competencia del área
de gobierno.
5. Reclamaciones y recursos:
Resolver los recursos de reposición y los extraordinarios de revisión presentados contra los actos dictados por la coordinación general.
5.o

Coordinación General de Vicealcaldía
1. Competencias específicas:
1.1. En materia de coordinación territorial:
a) Mantener las relaciones entre el Pleno del Ayuntamiento y las áreas de gobierno con los distritos, a través de los instrumentos necesarios para garantizar su coordinación, entre otros, las reuniones oportunas con las coordinaciones y secretarías de distrito.
b) Coordinar y supervisar el funcionamiento de las sesiones plenarias en las
juntas municipales de distrito y órganos de participación colectiva, y recepcionar y realizar el seguimiento de las relaciones con las organizaciones sociales.
c) Dirigir y coordinar el órgano colegiado de seguimiento y de coordinación
áreas-distritos sobre materias desconcentradas.
d) Planificar, desarrollar y supervisar el proceso de desconcentración municipal.
1.2. En materia de participación ciudadana:
a) Impulsar, supervisar y proponer a los órganos municipales competentes, a
través del titular del área de gobierno, la aprobación de los planes concertados de reequilibrio territorial (planes integrales de barrio y planes estratégicos); así como su coordinación y seguimiento.
b) Participación en órganos colegiados en materia de participación ciudadana.
c) Impulsar programas y convenios de colaboración con el tejido asociativo.
d) Gestionar el Registro de lobbies.
e) Establecer nuevas vías de participación ciudadana para impulsar la participación formalizada e individual, fomentar el derecho de participación, así
como impulsar y promocionar la innovación y el desarrollo tecnológico de
la participación ciudadana
f) Impulsar y apoyar el funcionamiento y las actividades de las comisiones de participación ciudadana de equipamientos de proximidad, así como de otros órganos municipales con competencias en materia de participación ciudadana.
g) Impulsar y coordinar la innovación social.
h) Impulsar y promocionar la participación ciudadana.
i) Diseñar y desarrollar actuaciones para la protección de la privacidad y la
neutralidad en los procesos participativos.
j) Diseñar, asesorar, desarrollar y coordinar las estrategias y acciones de fomento de la cooperación con el tercer sector.
1.3. En materia de protección de datos:
a) Desarrollar la interlocución única entre el Ayuntamiento de Madrid y las
autoridades de control.
b) Establecer los protocolos de recepción y gestión de las solicitudes de ejercicio de derechos por parte de los interesados y su valoración, y atender las
reclamaciones de las personas afectadas.
c) Elaborar el plan de comunicación interna y externa en materia de protección
de datos.
d) Dictar instrucciones en materia de protección de datos.
e) Elaborar, coordinar y difundir el plan de protección de datos del Ayuntamiento de Madrid.
f) Establecer los criterios para el cumplimiento de la normativa en materia de
protección de datos y la coordinación y seguimiento de su cumplimiento.
g) Coordinar la implantación del plan de protección de datos del Ayuntamiento de Madrid con el responsable del tratamiento.
h) Asesorar a todas las unidades orgánicas del Ayuntamiento con los interlocutores de protección de datos.

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