Madrid (BOCM-20230721-21)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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B.O.C.M. Núm. 172
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
dentro del marco de las directrices y criterios de actuación que establezca el
Organismo Autónomo Madrid Salud.
i) Tramitar y aprobar los procedimientos de modificación de la relación de
puestos de trabajo que, sin llevar asociada una modificación crediticia, impliquen cambios de turno, forma de provisión, adscripción de puestos y/o
unidades organizativas adscritas a la Dirección General de Policía Municipal, sin perjuicio de las competencias que en esta materia pudiera tener atribuidas el Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.
1.4. Gestión económico-administrativa:
a) Gestionar, a través de la habilitación de pagos, los anticipos de caja fija y libramientos a justificar que se imputen a los programas presupuestarios cuya
gestión le corresponda.
b) Atender las necesidades de la Coordinación General de Seguridad y Emergencias en bienes y servicios que se imputen a los programas presupuestarios cuya gestión le corresponda.
c) Ejercer las competencias relativas a la expedición, control y retirada de las
tarjetas de armas contempladas en el artículo 105 del Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, así como la potestad sancionadora prevista en dicha norma, en los casos en que esté atribuida a los municipios.
1.5. Informática, comunicaciones y nuevas tecnologías:
a) Dirigir y organizar la adquisición, mejora y actualización de los sistemas informáticos y de comunicaciones que se impute a los programas presupuestarios cuya gestión le corresponde, sin perjuicio de las competencias atribuidas al órgano directivo u organismo competente en materia de
informática, tecnologías de la información y comunicaciones.
b) Gestionar desde la implantación hasta el mantenimiento y explotación, los
sistemas de CCTV de seguridad en vía pública y en las instalaciones y edificios dependientes de la Dirección General de Policía Municipal.
c) Asumir la responsabilidad de seguridad de los ficheros de datos de carácter
personal cuya responsabilidad recaiga en la Dirección General de Policía
Municipal, garantizando el cumplimiento de la normativa de protección de
datos de carácter personal.
d) Gestionar y controlar la acreditación corporativa municipal en lo referente a
la tarjeta corporativa municipal y acreditación en controles de acceso y
vehículos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno
de Economía, Innovación y Hacienda en materia de personal.
1.6. Seguridad interior:
a) Dirigir y gestionar la seguridad interior del Ayuntamiento de Madrid.
b) Ejercer las competencias previstas en la normativa vigente de seguridad privada.
c) Dirigir y planificar los servicios de seguridad privada en los edificios e instalaciones municipales.
d) Asesorar en la elaboración de informes técnicos en la tramitación de procedimientos relativos a la seguridad privada, así como verificar la calidad técnica
y operativa de los servicios prestados por las empresas de dicho ámbito.
e) Realizar las comprobaciones necesarias sobre el correcto desempeño de los
servicios de vigilancia privada en el Ayuntamiento de Madrid, según se establezca en los respectivos pliegos de contratación.
f) Asesorar sobre medidas organizativas de seguridad interior de los edificios
municipales referidas a los controles de acceso y vigilancia privada.
g) Dirigir y planificar los medios humanos de seguridad privada y operación
de los sistemas técnicos de seguridad que componen el dispositivo de seguridad del Palacio de Cibeles.
h) Planificar y dirigir el mantenimiento de los sistemas técnicos de seguridad
que componen el dispositivo de seguridad interior del Palacio de Cibeles,
así como los sistemas técnicos de los edificios del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, salvo los que dependan de
la Dirección General de Policía Municipal.
Pág. 179
BOCM-20230721-21
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
dentro del marco de las directrices y criterios de actuación que establezca el
Organismo Autónomo Madrid Salud.
i) Tramitar y aprobar los procedimientos de modificación de la relación de
puestos de trabajo que, sin llevar asociada una modificación crediticia, impliquen cambios de turno, forma de provisión, adscripción de puestos y/o
unidades organizativas adscritas a la Dirección General de Policía Municipal, sin perjuicio de las competencias que en esta materia pudiera tener atribuidas el Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.
1.4. Gestión económico-administrativa:
a) Gestionar, a través de la habilitación de pagos, los anticipos de caja fija y libramientos a justificar que se imputen a los programas presupuestarios cuya
gestión le corresponda.
b) Atender las necesidades de la Coordinación General de Seguridad y Emergencias en bienes y servicios que se imputen a los programas presupuestarios cuya gestión le corresponda.
c) Ejercer las competencias relativas a la expedición, control y retirada de las
tarjetas de armas contempladas en el artículo 105 del Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, así como la potestad sancionadora prevista en dicha norma, en los casos en que esté atribuida a los municipios.
1.5. Informática, comunicaciones y nuevas tecnologías:
a) Dirigir y organizar la adquisición, mejora y actualización de los sistemas informáticos y de comunicaciones que se impute a los programas presupuestarios cuya gestión le corresponde, sin perjuicio de las competencias atribuidas al órgano directivo u organismo competente en materia de
informática, tecnologías de la información y comunicaciones.
b) Gestionar desde la implantación hasta el mantenimiento y explotación, los
sistemas de CCTV de seguridad en vía pública y en las instalaciones y edificios dependientes de la Dirección General de Policía Municipal.
c) Asumir la responsabilidad de seguridad de los ficheros de datos de carácter
personal cuya responsabilidad recaiga en la Dirección General de Policía
Municipal, garantizando el cumplimiento de la normativa de protección de
datos de carácter personal.
d) Gestionar y controlar la acreditación corporativa municipal en lo referente a
la tarjeta corporativa municipal y acreditación en controles de acceso y
vehículos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno
de Economía, Innovación y Hacienda en materia de personal.
1.6. Seguridad interior:
a) Dirigir y gestionar la seguridad interior del Ayuntamiento de Madrid.
b) Ejercer las competencias previstas en la normativa vigente de seguridad privada.
c) Dirigir y planificar los servicios de seguridad privada en los edificios e instalaciones municipales.
d) Asesorar en la elaboración de informes técnicos en la tramitación de procedimientos relativos a la seguridad privada, así como verificar la calidad técnica
y operativa de los servicios prestados por las empresas de dicho ámbito.
e) Realizar las comprobaciones necesarias sobre el correcto desempeño de los
servicios de vigilancia privada en el Ayuntamiento de Madrid, según se establezca en los respectivos pliegos de contratación.
f) Asesorar sobre medidas organizativas de seguridad interior de los edificios
municipales referidas a los controles de acceso y vigilancia privada.
g) Dirigir y planificar los medios humanos de seguridad privada y operación
de los sistemas técnicos de seguridad que componen el dispositivo de seguridad del Palacio de Cibeles.
h) Planificar y dirigir el mantenimiento de los sistemas técnicos de seguridad
que componen el dispositivo de seguridad interior del Palacio de Cibeles,
así como los sistemas técnicos de los edificios del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, salvo los que dependan de
la Dirección General de Policía Municipal.
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