Madrid (BOCM-20230721-21)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
7.o
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
Pág. 167
Secretaría General Técnica de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias
1. Régimen jurídico:
1.1. Preparar los asuntos que el titular del área de gobierno eleve a la Junta de Gobierno y al Pleno.
1.2. Participar en la Comisión Preparatoria de la Junta de Gobierno a la que se refiere el artículo 29 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración
del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004.
1.3. Gestionar las relaciones con los tribunales de justicia en relación con los procedimientos tramitados por el área de gobierno, sin perjuicio de las competencias
que correspondan a otros órganos municipales.
2. Régimen interior:
2.1. Atender las necesidades del área de gobierno en bienes y servicios, sin perjuicio
de las competencias atribuidas a las direcciones generales del área.
2.2. Organizar los efectivos personales para traslado de documentación, control de
correo, así como la organización del servicio de los conductores adscritos al área
de gobierno, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de
Economía, Innovación y Hacienda en materia de recursos humanos.
2.3. Proponer la adquisición de equipos informáticos del área de gobierno.
3. Gestión presupuestaria:
3.1. Elaborar la propuesta del presupuesto anual de la secretaría general técnica y la
coordinación del resto de las propuestas de las direcciones generales del área de
gobierno, a excepción del capítulo 1.
3.2. Supervisar y evaluar la ejecución del presupuesto asignado al área de gobierno.
3.3. Proponer las modificaciones presupuestarias que afecten a los programas presupuestarios del área de gobierno, a excepción de las referentes al capítulo 1.
4. Recursos humanos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda en esta materia:
4.1. Realizar las solicitudes referentes a estructura orgánica, relación de puestos de
trabajo y plantilla presupuestaria del área de gobierno.
4.2. Convocar, elaborar y aprobar las bases específicas y resolver las convocatorias
de provisión definitiva de puestos de trabajo que estén adscritos al área de gobierno y que no se convoquen abiertos a otras administraciones públicas, así
como proponer la provisión del resto de puestos de trabajo y las contrataciones
laborales temporales, interinajes, comisiones de servicios, adscripciones provisionales, traslados de personal laboral y, en general, todo lo que afecte a la gestión del personal adscrito al área de gobierno.
4.3. Coordinar los planes de formación del personal municipal en lo que se refiere al
personal del área de gobierno, sin perjuicio de las competencias atribuidas al
Centro Integral de Formación de Seguridad y Emergencias.
4.4. Desarrollar las funciones de acreditación y registro de las identidades de los empleados públicos adscritos a los puestos de trabajo del área de gobierno.
4.5. Controlar las emisiones, revocaciones y suspensiones de certificados de empleado público en su ámbito y la coordinación con los órganos competentes en materia de recursos humanos, a efectos de supervisar la vigencia y las actualizaciones necesarias de los datos resultantes de cambios en las situaciones
administrativas de los empleados municipales.
5. Gestión de fondos documentales:
5.1. Gestionar los fondos documentales y difundir los datos y publicaciones en relación con las materias de la competencia del área de gobierno, sin perjuicio de las
competencias atribuidas a otros órganos en materia de estadística.
5.2. Proponer la determinación de los precios de las publicaciones editadas por el
área de gobierno.
6. Registro y atención al ciudadano:
Gestionar las funciones de registro de solicitudes, escritos y comunicaciones, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos.
BOCM-20230721-21
B.O.C.M. Núm. 172
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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1. Régimen jurídico:
1.1. Preparar los asuntos que el titular del área de gobierno eleve a la Junta de Gobierno y al Pleno.
1.2. Participar en la Comisión Preparatoria de la Junta de Gobierno a la que se refiere el artículo 29 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración
del Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004.
1.3. Gestionar las relaciones con los tribunales de justicia en relación con los procedimientos tramitados por el área de gobierno, sin perjuicio de las competencias
que correspondan a otros órganos municipales.
2. Régimen interior:
2.1. Atender las necesidades del área de gobierno en bienes y servicios, sin perjuicio
de las competencias atribuidas a las direcciones generales del área.
2.2. Organizar los efectivos personales para traslado de documentación, control de
correo, así como la organización del servicio de los conductores adscritos al área
de gobierno, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de
Economía, Innovación y Hacienda en materia de recursos humanos.
2.3. Proponer la adquisición de equipos informáticos del área de gobierno.
3. Gestión presupuestaria:
3.1. Elaborar la propuesta del presupuesto anual de la secretaría general técnica y la
coordinación del resto de las propuestas de las direcciones generales del área de
gobierno, a excepción del capítulo 1.
3.2. Supervisar y evaluar la ejecución del presupuesto asignado al área de gobierno.
3.3. Proponer las modificaciones presupuestarias que afecten a los programas presupuestarios del área de gobierno, a excepción de las referentes al capítulo 1.
4. Recursos humanos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda en esta materia:
4.1. Realizar las solicitudes referentes a estructura orgánica, relación de puestos de
trabajo y plantilla presupuestaria del área de gobierno.
4.2. Convocar, elaborar y aprobar las bases específicas y resolver las convocatorias
de provisión definitiva de puestos de trabajo que estén adscritos al área de gobierno y que no se convoquen abiertos a otras administraciones públicas, así
como proponer la provisión del resto de puestos de trabajo y las contrataciones
laborales temporales, interinajes, comisiones de servicios, adscripciones provisionales, traslados de personal laboral y, en general, todo lo que afecte a la gestión del personal adscrito al área de gobierno.
4.3. Coordinar los planes de formación del personal municipal en lo que se refiere al
personal del área de gobierno, sin perjuicio de las competencias atribuidas al
Centro Integral de Formación de Seguridad y Emergencias.
4.4. Desarrollar las funciones de acreditación y registro de las identidades de los empleados públicos adscritos a los puestos de trabajo del área de gobierno.
4.5. Controlar las emisiones, revocaciones y suspensiones de certificados de empleado público en su ámbito y la coordinación con los órganos competentes en materia de recursos humanos, a efectos de supervisar la vigencia y las actualizaciones necesarias de los datos resultantes de cambios en las situaciones
administrativas de los empleados municipales.
5. Gestión de fondos documentales:
5.1. Gestionar los fondos documentales y difundir los datos y publicaciones en relación con las materias de la competencia del área de gobierno, sin perjuicio de las
competencias atribuidas a otros órganos en materia de estadística.
5.2. Proponer la determinación de los precios de las publicaciones editadas por el
área de gobierno.
6. Registro y atención al ciudadano:
Gestionar las funciones de registro de solicitudes, escritos y comunicaciones, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos.
BOCM-20230721-21
B.O.C.M. Núm. 172
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