Madrid (BOCM-20230721-21)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
7. Gastos:
7.1. Autorizar y disponer gastos, así como reconocer y liquidar obligaciones que se
imputen a los programas presupuestarios que les correspondan, cuyo importe no
supere los 120.000 euros.
7.2. Dejar sin efecto las autorizaciones y, en su caso, disposiciones de gasto derivadas de expedientes que hayan sido autorizados por la Junta de Gobierno.
8. Contratación:
8.1. Realizar contrataciones de toda clase, que se imputen a los programas presupuestarios que les correspondan, cuando su importe no supere los 120.000 euros.
8.2. Tramitar los procedimientos de contratación que sean de la competencia del área
de gobierno, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los órganos directivos del área.
8.3. Llevar a cabo las publicaciones que deban realizarse en el perfil de contratante.
8.4. Llevar a cabo las inscripciones que deban realizarse en el Registro de Contratos
del Ayuntamiento de Madrid.
9. Gestión económica:
9.1. Supervisar los expedientes de gasto del área de gobierno.
9.2. Gestionar, a través de la habilitación de pagos, los anticipos de caja fija y libramientos a justificar correspondientes al presupuesto del área de gobierno, sin
perjuicio de las competencias atribuidas a las direcciones generales del área.
10. Patrimonio:
10.1. Inventario:
Formar, actualizar y custodiar el catálogo de bienes muebles no incluidos en el
Inventario del Ayuntamiento de Madrid correspondiente al área de gobierno,
en los términos que se determinen mediante acuerdo de la Junta de Gobierno.
10.2. Inmuebles municipales:
a) Gestionar el mantenimiento de los edificios adscritos al área de gobierno,
sin perjuicio de las competencias de las direcciones generales, respecto de
los inmuebles en que se ubiquen los servicios a su cargo.
b) Gestionar las operaciones de mantenimiento, control e inversiones necesarias para la prestación de servicios energéticos, que permitan optimizar el
ahorro y la eficiencia energética de los inmuebles adscritos al área de gobierno, sin perjuicio de las competencias de las direcciones generales, respecto de los inmuebles en que se ubiquen los servicios a su cargo.
10.2.1. En particular, se delega en la Secretaría General Técnica de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias:
a) Rehabilitar y reformar los inmuebles adscritos a Policía Municipal, Servicios de Extinción de Incendios o SAMUR integrados
en el área de gobierno, así como implantar elementos prefabricados y las actividades necesarias para la misma, sin perjuicio de
las competencias atribuidas a las direcciones generales del área
de gobierno.
b) Realizar obras de conservación, reparación simple y acondicionamiento puntual de los inmuebles adscritos al área de gobierno en que
se ubiquen los Servicios de Extinción de Incendios o SAMUR.
11. Gestión de procedimientos:
11.1. Acordar la conclusión y archivo de los procedimientos que aparezcan ultimados en todos sus trámites.
11.2. Formular las propuestas de resolución de los decretos que hayan de ser adoptados por el titular del área de gobierno.
11.3. Elevar al titular del área de gobierno, para la adopción del correspondiente decreto, las propuestas de resolución formuladas por los órganos directivos del
área de gobierno.
11.4. Ordenar la publicación de disposiciones y resoluciones administrativas correspondientes al ámbito material de competencias del área de gobierno, sin per-
BOCM-20230721-21
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
7. Gastos:
7.1. Autorizar y disponer gastos, así como reconocer y liquidar obligaciones que se
imputen a los programas presupuestarios que les correspondan, cuyo importe no
supere los 120.000 euros.
7.2. Dejar sin efecto las autorizaciones y, en su caso, disposiciones de gasto derivadas de expedientes que hayan sido autorizados por la Junta de Gobierno.
8. Contratación:
8.1. Realizar contrataciones de toda clase, que se imputen a los programas presupuestarios que les correspondan, cuando su importe no supere los 120.000 euros.
8.2. Tramitar los procedimientos de contratación que sean de la competencia del área
de gobierno, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los órganos directivos del área.
8.3. Llevar a cabo las publicaciones que deban realizarse en el perfil de contratante.
8.4. Llevar a cabo las inscripciones que deban realizarse en el Registro de Contratos
del Ayuntamiento de Madrid.
9. Gestión económica:
9.1. Supervisar los expedientes de gasto del área de gobierno.
9.2. Gestionar, a través de la habilitación de pagos, los anticipos de caja fija y libramientos a justificar correspondientes al presupuesto del área de gobierno, sin
perjuicio de las competencias atribuidas a las direcciones generales del área.
10. Patrimonio:
10.1. Inventario:
Formar, actualizar y custodiar el catálogo de bienes muebles no incluidos en el
Inventario del Ayuntamiento de Madrid correspondiente al área de gobierno,
en los términos que se determinen mediante acuerdo de la Junta de Gobierno.
10.2. Inmuebles municipales:
a) Gestionar el mantenimiento de los edificios adscritos al área de gobierno,
sin perjuicio de las competencias de las direcciones generales, respecto de
los inmuebles en que se ubiquen los servicios a su cargo.
b) Gestionar las operaciones de mantenimiento, control e inversiones necesarias para la prestación de servicios energéticos, que permitan optimizar el
ahorro y la eficiencia energética de los inmuebles adscritos al área de gobierno, sin perjuicio de las competencias de las direcciones generales, respecto de los inmuebles en que se ubiquen los servicios a su cargo.
10.2.1. En particular, se delega en la Secretaría General Técnica de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias:
a) Rehabilitar y reformar los inmuebles adscritos a Policía Municipal, Servicios de Extinción de Incendios o SAMUR integrados
en el área de gobierno, así como implantar elementos prefabricados y las actividades necesarias para la misma, sin perjuicio de
las competencias atribuidas a las direcciones generales del área
de gobierno.
b) Realizar obras de conservación, reparación simple y acondicionamiento puntual de los inmuebles adscritos al área de gobierno en que
se ubiquen los Servicios de Extinción de Incendios o SAMUR.
11. Gestión de procedimientos:
11.1. Acordar la conclusión y archivo de los procedimientos que aparezcan ultimados en todos sus trámites.
11.2. Formular las propuestas de resolución de los decretos que hayan de ser adoptados por el titular del área de gobierno.
11.3. Elevar al titular del área de gobierno, para la adopción del correspondiente decreto, las propuestas de resolución formuladas por los órganos directivos del
área de gobierno.
11.4. Ordenar la publicación de disposiciones y resoluciones administrativas correspondientes al ámbito material de competencias del área de gobierno, sin per-
BOCM-20230721-21
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