Madrid (BOCM-20230721-27)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 172

Promover el desarrollo de energías y combustibles alternativos menos contaminantes para el transporte.
k) Realizar obras de instalaciones de energías renovables, infraestructura de recarga
de vehículos eléctricos, sistemas de climatización de bajas emisiones y otras actuaciones de eficiencia energética en los edificios y centros municipales, cuando
por sus especiales características técnicas u otras de carácter económico, así se estime por el concejal-presidente de distrito correspondiente, por el titular del Área
de Gobierno de Obras y Equipamientos o por el titular del Área de Gobierno de
Cultura, Turismo y Deporte, en el ámbito de sus respectivas competencias.
l) Impulsar la adaptación de la ciudad a los efectos del cambio climático a través del
análisis y seguimiento de las variables y riesgos climáticos y de la aplicación de
medidas para minimizar sus consecuencias, tales como el incremento de las temperaturas, olas de calor, irregularidad de las precipitaciones y degradación de ecosistemas.
1.3. Gestión de la movilidad.
a) Gestionar y controlar el servicio de estacionamiento regulado en las vías públicas
de la ciudad de Madrid, así como fijar y acordar, en coordinación con los distritos,
la proporción de plazas de estacionamiento regulado por tipologías (azules, verdes,
de uso disuasorio, uso por motivos socio-sanitarios, y otros de naturaleza análoga),
asegurando el adecuado cumplimiento de la Ordenanza de Movilidad Sostenible,
de 5 de octubre de 2018.
b) Gestionar los sistemas de control del uso, conforme a la normativa vigente en cada
momento, de las reservas situadas en las zonas de estacionamiento regulado.
c) Planificar, promover, implantar y coordinar la gestión de permisos y el control de
accesos a las zonas de bajas emisiones de especial protección que se establezcan;
implantar el acceso a las vías o áreas de acceso restringido en la ciudad de Madrid,
así como tramitar y resolver las solicitudes de autorización de acceso a estas vías
o áreas; y controlar el acceso a la vía restringida del carril bus de O’Donnell y otras
vías o áreas de acceso restringido que se implanten en la ciudad de Madrid.
d) Fijar los criterios de gestión y funcionamiento y conceder, en su caso, las autorizaciones de acceso que sean pertinentes en relación con las áreas de acceso restringido que por motivos de seguridad vial se establezcan de acuerdo con la normativa vigente.
e) Gestionar el suministro y conservación de todas las instalaciones de señalización
fija y especial, vertical y horizontal, vehicular y peatonal, así como de todas las
instalaciones de placas identificativas de calles y medidas de calmado de tráfico
que no suponga modificación de infraestructura viaria.
f) Dirigir y controlar el servicio de bicicleta pública municipal.
g) Gestionar y controlar el servicio de colocación de vallas para actos sin ánimo de
lucro, para la protección tanto del público como de determinadas zonas verdes estructuras y elementos urbanos, que se realicen en la vía pública o dentro de recintos de titularidad municipal.
h) Elaborar el proyecto de normas reguladoras de los servicios de movilidad previstos en las letras a) a g).
i) Gestionar los elementos muebles del Ayuntamiento en relación con los servicios
de movilidad previstos en las letras a) a g).
1.4. Educación ambiental.
a) Planificar, coordinar y ejecutar programas y actividades formativas, divulgativas
y educativas relativas al medio ambiente de la ciudad de Madrid.
b) Promover y desarrollar una red de huertos urbanos en la ciudad de Madrid.
c) Gestionar y coordinar los centros de formación, educación e información medioambiental dependientes de esta área de gobierno.
d) Planificar, promocionar, coordinar y ejecutar acciones de sensibilización, comunicación y divulgación de materias relativas a las competencias del área de gobierno.
e) Promover y desarrollar el compostaje comunitario y el agrocompostaje.
1.5. Control y disciplina ambiental.
a) Dirigir y coordinar los planes, programas y estudios que tengan incidencia en el
medio ambiente urbano, y en particular, la elaboración de documentos ambientales de aquellas actuaciones promovidas por el Ayuntamiento.

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