Madrid (BOCM-20230721-27)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
c) Informar los estudios y proyectos promovidos por otras administraciones públicas
en materia de infraestructuras de transporte en coordinación con el resto de áreas
de gobierno.
d) Gestionar la concesión de la Estación Sur de Autobuses de la calle de Méndez Álvaro.
e) Realizar el seguimiento de la gestión de los intercambiadores de transporte, en coordinación con el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid.
f) Autorizar el transporte público colectivo urbano de viajeros, el regular de uso especial, el transporte escolar y de menores, el transporte de trabajadores y otros en
el ámbito de las competencias municipales.
g) Autorizar la reserva de espacio para la parada y estacionamiento de vehículos destinados al transporte colectivo de viajeros en régimen regular y discrecional.
h) Realizar las obras e instalaciones que se determinen necesarias para garantizar la
funcionalidad de las paradas de autobús del municipio y sus condiciones de accesibilidad.
i) Planificar en el ámbito de competencias municipales del transporte público colectivo y su servicio sin perjuicio de las competencias ejercidas por el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid a través del acuerdo de adhesión
vigente.
j) Redactar los estudios, anteproyectos y proyectos precisos para el ejercicio de las
competencias municipales de transporte público colectivo.
k) Definir la implantación y las características de los carriles reservados al transporte
público colectivo del municipio.
1.4. Infraestructuras.
a) Planificar y ejecutar las obras de construcción y de gran reforma de los carriles
bici, de las infraestructuras urbanas en materia de transportes, así como las de movilidad que afecten a tramos urbanos de carreteras de titularidad del Estado o ramales de conexión al viario M-30, con la excepción de las obras de remodelación
del Paseo de Santa María de la Cabeza y la cubrición del viario M-30, en coordinación con el Área de Gobierno de Obras y Equipamientos.
b) Redactar los estudios, anteproyectos y proyectos precisos para el ejercicio de las
competencias municipales en materia de infraestructuras urbanas de movilidad.
c) Controlar, supervisar y ejercer las competencias de seguimiento y dirección en el
desarrollo de las obras infraestructurales de movilidad.
d) Coordinar y supervisar la conservación e inversiones de renovación del viario M-30 y
de los ramales de conexión al mismo.
e) Instalar, mantener y conservar los equipamientos municipales asociados a infraestructuras viarias y ferroviarias existentes encaminados a la reducción del impacto acústico, a excepción de los afectos a la sociedad de economía mixta Madrid
Calle 30, S. A.
2. Patrimonio.
2.1. Gestión patrimonial.
Respecto del patrimonio constituido por los aparcamientos públicos, de rotación, para
residentes o mixtos, ya sean bienes de dominio público o patrimoniales, le corresponde:
a) Realizar los trámites conducentes a la formalización notarial de los contratos y demás negocios jurídicos sobre bienes y derechos del patrimonio del Ayuntamiento
de Madrid, así como la firma de las correspondientes escrituras.
b) Las competencias en materia de patrimonio relativas a la gestión de los bienes de
dominio público y patrimoniales, sin perjuicio de las competencias atribuidas expresamente a otros órganos.
c) El ejercicio de las prerrogativas para la defensa del patrimonio del Ayuntamiento
de Madrid.
2.2. Concesiones, autorizaciones y cesiones gratuitas.
Otorgar las concesiones de uso de las plazas de los aparcamientos públicos municipales gestionados por la Empresa Municipal de Transportes de Madrid, S. A.
16.o Oficina del Nuevo Plan General de Ordenación Urbana de Madrid
1. Competencias específicas.
1.1. Organizar el proceso de revisión del Plan General de Ordenación Urbana de
Madrid de 1997, en coordinación con el conjunto de la Administración municipal.
BOCM-20230721-27
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
c) Informar los estudios y proyectos promovidos por otras administraciones públicas
en materia de infraestructuras de transporte en coordinación con el resto de áreas
de gobierno.
d) Gestionar la concesión de la Estación Sur de Autobuses de la calle de Méndez Álvaro.
e) Realizar el seguimiento de la gestión de los intercambiadores de transporte, en coordinación con el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid.
f) Autorizar el transporte público colectivo urbano de viajeros, el regular de uso especial, el transporte escolar y de menores, el transporte de trabajadores y otros en
el ámbito de las competencias municipales.
g) Autorizar la reserva de espacio para la parada y estacionamiento de vehículos destinados al transporte colectivo de viajeros en régimen regular y discrecional.
h) Realizar las obras e instalaciones que se determinen necesarias para garantizar la
funcionalidad de las paradas de autobús del municipio y sus condiciones de accesibilidad.
i) Planificar en el ámbito de competencias municipales del transporte público colectivo y su servicio sin perjuicio de las competencias ejercidas por el Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid a través del acuerdo de adhesión
vigente.
j) Redactar los estudios, anteproyectos y proyectos precisos para el ejercicio de las
competencias municipales de transporte público colectivo.
k) Definir la implantación y las características de los carriles reservados al transporte
público colectivo del municipio.
1.4. Infraestructuras.
a) Planificar y ejecutar las obras de construcción y de gran reforma de los carriles
bici, de las infraestructuras urbanas en materia de transportes, así como las de movilidad que afecten a tramos urbanos de carreteras de titularidad del Estado o ramales de conexión al viario M-30, con la excepción de las obras de remodelación
del Paseo de Santa María de la Cabeza y la cubrición del viario M-30, en coordinación con el Área de Gobierno de Obras y Equipamientos.
b) Redactar los estudios, anteproyectos y proyectos precisos para el ejercicio de las
competencias municipales en materia de infraestructuras urbanas de movilidad.
c) Controlar, supervisar y ejercer las competencias de seguimiento y dirección en el
desarrollo de las obras infraestructurales de movilidad.
d) Coordinar y supervisar la conservación e inversiones de renovación del viario M-30 y
de los ramales de conexión al mismo.
e) Instalar, mantener y conservar los equipamientos municipales asociados a infraestructuras viarias y ferroviarias existentes encaminados a la reducción del impacto acústico, a excepción de los afectos a la sociedad de economía mixta Madrid
Calle 30, S. A.
2. Patrimonio.
2.1. Gestión patrimonial.
Respecto del patrimonio constituido por los aparcamientos públicos, de rotación, para
residentes o mixtos, ya sean bienes de dominio público o patrimoniales, le corresponde:
a) Realizar los trámites conducentes a la formalización notarial de los contratos y demás negocios jurídicos sobre bienes y derechos del patrimonio del Ayuntamiento
de Madrid, así como la firma de las correspondientes escrituras.
b) Las competencias en materia de patrimonio relativas a la gestión de los bienes de
dominio público y patrimoniales, sin perjuicio de las competencias atribuidas expresamente a otros órganos.
c) El ejercicio de las prerrogativas para la defensa del patrimonio del Ayuntamiento
de Madrid.
2.2. Concesiones, autorizaciones y cesiones gratuitas.
Otorgar las concesiones de uso de las plazas de los aparcamientos públicos municipales gestionados por la Empresa Municipal de Transportes de Madrid, S. A.
16.o Oficina del Nuevo Plan General de Ordenación Urbana de Madrid
1. Competencias específicas.
1.1. Organizar el proceso de revisión del Plan General de Ordenación Urbana de
Madrid de 1997, en coordinación con el conjunto de la Administración municipal.
BOCM-20230721-27
BOCM