Madrid (BOCM-20230721-27)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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B.O.C.M. Núm. 172
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
c) Informar preceptivamente las actuaciones urbanísticas, estudios y proyectos que
puedan afectar a los aparcamientos municipales existentes o de nueva implantación en el espacio público.
d) Proponer al órgano competente el establecimiento, modificación y actualización
del régimen tarifario aplicables a los aparcamientos de rotación y a la parte rotacional de los aparcamientos mixtos y a los aparcamientos disuasorios.
e) Dirigir, coordinar, gestionar e impulsar el proceso de desafectación y enajenación
de los aparcamientos municipales existentes y del suelo de los nuevos aparcamientos en los términos previstos en el presente acuerdo.
1.2. Planificación de la movilidad.
a) Realizar estudios y análisis de equilibrios entre el tráfico rodado y el peatonal, así
como ordenar el uso y utilización de las vías públicas para la mayor compatibilidad de vehículos y peatones.
b) Planificar las infraestructuras vinculadas a la movilidad urbana, determinando los
principales requerimientos tales como ubicación, tipología y dimensión.
c) Definir los aspectos relacionados con la movilidad en los proyectos de remodelación de vías y espacios públicos respetando los criterios que se establezcan en el
Plan Integral que en materia de sostenibilidad elabore esta área de gobierno.
d) Planificar y, en su caso, autorizar dentro de las normas y ordenanzas de carácter
general las reservas de estacionamiento y parada en todas las vías públicas pertenecientes a la red básica de transportes, entendiendo por tal aquélla por la que circulan autobuses de la Empresa Municipal de Transportes de Madrid, S. A., y vías
relacionadas en el anexo III.
e) Distribuir los espacios para las reservas de estacionamiento y parada en el entorno
de los estadios de fútbol Santiago Bernabéu, Municipal de Vallecas; de la Plaza
de Toros de Las Ventas, de la Caja Mágica, del Palacio de los Deportes y del Palacio de Vistalegre.
f) Elaborar planes y programas de movilidad de la ciudad de Madrid en el marco de
los planes y programas de sostenibilidad impulsados por el área.
g) Definir los aspectos relacionados con la movilidad en los proyectos de remodelación de vías y espacios públicos de acuerdo con los planes y programas de sostenibilidad impulsados por el área.
h) Promover la participación en proyectos europeos de sostenibilidad, así como promover y participar en los proyectos europeos, en los foros, mesas institucionales
o técnicas, de ámbito administrativo o interadministrativo cuyos objetos tengan
relación con la movilidad.
i) Elaborar el Plan de Movilidad Urbana Sostenible de la ciudad de Madrid respetando
los criterios que se establezcan en materia de sostenibilidad impulsados por el área.
j) Actualizar el Plan de Movilidad Ciclista a las nuevas estrategias urbanas.
k) Desarrollar planes de movilidad peatonal para la ciudad y los barrios con capacidad de crear una red de proximidad en los distritos.
l) Elaborar otras estrategias o programas a través de procesos de participación o en
desarrollo de competencias del área, orientados a conseguir un modelo de ciudad
más sostenible y cohesionado.
m) Determinar la ordenación de la red viaria definiendo los puntos de acceso en relación
con las áreas de acceso restringido que por motivos de seguridad vial se implanten
por el Pleno de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza de Movilidad Sostenible,
de 5 de octubre de 2018.
n) Analizar la viabilidad de las propuestas distritales de creación de zonas de aparcamiento vecinal.
ñ) Planificar el acceso a las vías o áreas de acceso restringido en la ciudad de Madrid.
o) Emitir el informe vinculante en caso de actuaciones urbanísticas, previstas en el
artículo 74 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, de 5 de octubre de 2018, en
las que se contemple la instalación de reservas para motocicletas y ciclomotores
de dos y tres ruedas y vehículos de movilidad personal, como parte del estacionamiento dotacional de la zona.
1.3. Transportes.
a) Elaborar el proyecto de normas reguladoras del transporte colectivo de viajeros en
el ámbito de las competencias municipales.
b) Informar los planes especiales de infraestructuras y las actuaciones municipales
que afecten a las redes generales de infraestructuras del transporte del municipio.
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BOCM-20230721-27
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
c) Informar preceptivamente las actuaciones urbanísticas, estudios y proyectos que
puedan afectar a los aparcamientos municipales existentes o de nueva implantación en el espacio público.
d) Proponer al órgano competente el establecimiento, modificación y actualización
del régimen tarifario aplicables a los aparcamientos de rotación y a la parte rotacional de los aparcamientos mixtos y a los aparcamientos disuasorios.
e) Dirigir, coordinar, gestionar e impulsar el proceso de desafectación y enajenación
de los aparcamientos municipales existentes y del suelo de los nuevos aparcamientos en los términos previstos en el presente acuerdo.
1.2. Planificación de la movilidad.
a) Realizar estudios y análisis de equilibrios entre el tráfico rodado y el peatonal, así
como ordenar el uso y utilización de las vías públicas para la mayor compatibilidad de vehículos y peatones.
b) Planificar las infraestructuras vinculadas a la movilidad urbana, determinando los
principales requerimientos tales como ubicación, tipología y dimensión.
c) Definir los aspectos relacionados con la movilidad en los proyectos de remodelación de vías y espacios públicos respetando los criterios que se establezcan en el
Plan Integral que en materia de sostenibilidad elabore esta área de gobierno.
d) Planificar y, en su caso, autorizar dentro de las normas y ordenanzas de carácter
general las reservas de estacionamiento y parada en todas las vías públicas pertenecientes a la red básica de transportes, entendiendo por tal aquélla por la que circulan autobuses de la Empresa Municipal de Transportes de Madrid, S. A., y vías
relacionadas en el anexo III.
e) Distribuir los espacios para las reservas de estacionamiento y parada en el entorno
de los estadios de fútbol Santiago Bernabéu, Municipal de Vallecas; de la Plaza
de Toros de Las Ventas, de la Caja Mágica, del Palacio de los Deportes y del Palacio de Vistalegre.
f) Elaborar planes y programas de movilidad de la ciudad de Madrid en el marco de
los planes y programas de sostenibilidad impulsados por el área.
g) Definir los aspectos relacionados con la movilidad en los proyectos de remodelación de vías y espacios públicos de acuerdo con los planes y programas de sostenibilidad impulsados por el área.
h) Promover la participación en proyectos europeos de sostenibilidad, así como promover y participar en los proyectos europeos, en los foros, mesas institucionales
o técnicas, de ámbito administrativo o interadministrativo cuyos objetos tengan
relación con la movilidad.
i) Elaborar el Plan de Movilidad Urbana Sostenible de la ciudad de Madrid respetando
los criterios que se establezcan en materia de sostenibilidad impulsados por el área.
j) Actualizar el Plan de Movilidad Ciclista a las nuevas estrategias urbanas.
k) Desarrollar planes de movilidad peatonal para la ciudad y los barrios con capacidad de crear una red de proximidad en los distritos.
l) Elaborar otras estrategias o programas a través de procesos de participación o en
desarrollo de competencias del área, orientados a conseguir un modelo de ciudad
más sostenible y cohesionado.
m) Determinar la ordenación de la red viaria definiendo los puntos de acceso en relación
con las áreas de acceso restringido que por motivos de seguridad vial se implanten
por el Pleno de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza de Movilidad Sostenible,
de 5 de octubre de 2018.
n) Analizar la viabilidad de las propuestas distritales de creación de zonas de aparcamiento vecinal.
ñ) Planificar el acceso a las vías o áreas de acceso restringido en la ciudad de Madrid.
o) Emitir el informe vinculante en caso de actuaciones urbanísticas, previstas en el
artículo 74 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, de 5 de octubre de 2018, en
las que se contemple la instalación de reservas para motocicletas y ciclomotores
de dos y tres ruedas y vehículos de movilidad personal, como parte del estacionamiento dotacional de la zona.
1.3. Transportes.
a) Elaborar el proyecto de normas reguladoras del transporte colectivo de viajeros en
el ámbito de las competencias municipales.
b) Informar los planes especiales de infraestructuras y las actuaciones municipales
que afecten a las redes generales de infraestructuras del transporte del municipio.
Pág. 327
BOCM-20230721-27
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