Madrid (BOCM-20230721-23)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Estructura Áreas Gobierno
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BOCM
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
2. Patrimonio.
2.1. Inmuebles municipales.
a) Gestionar el mantenimiento de los edificios adscritos al área de gobierno.
b) Gestionar las operaciones de mantenimiento, control e inversiones necesarias para
la prestación de servicios energéticos, que permitan optimizar el ahorro y la eficiencia energética de los inmuebles adscritos al área de gobierno.
c) Restaurar, rehabilitar y conservar el patrimonio cultural inmueble de propiedad
municipal (niveles de protección I y II del Plan General de Ordenación Urbana),
salvo las viviendas ligadas a rehabilitación urbana, los inmuebles destinados principalmente a servicios administrativos municipales, a colegios públicos y aquellos
que estén adscritos a los distritos y los encomendados a otros órganos.
10. Área Delegada de Turismo
1. Competencias generales.
Dirigir los ámbitos de la actividad administrativa integrada en su área, sin perjuicio de
la superior dirección y representación que corresponde al titular del área de gobierno.
2. Competencias específicas.
2.1. Impulsar la gestión turística de la ciudad de Madrid.
2.2. Impulsar, coordinar y promover el turismo de compras y gastronómico y de los
productos madrileños.
2.3. Coordinar, asesorar y apoyar la actuación de los Distritos en la promoción del
turismo.
2.4. Promover actuaciones y convenios de colaboración con otras Administraciones
Públicas y con entidades públicas y privadas, en materia de turismo.
2.5. Coordinar e impulsar la promoción turística nacional e internacional de la ciudad de Madrid en colaboración con las demás áreas de gobierno.
3. Gastos.
3.1. Autorizar y disponer gastos, así como reconocer y liquidar obligaciones de los
programas presupuestarios del área delegada, cuyo importe no supere los 120.000 euros.
3.2. Autorizar y disponer gastos, así como reconocer y liquidar obligaciones de los
programas presupuestarios correspondientes a las direcciones generales dependientes del
área delegada, cuyo importe no supere los 120.000 euros.
3.3. Dejar sin efecto las autorizaciones y, en su caso, disposiciones de gasto derivadas de expedientes que hayan sido autorizados por la Junta de Gobierno.
3.4. Aprobar las cuentas a justificar de las partidas de gasto y las cuentas justificativas de los anticipos de caja fija correspondientes al área delegada.
4. Contratación.
4.1. Realizar contrataciones de toda clase, que se imputen a los programas presupuestarios de los que sea responsable el área delegada, cuyo importe no supere los 120.000 euros.
4.2. Realizar contrataciones de toda clase, que se imputen a los programas presupuestarios correspondientes a las direcciones generales dependientes del área delegada,
cuyo importe no supere los 120.000 euros.
5. Reclamaciones y recursos.
5.1. Resolver los recursos de reposición y los extraordinarios de revisión presentados contra los actos dictados por el titular del área delegada.
5.2. Ejercer las facultades de revisión de oficio reguladas en el capítulo I del título V
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, cuando el acto objeto de revisión se hubiera dictado por
el titular del área delegada o por órganos dependientes del mismo en virtud de competencias delegadas en este acuerdo.
No obstante, la rectificación de errores regulada en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, se delega en el órgano que hubiera dictado el acto objeto de rectificación.
11. Área Delegada de Deporte
1. Competencias generales.
Dirigir los ámbitos de la actividad administrativa integrada en su área, sin perjuicio de
la superior dirección y representación que corresponde al titular del área de gobierno.
BOCM-20230721-23
Pág. 234
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
2. Patrimonio.
2.1. Inmuebles municipales.
a) Gestionar el mantenimiento de los edificios adscritos al área de gobierno.
b) Gestionar las operaciones de mantenimiento, control e inversiones necesarias para
la prestación de servicios energéticos, que permitan optimizar el ahorro y la eficiencia energética de los inmuebles adscritos al área de gobierno.
c) Restaurar, rehabilitar y conservar el patrimonio cultural inmueble de propiedad
municipal (niveles de protección I y II del Plan General de Ordenación Urbana),
salvo las viviendas ligadas a rehabilitación urbana, los inmuebles destinados principalmente a servicios administrativos municipales, a colegios públicos y aquellos
que estén adscritos a los distritos y los encomendados a otros órganos.
10. Área Delegada de Turismo
1. Competencias generales.
Dirigir los ámbitos de la actividad administrativa integrada en su área, sin perjuicio de
la superior dirección y representación que corresponde al titular del área de gobierno.
2. Competencias específicas.
2.1. Impulsar la gestión turística de la ciudad de Madrid.
2.2. Impulsar, coordinar y promover el turismo de compras y gastronómico y de los
productos madrileños.
2.3. Coordinar, asesorar y apoyar la actuación de los Distritos en la promoción del
turismo.
2.4. Promover actuaciones y convenios de colaboración con otras Administraciones
Públicas y con entidades públicas y privadas, en materia de turismo.
2.5. Coordinar e impulsar la promoción turística nacional e internacional de la ciudad de Madrid en colaboración con las demás áreas de gobierno.
3. Gastos.
3.1. Autorizar y disponer gastos, así como reconocer y liquidar obligaciones de los
programas presupuestarios del área delegada, cuyo importe no supere los 120.000 euros.
3.2. Autorizar y disponer gastos, así como reconocer y liquidar obligaciones de los
programas presupuestarios correspondientes a las direcciones generales dependientes del
área delegada, cuyo importe no supere los 120.000 euros.
3.3. Dejar sin efecto las autorizaciones y, en su caso, disposiciones de gasto derivadas de expedientes que hayan sido autorizados por la Junta de Gobierno.
3.4. Aprobar las cuentas a justificar de las partidas de gasto y las cuentas justificativas de los anticipos de caja fija correspondientes al área delegada.
4. Contratación.
4.1. Realizar contrataciones de toda clase, que se imputen a los programas presupuestarios de los que sea responsable el área delegada, cuyo importe no supere los 120.000 euros.
4.2. Realizar contrataciones de toda clase, que se imputen a los programas presupuestarios correspondientes a las direcciones generales dependientes del área delegada,
cuyo importe no supere los 120.000 euros.
5. Reclamaciones y recursos.
5.1. Resolver los recursos de reposición y los extraordinarios de revisión presentados contra los actos dictados por el titular del área delegada.
5.2. Ejercer las facultades de revisión de oficio reguladas en el capítulo I del título V
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, cuando el acto objeto de revisión se hubiera dictado por
el titular del área delegada o por órganos dependientes del mismo en virtud de competencias delegadas en este acuerdo.
No obstante, la rectificación de errores regulada en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, se delega en el órgano que hubiera dictado el acto objeto de rectificación.
11. Área Delegada de Deporte
1. Competencias generales.
Dirigir los ámbitos de la actividad administrativa integrada en su área, sin perjuicio de
la superior dirección y representación que corresponde al titular del área de gobierno.
BOCM-20230721-23
Pág. 234
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID