Madrid (BOCM-20230721-24)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Estructura Áreas Gobierno
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 172
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
3. Gestión presupuestaria.
3.1. Elaborar la propuesta del presupuesto anual de la secretaría general técnica y la
coordinación del resto de las propuestas de los órganos directivos de la Coordinación General de la Alcaldía, a excepción del capítulo 1.
3.2. Supervisar y evaluar la ejecución del presupuesto asignado a la Coordinación
General de la Alcaldía.
3.3. Proponer las modificaciones presupuestarias que afecten a los programas presupuestarios gestionados por la Coordinación General de la Alcaldía, con excepción de las referentes al capítulo 1.
4. Recursos humanos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda en esta materia.
4.1. Realizar las solicitudes referentes a estructura orgánica, relación de puestos de
trabajo y plantilla presupuestaria de la Coordinación General de la Alcaldía.
4.2. Convocar, elaborar y aprobar las bases específicas y resolver las convocatorias
de provisión definitiva de puestos de trabajo que estén adscritos a la coordinación general y que no se convoquen abiertos a otras administraciones públicas,
así como proponer la provisión del resto de puestos de trabajo y las contrataciones laborales temporales, interinajes, comisiones de servicios, adscripciones
provisionales, traslados de personal laboral y, en general, todo lo que afecte a la
gestión del personal adscrito a la coordinación general.
4.3. Coordinar los planes de formación del personal municipal en lo que se refiere al
personal gestionado por la Coordinación General de la Alcaldía.
4.4. Desarrollar las funciones de acreditación y registro de las identidades de los empleados públicos adscritos a los puestos de trabajo de la Coordinación General
de la Alcaldía.
4.5. Controlar las emisiones, revocaciones y suspensiones de certificados de empleado público en su ámbito y la coordinación con los órganos competentes en materia de recursos humanos, a efectos de supervisar la vigencia y las actualizaciones necesarias de los datos resultantes de cambios en las situaciones
administrativas de los empleados municipales.
5. Gestión de fondos documentales.
5.1. Gestionar los fondos documentales y difundir los datos y publicaciones en relación con las materias de la competencia de la Coordinación General de la Alcaldía, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos en materia de
estadística.
5.2. Proponer la determinación de los precios de las publicaciones editadas por la
Coordinación General de la Alcaldía.
6. Registro y atención al ciudadano. Gestionar las funciones de registro de solicitudes, escritos y comunicaciones, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos.
7. Gastos.
7.1. Autorizar y disponer gastos, así como reconocer y liquidar obligaciones que se
imputen a los programas presupuestarios que les correspondan, cuyo importe no
supere los 120.000 euros.
7.2. Dejar sin efecto las autorizaciones y, en su caso, disposiciones de gasto derivadas de expedientes que hayan sido autorizados por la Junta de Gobierno.
7.3. En particular, se delega en la Secretaría General Técnica de la Coordinación General de la Alcaldía:
a) Autorizar y disponer gastos, así como reconocer y liquidar obligaciones derivados del cumplimiento de las sentencias y otras resoluciones judiciales
referentes a disposiciones y actos adoptados en el ámbito de las competencias de la Coordinación General de la Alcaldía, con independencia de su
importe.
b) Autorizar y disponer gastos, así como reconocer y liquidar obligaciones relativos a intereses de demora y costes de cobro derivados del retraso en el
pago de facturas correspondientes a contratos administrativos tramitados
por los órganos de la Coordinación General de la Alcaldía, así como los derivados de la ejecución de sentencias, en cumplimiento de las resoluciones
del titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.
Pág. 247
BOCM-20230721-24
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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3. Gestión presupuestaria.
3.1. Elaborar la propuesta del presupuesto anual de la secretaría general técnica y la
coordinación del resto de las propuestas de los órganos directivos de la Coordinación General de la Alcaldía, a excepción del capítulo 1.
3.2. Supervisar y evaluar la ejecución del presupuesto asignado a la Coordinación
General de la Alcaldía.
3.3. Proponer las modificaciones presupuestarias que afecten a los programas presupuestarios gestionados por la Coordinación General de la Alcaldía, con excepción de las referentes al capítulo 1.
4. Recursos humanos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda en esta materia.
4.1. Realizar las solicitudes referentes a estructura orgánica, relación de puestos de
trabajo y plantilla presupuestaria de la Coordinación General de la Alcaldía.
4.2. Convocar, elaborar y aprobar las bases específicas y resolver las convocatorias
de provisión definitiva de puestos de trabajo que estén adscritos a la coordinación general y que no se convoquen abiertos a otras administraciones públicas,
así como proponer la provisión del resto de puestos de trabajo y las contrataciones laborales temporales, interinajes, comisiones de servicios, adscripciones
provisionales, traslados de personal laboral y, en general, todo lo que afecte a la
gestión del personal adscrito a la coordinación general.
4.3. Coordinar los planes de formación del personal municipal en lo que se refiere al
personal gestionado por la Coordinación General de la Alcaldía.
4.4. Desarrollar las funciones de acreditación y registro de las identidades de los empleados públicos adscritos a los puestos de trabajo de la Coordinación General
de la Alcaldía.
4.5. Controlar las emisiones, revocaciones y suspensiones de certificados de empleado público en su ámbito y la coordinación con los órganos competentes en materia de recursos humanos, a efectos de supervisar la vigencia y las actualizaciones necesarias de los datos resultantes de cambios en las situaciones
administrativas de los empleados municipales.
5. Gestión de fondos documentales.
5.1. Gestionar los fondos documentales y difundir los datos y publicaciones en relación con las materias de la competencia de la Coordinación General de la Alcaldía, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos en materia de
estadística.
5.2. Proponer la determinación de los precios de las publicaciones editadas por la
Coordinación General de la Alcaldía.
6. Registro y atención al ciudadano. Gestionar las funciones de registro de solicitudes, escritos y comunicaciones, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos.
7. Gastos.
7.1. Autorizar y disponer gastos, así como reconocer y liquidar obligaciones que se
imputen a los programas presupuestarios que les correspondan, cuyo importe no
supere los 120.000 euros.
7.2. Dejar sin efecto las autorizaciones y, en su caso, disposiciones de gasto derivadas de expedientes que hayan sido autorizados por la Junta de Gobierno.
7.3. En particular, se delega en la Secretaría General Técnica de la Coordinación General de la Alcaldía:
a) Autorizar y disponer gastos, así como reconocer y liquidar obligaciones derivados del cumplimiento de las sentencias y otras resoluciones judiciales
referentes a disposiciones y actos adoptados en el ámbito de las competencias de la Coordinación General de la Alcaldía, con independencia de su
importe.
b) Autorizar y disponer gastos, así como reconocer y liquidar obligaciones relativos a intereses de demora y costes de cobro derivados del retraso en el
pago de facturas correspondientes a contratos administrativos tramitados
por los órganos de la Coordinación General de la Alcaldía, así como los derivados de la ejecución de sentencias, en cumplimiento de las resoluciones
del titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.
Pág. 247
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