Madrid (BOCM-20230721-24)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Estructura Áreas Gobierno
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
8. Contratación.
8.1. Realizar contrataciones de toda clase, que se imputen a los programas presupuestarios que les correspondan, cuando su importe no supere los 120.000 euros.
8.2. Tramitar los procedimientos de contratación que sean de la competencia de la
Coordinación General de la Alcaldía, sin perjuicio de las competencias atribuidas a sus órganos directivos.
8.3. Llevar a cabo las publicaciones que deban realizarse en el “perfil del contratante”.
8.4. Llevar a cabo las inscripciones que deban realizarse en el Registro de Contratos
del Ayuntamiento de Madrid.
9. Gestión económica.
9.1. Supervisar los expedientes de gasto de la Coordinación General de la Alcaldía.
9.2. Gestionar, a través de la habilitación de pagos, los anticipos de caja fija y libramientos a justificar correspondientes al presupuesto de la Coordinación General
de la Alcaldía, sin perjuicio de las competencias atribuidas a sus direcciones generales.
10. Patrimonio.
10.1. Inventario. Formar, actualizar y custodiar el catálogo de bienes muebles no incluidos en el Inventario del Ayuntamiento de Madrid correspondiente a la Coordinación General de la Alcaldía, en los términos que se determinen mediante
acuerdo de la Junta de Gobierno.
10.2. Inmuebles municipales.
a) Gestionar el mantenimiento de los edificios adscritos a la Coordinación General de la Alcaldía.
b) Gestionar las operaciones de mantenimiento, control e inversiones necesarias para la prestación de servicios energéticos, que permitan optimizar el
ahorro y la eficiencia energética de los inmuebles adscritos a la Coordinación General de la Alcaldía.
11. Gestión de procedimientos.
11.1. Acordar la conclusión y archivo de los procedimientos que aparezcan ultimados
en todos sus trámites.
11.2. Formular las propuestas de resolución de las resoluciones que hayan de ser
adoptadas por el titular de la Coordinación General de la Alcaldía.
11.3. Elevar al titular de la Coordinación General de la Alcaldía las propuestas de resolución formuladas por los órganos directivos de la coordinación general.
11.4. Ordenar la publicación de disposiciones y resoluciones administrativas correspondientes al ámbito material de competencias de la Coordinación General de
la Alcaldía, sin perjuicio de las competencias que correspondan a la Oficina de
la Secretaría de la Junta de Gobierno.
11.5. Tramitar los convenios competencia de la Coordinación General de la Alcaldía
y elevar al titular de la Coordinación General la propuesta de suscripción formulada por el correspondiente órgano directivo.
11.6. Para el ejercicio de sus competencias, el titular de la secretaría general técnica
podrá recabar de los órganos directivos, organismos públicos y empresas de la
Coordinación General de la Alcaldía cuantos informes, datos y documentos considere oportunos.
12. Transparencia. Tramitar y resolver las solicitudes de acceso a la información pública y de reutilización de información pública, presentadas al amparo de la Ordenanza de
Transparencia de la Ciudad de Madrid, de 27 de julio de 2016 y de la normativa estatal y
autonómica, referidas al ámbito material de competencias de la Coordinación General de la
Alcaldía, sin perjuicio de las competencias delegadas en el órgano directivo competente en
materia de transparencia.
13. Reclamaciones y recursos. Resolver los recursos de reposición y los extraordinarios de revisión presentados contra los actos dictados por la Secretaría General Técnica.
BOCM-20230721-24
BOCM
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VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
8. Contratación.
8.1. Realizar contrataciones de toda clase, que se imputen a los programas presupuestarios que les correspondan, cuando su importe no supere los 120.000 euros.
8.2. Tramitar los procedimientos de contratación que sean de la competencia de la
Coordinación General de la Alcaldía, sin perjuicio de las competencias atribuidas a sus órganos directivos.
8.3. Llevar a cabo las publicaciones que deban realizarse en el “perfil del contratante”.
8.4. Llevar a cabo las inscripciones que deban realizarse en el Registro de Contratos
del Ayuntamiento de Madrid.
9. Gestión económica.
9.1. Supervisar los expedientes de gasto de la Coordinación General de la Alcaldía.
9.2. Gestionar, a través de la habilitación de pagos, los anticipos de caja fija y libramientos a justificar correspondientes al presupuesto de la Coordinación General
de la Alcaldía, sin perjuicio de las competencias atribuidas a sus direcciones generales.
10. Patrimonio.
10.1. Inventario. Formar, actualizar y custodiar el catálogo de bienes muebles no incluidos en el Inventario del Ayuntamiento de Madrid correspondiente a la Coordinación General de la Alcaldía, en los términos que se determinen mediante
acuerdo de la Junta de Gobierno.
10.2. Inmuebles municipales.
a) Gestionar el mantenimiento de los edificios adscritos a la Coordinación General de la Alcaldía.
b) Gestionar las operaciones de mantenimiento, control e inversiones necesarias para la prestación de servicios energéticos, que permitan optimizar el
ahorro y la eficiencia energética de los inmuebles adscritos a la Coordinación General de la Alcaldía.
11. Gestión de procedimientos.
11.1. Acordar la conclusión y archivo de los procedimientos que aparezcan ultimados
en todos sus trámites.
11.2. Formular las propuestas de resolución de las resoluciones que hayan de ser
adoptadas por el titular de la Coordinación General de la Alcaldía.
11.3. Elevar al titular de la Coordinación General de la Alcaldía las propuestas de resolución formuladas por los órganos directivos de la coordinación general.
11.4. Ordenar la publicación de disposiciones y resoluciones administrativas correspondientes al ámbito material de competencias de la Coordinación General de
la Alcaldía, sin perjuicio de las competencias que correspondan a la Oficina de
la Secretaría de la Junta de Gobierno.
11.5. Tramitar los convenios competencia de la Coordinación General de la Alcaldía
y elevar al titular de la Coordinación General la propuesta de suscripción formulada por el correspondiente órgano directivo.
11.6. Para el ejercicio de sus competencias, el titular de la secretaría general técnica
podrá recabar de los órganos directivos, organismos públicos y empresas de la
Coordinación General de la Alcaldía cuantos informes, datos y documentos considere oportunos.
12. Transparencia. Tramitar y resolver las solicitudes de acceso a la información pública y de reutilización de información pública, presentadas al amparo de la Ordenanza de
Transparencia de la Ciudad de Madrid, de 27 de julio de 2016 y de la normativa estatal y
autonómica, referidas al ámbito material de competencias de la Coordinación General de la
Alcaldía, sin perjuicio de las competencias delegadas en el órgano directivo competente en
materia de transparencia.
13. Reclamaciones y recursos. Resolver los recursos de reposición y los extraordinarios de revisión presentados contra los actos dictados por la Secretaría General Técnica.
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