Madrid (BOCM-20230721-24)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Estructura Áreas Gobierno
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 246
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
d)
e)
f)
4.2.
4.3.
4.4.
5.
5.1.
5.2.
visión de precios, prórrogas, mantenimiento del equilibrio económico, interpretación y resolución de los contratos, declaraciones de responsabilidad
imputables al contratista a raíz de la ejecución del contrato y suspensión de
la ejecución del mismo, así como la preparación de contratos de servicios
que tengan por objeto el asesoramiento jurídico externo, y en los demás supuestos en que la legislación sobre contratación del sector público exija informe preceptivo de la Asesoría Jurídica.
Los procedimientos de enajenación y adquisición de inmuebles y derechos,
las propuestas de arrendamiento, así como los de novación y prórroga, y en
los demás asuntos para los que la legislación sobre patrimonio de las administraciones públicas exija informe preceptivo del órgano al que corresponda el asesoramiento jurídico.
Las propuestas de resolución en los procedimientos de declaración de lesividad.
Cualquier otro asunto respecto del cual la legislación vigente exija informe
preceptivo del órgano que tenga atribuido el asesoramiento jurídico.
En el ejercicio de la función consultiva, los informes que se emitan serán facultativos y no vinculantes, salvo norma legal o reglamentaria en contrario.
Cuando el informe solicitado tenga carácter preceptivo será el último informe de
legalidad a emitir, salvo que deba pronunciarse con posterioridad el Consejo de
Estado o la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid.
En el ejercicio de la función consultiva corresponde a los letrados de la Asesoría
Jurídica bastantear la suficiencia de los poderes necesarios para llevar a cabo las
actuaciones que legal o reglamentariamente sean necesarias ante el Pleno, el
Ayuntamiento y sus organismos públicos.
Actividades de gestión.
Gestionar los servicios de registro, archivo y estadística, gestión económico-financiera y presupuestaria del Servicio Jurídico, así como la administración y
gestión del Cuerpo de Letrados y de los puestos de trabajo adscritos a la Asesoría Jurídica.
Realizar la gestión procesal de las costas judiciales.
Secretaría General Técnica de la Coordinación General de la Alcaldía
1.
1.1.
1.2.
1.3.
2.
2.1.
2.2.
2.3.
2.4.
Régimen jurídico.
Preparar los asuntos de la Coordinación General de la Alcaldía que vayan a ser
elevados a la Junta de Gobierno y al Pleno.
Participar en la Comisión Preparatoria de la Junta de Gobierno a la que se refiere
el artículo 29 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del
Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004.
Gestionar las relaciones con los tribunales de justicia en relación con los procedimientos tramitados por la Coordinación General de la Alcaldía, sin perjuicio
de las competencias que correspondan a otros órganos municipales.
Régimen interior.
Atender las necesidades de la Coordinación General de la Alcaldía en bienes y
servicios, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los órganos directivos
de la coordinación general.
Organizar los efectivos personales para traslado de documentación, control de
correo, así como la organización del servicio de los conductores adscritos a la
Coordinación General de la Alcaldía, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda en materia de recursos humanos.
Proponer la adquisición de equipos informáticos de la Coordinación General de
la Alcaldía.
En particular, corresponde a la secretaría general técnica organizar y gestionar la
división de montajes para la organización de los actos institucionales de la Alcaldía, así como colaborar, en su caso, a través de dicha división en el montaje
de actos institucionales de las áreas de gobierno y de los distritos, a petición de
los mismos.
BOCM-20230721-24
5.o
B.O.C.M. Núm. 172
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5.1.
5.2.
visión de precios, prórrogas, mantenimiento del equilibrio económico, interpretación y resolución de los contratos, declaraciones de responsabilidad
imputables al contratista a raíz de la ejecución del contrato y suspensión de
la ejecución del mismo, así como la preparación de contratos de servicios
que tengan por objeto el asesoramiento jurídico externo, y en los demás supuestos en que la legislación sobre contratación del sector público exija informe preceptivo de la Asesoría Jurídica.
Los procedimientos de enajenación y adquisición de inmuebles y derechos,
las propuestas de arrendamiento, así como los de novación y prórroga, y en
los demás asuntos para los que la legislación sobre patrimonio de las administraciones públicas exija informe preceptivo del órgano al que corresponda el asesoramiento jurídico.
Las propuestas de resolución en los procedimientos de declaración de lesividad.
Cualquier otro asunto respecto del cual la legislación vigente exija informe
preceptivo del órgano que tenga atribuido el asesoramiento jurídico.
En el ejercicio de la función consultiva, los informes que se emitan serán facultativos y no vinculantes, salvo norma legal o reglamentaria en contrario.
Cuando el informe solicitado tenga carácter preceptivo será el último informe de
legalidad a emitir, salvo que deba pronunciarse con posterioridad el Consejo de
Estado o la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid.
En el ejercicio de la función consultiva corresponde a los letrados de la Asesoría
Jurídica bastantear la suficiencia de los poderes necesarios para llevar a cabo las
actuaciones que legal o reglamentariamente sean necesarias ante el Pleno, el
Ayuntamiento y sus organismos públicos.
Actividades de gestión.
Gestionar los servicios de registro, archivo y estadística, gestión económico-financiera y presupuestaria del Servicio Jurídico, así como la administración y
gestión del Cuerpo de Letrados y de los puestos de trabajo adscritos a la Asesoría Jurídica.
Realizar la gestión procesal de las costas judiciales.
Secretaría General Técnica de la Coordinación General de la Alcaldía
1.
1.1.
1.2.
1.3.
2.
2.1.
2.2.
2.3.
2.4.
Régimen jurídico.
Preparar los asuntos de la Coordinación General de la Alcaldía que vayan a ser
elevados a la Junta de Gobierno y al Pleno.
Participar en la Comisión Preparatoria de la Junta de Gobierno a la que se refiere
el artículo 29 del Reglamento Orgánico del Gobierno y de la Administración del
Ayuntamiento de Madrid, de 31 de mayo de 2004.
Gestionar las relaciones con los tribunales de justicia en relación con los procedimientos tramitados por la Coordinación General de la Alcaldía, sin perjuicio
de las competencias que correspondan a otros órganos municipales.
Régimen interior.
Atender las necesidades de la Coordinación General de la Alcaldía en bienes y
servicios, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los órganos directivos
de la coordinación general.
Organizar los efectivos personales para traslado de documentación, control de
correo, así como la organización del servicio de los conductores adscritos a la
Coordinación General de la Alcaldía, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda en materia de recursos humanos.
Proponer la adquisición de equipos informáticos de la Coordinación General de
la Alcaldía.
En particular, corresponde a la secretaría general técnica organizar y gestionar la
división de montajes para la organización de los actos institucionales de la Alcaldía, así como colaborar, en su caso, a través de dicha división en el montaje
de actos institucionales de las áreas de gobierno y de los distritos, a petición de
los mismos.
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5.o
B.O.C.M. Núm. 172