D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20230721-13)
Convenio –  Convenio de 22 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Unión General de Trabajadores de Madrid (UGT- Madrid) para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2023 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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B.O.C.M. Núm. 172

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023

2.1.1.A. Visitas de asesoramiento para sensibilizar a empresas:
Visitas de asesoramiento a empresas y/o centros de trabajo para promover la cultura
preventiva en pymes, y de forma prioritaria en pymes sin representación de los trabajadores y trabajadoras.
Se realizará un total de 3.012 visitas de asesoramiento a empresas de todos los sectores, incluyendo trabajadores/as autónomas con trabajadores a su cargo, ubicados en municipios de la Comunidad de Madrid. Para la realización de estas visitas se tendrán en cuenta tanto la estructura interna de UGT Madrid, como los datos de siniestralidad territorial
proporcionados por el IRSST y la densidad de empresas existente en los municipios.
2.1.1.B. Visitas de asesoramiento para sensibilizar a autónomos.
Visitas de asesoramiento a trabajadoras/es autónomos sin trabajadores a su cargo para
promover la cultura preventiva en este colectivo, que además de estar incluido específicamente en el VI Plan Director y estar sujetos a realizar coordinación de actividades, desde
el 1 de enero de 2019 están obligados a cotizar por contingencias de accidentes de trabajo
y enfermedades profesionales.
Se realizará un máximo de 500 visitas de asesoramiento para sensibilizar a trabajadores/as autónomas sin trabajadores a su cargo.
2.1.2. Asesoramiento específico.
Se define como asesoramiento a empresas o centros de trabajo para principalmente
asesorar sobre una materia preventiva particular y específica (gestión preventiva, riesgo
concreto, equipos de trabajo etc.). Esta acción será realizada por técnicos con la formación
adecuada para desarrollar las funciones de Técnicos de prevención de riesgos laborales intermedios o superiores, conforme a lo establecido en el Anexo VI del Reglamento de los
Servicios de Prevención aprobado por el Real decreto 39/1997, de 17 de enero.
Para cada asesoramiento específico, la entidad beneficiaría realizará las siguientes tareas:
1. Selección de las empresas o centro de trabajo objeto del asesoramiento.
2. Preparación del asesoramiento en la materia preventiva específica.
3. Desplazamiento al centro de trabajo y la manutención.
4. Realización en el centro de trabajo del asesoramiento al interlocutor.
5. Cumplimentación del Acta de Asesoramiento y check list.
6. Elaboración y envío del informe, si fuera necesario.
7. Elaboración del informe global con las conclusiones de los asesoramientos realizados.
El desplazamiento a los centros de trabajo para la realización de estos asesoramientos,
se podrá hacer con medios externos como la contratación de vehículos. La manutención no
conllevará coste alguno.
Las empresas o centros de trabajo objeto de visita se seleccionarán teniendo en cuenta que podrán ser de cualquier tamaño y pertenecer a cualquier sector de actividad, se podrán realizar tanto en empresas o centros de trabajo a los que se haya accedido por el método de “puerta fría”, o a petición de los organismos internos de UGT Madrid.
El asesoramiento específico se realizará con recursos propios.
Se realizarán un mínimo de 500 visitas de asesoramiento específicas a centros de trabajo, en las que se efectuarán 1.500 asesoramientos específicos que versarán sobre los siguientes temas: Lugares de trabajo, Equipos de trabajo y Gestión de la prevención.
De forma general, se establecen los siguientes límites:
— N.o máximo de visitas de asesoramiento día/técnico: 6.
— N.o máximo de asesoramientos por visita a realizar en cada empresa y/o centro de
trabajo: 3.
Los asesoramientos a desarrollar en las visitas se diferencian, según su tipología
(materia asesorada) en:
1) Asesoramientos específicos sobre las medidas de prevención referentes a los Lugares de trabajo en las empresas o centros de trabajo.
Las condiciones de los espacios de trabajo, tienen una especial relevancia en la lucha contra la siniestralidad laboral en nuestra comunidad. Es la cuarta causa de los
accidentes de trabajo investigados por el IRSST en 2018, como se refleja en el
Análisis de la siniestralidad laboral de la Comunidad de Madrid que se incluye en
el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de
Madrid 2021-2024.

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