Alcobendas (BOCM-20230720-45)
Organización y funcionamiento. Reglamento Orgánico Gobierno y Administración
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
JUEVES 20 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 171
Con carácter enunciativo, las líneas principales de la reforma abordada obedecen a varios
objetivos:
1.-Actualización normativa integral tanto en el ámbito jurídico, organizativo, como económico
financiero presupuestario.
2.-Adaptación de los principios de actuación a las leyes 39 y 40/2015, de 1 de Octubre (BOE 2-102015).
3.- Ampliación de la regulación del régimen jurídico y de funcionamiento de la Junta de Gobierno
Local:
- Preparación, despacho y ejecución de acuerdos
- Normas remisión expedientes a la Oficina de la Junta de Gobierno
- Trámites y tareas preparatorias de la Junta de Gobierno Local.
- Posibilidad de celebración de sesiones telemáticas.
- Eliminación de la Comisión delegada de la Junta de Gobierno Local.
- Implantación Administración electrónica
- Redefinición funciones de la Oficina de la Junta de Gobierno Local
4.- Definición de las funciones de órganos directivos conforme a sendos Informes del Ministerio de
Hacienda y Función Pública (Secretaría de Estado de la Función Pública, Dirección General de la
Función Pública) de 25-10 y 14-11-2016, sobre diversas consultas planteadas por el Ayuntamiento
de Alcobendas.
5.- Adaptación a la nueva regulación del artículo 130.3 de la LBRL, dada por la Ley 27/2013, de 27
de Diciembre, en cuanto a la excepcionalidad de cobertura de órganos directivos por personal que
no reúna la condición de funcionario.
6.-Actualización del régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación
de carácter nacional conforme a RD 128/2018, de 18 de marzo, que regula su régimen jurídico.
7.- Adaptación potestades de Asesoría jurídica conforme a instrucción interna del citado órgano
directivo.
8.- Adaptación de la organización, funcionamiento y régimen jurídico de los órganos territoriales de
gestión desconcentrada (Distritos, Consejo Social de la Ciudad, Comisión de Sugerencias y
reclamaciones…) al Reglamento Orgánico de Participación ciudadana, aprobado en sesión
plenaria de 25-9-2018.
9.- Adaptación de los órganos colegiados a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico
del Sector Público.
10.- Simplificación de la regulación de la Administración Instrumental municipal, estableciendo un
régimen jurídico general respecto a OOAA, Entidades Públicas empresariales, Empresas Públicas,
Consorcios y Fundaciones, consecuencia de la disolución por un lado de los Organismos
Autónomos municipales a fecha 31-12-2021 así como por desuso de la figura de la Entidad Pública
Empresarial, remitiéndose, respecto a las Fundaciones Públicas, a lo establecido en la Ley
40/2015 y en la Ley de Fundaciones de la Comunidad de Madrid.
11.- Corrección de erratas y optimización de redacción.
El procedimiento de elaboración de la modificación del Reglamento Orgánico de Gobierno y
Administración del Ayuntamiento de Alcobendas responde a los principios de buena regulación
contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, así:
La modificación del Reglamento responde a los principios de necesidad y eficacia al resultar la
misma justificada en la necesidad de adaptación a múltiples normativas de rango superior, así
como al establecimiento de una dinámica organizativa simplificada que elimine trámites
innecesarios, estando presente el objetivo de interés general como es el de actualizar y mejorar el
texto normativo existente una vez transcurridos trece años desde su entrada en vigor.
BOCM-20230720-45
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 171
Con carácter enunciativo, las líneas principales de la reforma abordada obedecen a varios
objetivos:
1.-Actualización normativa integral tanto en el ámbito jurídico, organizativo, como económico
financiero presupuestario.
2.-Adaptación de los principios de actuación a las leyes 39 y 40/2015, de 1 de Octubre (BOE 2-102015).
3.- Ampliación de la regulación del régimen jurídico y de funcionamiento de la Junta de Gobierno
Local:
- Preparación, despacho y ejecución de acuerdos
- Normas remisión expedientes a la Oficina de la Junta de Gobierno
- Trámites y tareas preparatorias de la Junta de Gobierno Local.
- Posibilidad de celebración de sesiones telemáticas.
- Eliminación de la Comisión delegada de la Junta de Gobierno Local.
- Implantación Administración electrónica
- Redefinición funciones de la Oficina de la Junta de Gobierno Local
4.- Definición de las funciones de órganos directivos conforme a sendos Informes del Ministerio de
Hacienda y Función Pública (Secretaría de Estado de la Función Pública, Dirección General de la
Función Pública) de 25-10 y 14-11-2016, sobre diversas consultas planteadas por el Ayuntamiento
de Alcobendas.
5.- Adaptación a la nueva regulación del artículo 130.3 de la LBRL, dada por la Ley 27/2013, de 27
de Diciembre, en cuanto a la excepcionalidad de cobertura de órganos directivos por personal que
no reúna la condición de funcionario.
6.-Actualización del régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación
de carácter nacional conforme a RD 128/2018, de 18 de marzo, que regula su régimen jurídico.
7.- Adaptación potestades de Asesoría jurídica conforme a instrucción interna del citado órgano
directivo.
8.- Adaptación de la organización, funcionamiento y régimen jurídico de los órganos territoriales de
gestión desconcentrada (Distritos, Consejo Social de la Ciudad, Comisión de Sugerencias y
reclamaciones…) al Reglamento Orgánico de Participación ciudadana, aprobado en sesión
plenaria de 25-9-2018.
9.- Adaptación de los órganos colegiados a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico
del Sector Público.
10.- Simplificación de la regulación de la Administración Instrumental municipal, estableciendo un
régimen jurídico general respecto a OOAA, Entidades Públicas empresariales, Empresas Públicas,
Consorcios y Fundaciones, consecuencia de la disolución por un lado de los Organismos
Autónomos municipales a fecha 31-12-2021 así como por desuso de la figura de la Entidad Pública
Empresarial, remitiéndose, respecto a las Fundaciones Públicas, a lo establecido en la Ley
40/2015 y en la Ley de Fundaciones de la Comunidad de Madrid.
11.- Corrección de erratas y optimización de redacción.
El procedimiento de elaboración de la modificación del Reglamento Orgánico de Gobierno y
Administración del Ayuntamiento de Alcobendas responde a los principios de buena regulación
contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, así:
La modificación del Reglamento responde a los principios de necesidad y eficacia al resultar la
misma justificada en la necesidad de adaptación a múltiples normativas de rango superior, así
como al establecimiento de una dinámica organizativa simplificada que elimine trámites
innecesarios, estando presente el objetivo de interés general como es el de actualizar y mejorar el
texto normativo existente una vez transcurridos trece años desde su entrada en vigor.
BOCM-20230720-45
Pág. 132
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID