D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230712-21)
Convenio –  Convenio de 20 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y Cruz Roja Española, en virtud del cual se formaliza la concesión de una subvención a dicha entidad por importe de 150.000 euros, para financiar las actuaciones a realizar para la integración de las personas inmigrantes en la Comunidad de Madrid en el año 2023
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 128

MIÉRCOLES 12 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 164

Sexta
Cuantía y pago de la subvención
La cuantía de la subvención asciende a ciento cincuenta mil euros (150.000,00 euros)
y se abonará con cargo al subconcepto 48030 del programa 232C, del presupuesto de gastos de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad para 2022, prorrogado hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales para 2023.
El pago de la subvención se efectuará mediante un pago único y con anticipo a cuenta del 100 por 100 de su importe, con carácter previo a la justificación y como financiación
necesaria para poder llevar a cabo los propósitos y actividades inherentes a la subvención,
no exigiéndose la constitución de garantías, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10.1.b)
de la Ley 2/1995, de 8 de marzo.
Para la realización del pago de la subvención, Cruz Roja Española deberá presentar los
siguientes documentos:
1. Declaración responsable donde se haga constar que no incurre en ninguna de las
causas previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
2. Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias
y de la Seguridad Social.
El certificado acreditativo de inexistencia de deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid o que, de existir, están debidamente garantizadas, se expedirá por la Consejería de Hacienda a petición del órgano competente para la concesión de la subvención.
Séptima
Gastos subvencionables y período subvencionable
Serán gastos subvencionables los gastos corrientes y de personal de la Cruz Roja Española producidos en desarrollo del convenio desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023 de acuerdo al siguiente desglose global orientativo:
PARTIDAS

CUANTÍA

PERSONAL

64.996,36 €

PRESTACIONES DIRECTAS Y AYUDAS SOCIALES

40.003,64 €

GASTOS DE ACTIVIDAD

45.000 €
TOTAL

PARTIDAS

150.000,00

CUANTÍA

PERSONAL

24.996,36 €

PRESTACIONES DIRECTAS Y AYUDAS SOCIALES

40.003,64 €
TOTAL

PARTIDAS

65.000,00 €

CUANTÍA

PERSONAL

40.000
45.000
TOTAL

85.000 €

Octava
Obligaciones de la entidad beneficiaria
1. La entidad beneficiaria deberá acreditar, con carácter previo a la concesión y al pago
de la subvención, el cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiario mediante aportación de la declaración responsable de que no se encuentra

BOCM-20230712-21

GASTOS DE ACTIVIDAD