Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20230710-58)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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B.O.C.M. Núm. 162

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JULIO DE 2023

ta de Comunidades de Castilla La Mancha, de Vías Pecuarias de la Delegación Provincial
de Toledo de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, de ADIF, del Ayuntamiento de Arganda del Rey, de la Dirección General de Aviación Civil del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, del Área de Vías Pecuarias de la Dirección General de
Agricultura, Ganadería y Alimentación de la Comunidad de Madrid, del Canal de Isabel II y
de la Dirección General de Suelo de la Comunidad de Madrid, donde se muestran condicionantes a la ejecución de las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha dado traslado
al promotor de dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España, S. A. U., que pone de manifiesto que falta detalle de la documentación presentada. Se ha dado traslado al promotor de
dicha contestación, y argumenta su postura en la respuesta. No se ha recibido respuesta del
organismo a esta última contestación del promotor, por lo que se entiende la conformidad
del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre.
Se ha recibido informe de la Dirección General de Promoción Económica e Industrial
de la Comunidad de Madrid en el que se opone a la autorización de la instalación fotovoltaica por afección a una serie de derechos mineros. Se da traslado al promotor que da argumentos al respecto. No se ha recibido respuesta del organismo a esta última contestación
del promotor, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en
el artículo 127.4 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
No se ha recibido contestación del Ayuntamiento de Villarrubia de Santiago, ni de la
Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo de la Junta de Comunidades de
Castilla La Mancha, ni del Parque Eólico La Plata, ni del Ayuntamiento de Chinchón, ni del
Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, ni del Ayuntamiento de Morata de Tajuña, ni del
Ayuntamiento de Perales de Tajuña, ni del Ayuntamiento de Valdelaguna, ni de la Delegación del Gobierno en la Comunidad de Madrid, ni de la Dirección General de Transportes
de la Comunidad de Madrid, ni de la Dirección General de Urbanismo de la Comunidad de
Madrid, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en
el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, al Servicio de Cultura de la Delegación Provincial de Toledo de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, a la Confederación
Hidrográfica del Tajo, a Protección Ciudadana de la Delegación Provincial de Toledo de la
Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, a la Delegación Provincial de Toledo de la
Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha de la Junta de Comunidades de Castilla La
Mancha, a la Dirección General de Economía Circular de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, a la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de
Comunidades de Castilla La Mancha, a la Dirección General de Seguridad, Protección Civil
y Formación de la Comunidad de Madrid, a la Dirección General de Descarbonización y
Transición Energética de la Comunidad de Madrid, a la Dirección General de Salud Pública de la Comunidad de Madrid, a la Dirección General de Economía Circular de la Comunidad de Madrid, a la Dirección General de Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades
de Castilla La Mancha, a la Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, a la Subdirección General de Espacios Protegidos de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid, a la
Subdirección General de Evaluación Ambiental Estratégica y Desarrollo Sostenible de la
Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Comunidad de
Madrid, a la Subdirección General de Impacto Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Comunidad de Madrid, a
la Subdirección General de Planificación de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de Madrid, a la Subdirección General de Recursos Naturales de la Dirección General de Biodiversidad y Recursos Naturales de la Comunidad de
Madrid, a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior, a la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para
la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Ecologistas en Acción de la Comunidad de Madrid, a la Greenpeace España, a la Grefa (Grupo
de Rehabilitación de la Fauna Autóctona y su Hábitat), a la Seo/Birdlife, y a WWF/Adena.
La Dependencia del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en
Castilla la Mancha emitió informe en fecha 19 de noviembre de 2021.

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BOCM-20230710-58

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