Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20230710-58)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOCM
Pág. 236
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 162
II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
58
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Energía Amanecer, S. L. U., autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Morata I de 59,98 MW de potencia pico y 50,4 MW potencia instalada, en el término municipal Villatobas, en la provincia de Toledo, y su infraestructura de evacuación,
en los términos municipales de Villatobas y Villarrubia de Santiago, en la provincia de Toledo, y Colmenar de Oreja, Perales de Tajuña, Valdelaguna, Chinchón y Morata de Tajuña,
en la provincia de Madrid.
Energía Amanecer, S. L. U. (en adelante, el promotor), solicitó, con fecha 13 de noviembre de 2020, autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica Morata I
de 59,98 MW de potencia pico y 50,4 MW potencia instalada y su infraestructura de evacuación, que consiste en:
— Líneas subterráneas a 30 kV que conectan la planta con la subestación VillarrubiaElevación 30/220 kV.
— Subestación Villarrubia-Elevación 30/220 kV.
— Línea de evacuación a 220 kV que conecta la subestación Villarrubia-Elevación 30/220 kV con la subestación Medida Morata 220 kV.
— Subestación Medida Morata 220 kV.
— Línea de evacuación subterránea a 220 kV que conecta la subestación Medida
Morata 220 kV hasta la subestación Morata 220 kV, propiedad de Red Eléctrica
de España, S. A. U.
El expediente fue incoado y tramitado íntegramente en el Área de Industria y Energía
de la Subdelegación del Gobierno en Toledo, incluyendo la información pública y consultas
a organismos afectados y público interesado de las instalaciones ubicadas en la Comunidad
de Madrid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica,
y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos
y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, con la publicación el 27 de enero de 2021 en el “Boletín Oficial del Estado” y con fechas 29 de enero de 2021 en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo y 9
de agosto de 2021 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Se recibieron
alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Entre las alegaciones recogidas se encuentran las de Generación Fotovoltaica La
Cañada, S. L. U., y de propietarios que manifiestan incompatibilidad con el proyecto fotovoltaico Los Castilletes. Se da traslado al promotor que responde a las mismas.
Asimismo, se han recibido alegaciones de Minera de Santa Marta, S. A., que manifiestan tener derechos mineros, y propone modificar la línea de evacuación. Se da traslado al
promotor que responde a las mismas.
Por otra parte, se han recibido alegaciones de Iberdrola Renovables Castilla-La Mancha, S. A. U., por afección a la planta fotovoltaica Tarancón I (PFot-443). Se da traslado al
promotor que responde a las mismas.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición del Ayuntamiento de Villatobas y de Madrileña Red de Gas. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), de
la Confederación Hidrográfica del Tajo, de la Demarcación de Carreteras del Estado en
Castilla-La Mancha del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de Enagás Transporte, S. A. U., de Telefónica de España, S. A. U., de UFD Distribución Electricidad, S. A., de la Delegación Provincial de Toledo de la Consejería de Fomento de la Jun-
BOCM-20230710-58
Dirección General de Política Energética y Minas
Pág. 236
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 10 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 162
II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
58
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Energía Amanecer, S. L. U., autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Morata I de 59,98 MW de potencia pico y 50,4 MW potencia instalada, en el término municipal Villatobas, en la provincia de Toledo, y su infraestructura de evacuación,
en los términos municipales de Villatobas y Villarrubia de Santiago, en la provincia de Toledo, y Colmenar de Oreja, Perales de Tajuña, Valdelaguna, Chinchón y Morata de Tajuña,
en la provincia de Madrid.
Energía Amanecer, S. L. U. (en adelante, el promotor), solicitó, con fecha 13 de noviembre de 2020, autorización administrativa previa de la instalación fotovoltaica Morata I
de 59,98 MW de potencia pico y 50,4 MW potencia instalada y su infraestructura de evacuación, que consiste en:
— Líneas subterráneas a 30 kV que conectan la planta con la subestación VillarrubiaElevación 30/220 kV.
— Subestación Villarrubia-Elevación 30/220 kV.
— Línea de evacuación a 220 kV que conecta la subestación Villarrubia-Elevación 30/220 kV con la subestación Medida Morata 220 kV.
— Subestación Medida Morata 220 kV.
— Línea de evacuación subterránea a 220 kV que conecta la subestación Medida
Morata 220 kV hasta la subestación Morata 220 kV, propiedad de Red Eléctrica
de España, S. A. U.
El expediente fue incoado y tramitado íntegramente en el Área de Industria y Energía
de la Subdelegación del Gobierno en Toledo, incluyendo la información pública y consultas
a organismos afectados y público interesado de las instalaciones ubicadas en la Comunidad
de Madrid, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica,
y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos
y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, con la publicación el 27 de enero de 2021 en el “Boletín Oficial del Estado” y con fechas 29 de enero de 2021 en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo y 9
de agosto de 2021 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Se recibieron
alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Entre las alegaciones recogidas se encuentran las de Generación Fotovoltaica La
Cañada, S. L. U., y de propietarios que manifiestan incompatibilidad con el proyecto fotovoltaico Los Castilletes. Se da traslado al promotor que responde a las mismas.
Asimismo, se han recibido alegaciones de Minera de Santa Marta, S. A., que manifiestan tener derechos mineros, y propone modificar la línea de evacuación. Se da traslado al
promotor que responde a las mismas.
Por otra parte, se han recibido alegaciones de Iberdrola Renovables Castilla-La Mancha, S. A. U., por afección a la planta fotovoltaica Tarancón I (PFot-443). Se da traslado al
promotor que responde a las mismas.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición del Ayuntamiento de Villatobas y de Madrileña Red de Gas. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), de
la Confederación Hidrográfica del Tajo, de la Demarcación de Carreteras del Estado en
Castilla-La Mancha del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de Enagás Transporte, S. A. U., de Telefónica de España, S. A. U., de UFD Distribución Electricidad, S. A., de la Delegación Provincial de Toledo de la Consejería de Fomento de la Jun-
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