Tres Cantos (BOCM-20230707-71)
Régimen económico. Bases subvenciones
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 314

VIERNES 7 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 160

lizados, los cuales deberán cumplir los requisitos reglamentariamente
establecidos o mediante otros documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa. Sin perjuicio de
lo anterior y en situaciones extremas, que deberán quedar perfectamente definidas
en el correspondiente expediente, al perceptor de la ayuda no se le requerirá la justificación del gasto por los medios determinados con carácter general citados, sino
mediante cualquier medio admisible en derecho con carácter previo a la concesión, siendo posible realizarla mediante el informe correspondiente de los Servicios Sociales. A efectos de control de la concurrencia de la ayuda municipal con
subvenciones otorgadas por otros organismos para las mismas situaciones, actividades o circunstancias, los documentos originales acreditativos del gasto se deberán invalidar mediante sistema de estampillado que haga constar que dicho gasto
ha sido aplicado a la ayuda económica municipal correspondiente, indicando en el
mismo el importe concedido, cuando éste no coincida con el total del justificante.
Si los gastos fueran subvencionados por distintas cofinanciadoras, deberá hacerse
constar el porcentaje de imputación correspondiente a la ayuda municipal.
8. Gestión presupuestaria.—La gestión presupuestaria de las ayudas económicas recogidas en el presente documento, se efectuará con cargo al programa anual presupuestario
de Servicios Sociales, con el límite de los créditos consignados a tal fin.
9. Documentación.—La documentación general que deberá presentarse para obtener
cualquier tipo de prestación económica será la que se refleja a continuación:
1. Fotocopia y original para verificación, del DNI o tarjeta de residente o pasaporte.
2. Fotocopia y original para verificación, del Libro de Familia o documentos que
acrediten filiación.
3. Acreditación de ingresos económicos, a través de los medios habituales y con la
petición del certificado de imputaciones fiscales en la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
4. Declaración jurada o promesa de no recibir ayuda de otros organismos por la misma finalidad.
5. Documentos acreditativos de la necesidad y justificante del coste ó 3 presupuestos.
6. Otros que se estimen pertinentes, solicitados a instancias de los trabajadores sociales.
10 . Causas de extinción de las prestaciones económicas.
1. Incumplimiento de los compromisos adquiridos en el Diseño de Intervención
Social.
2. Falseamiento u ocultación de datos.
3. Desaparición de las circunstancias que dieron origen a su concesión.
4. Traslado del domicilio fuera del distrito.
5. Terminación del plazo temporal de la prestación.
6. Fallecimiento.
7. Renuncia.
8. Utilización fraudulenta de la prestación.
9. No justificación documental del destino de la ayuda.
10. Otras causas de carácter grave imputables al beneficiario no contempladas en los
apartados anteriores.
11. Cuantías máximas y períodos de duración máxima de las prestaciones económicas.

AE FAMILIARES

APORTACIÓN MÍNIMA
DEL USUARIO*
10% del coste

AE VIVIENDA
AE ALIMENTOS

10% del coste
10% del coste

AE COMEDOR
AE ESCUELA INFANTIL
AE COMPLEMENTARIAS
AE ALOJAMIENTO
ALTERNATIVO

10% del coste
10% del coste
10% del coste
a) y b) 10% del coste
c)
80% ingresos del beneficiario

CANTIDAD MÁXIMA
DE LA AYUDA
Coste del RMI por unidad
familiar.
600 €/año por unidad familiar
Coste del RMI por unidad
familiar.
Según coste c.escolar.
Según coste/plaza
Según coste
Según coste (No se abonarán
AE para pago de hipotecas)

AE ADAPTACIÓN HOGAR Y
AYUDAS TÉCNICAS
OTRAS AE
EXCEPCIONALES

10% del coste

1500 €/año por unidad familiar

6 meses
6 meses
6 meses
a) Alquiler: 3 meses
b) Hostales: 7 días
c) Residencias de mayores:
3 meses
Puntual

0

1500 €/año por unidad familiar

Puntual

* Podrá gestionarse el 100% del coste por situaciones excepcionales debidamente justificadas a nivel técnico.

DURACIÓN MÁXIMA
3 meses
3 meses
6 meses

BOCM-20230707-71

PRESTACIÓN ECONÓMICA