Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20230706-136)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 159
General de Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía Hacienda y
Empleo de la Comunidad de Madrid, la Subdirección General de Industria e Inspección de
la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, Grupo IGNIS Energía, QEnergy, Cornamusa Solar, S. L. U., Camareta Solar S. L. U., y Jazztel, no se ha recibido contestación por
su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en
el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, con la publicación el 28 de mayo de 2022 en el “Boletín Oficial del Estado”, con fecha 7 de junio de 2022 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
y, con fecha 6 de junio de 2022 en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Además, se publicó en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Pioz (con fecha 9 de agosto
de 2022), Alcalá de Henares (con fecha 24 de mayo de 2022) y Villabilla (con fecha 24 de
mayo de 2022). Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Se han recibido alegaciones de Canal de Isabel II, S. L., donde ponen de manifiesto
que tienen infraestructuras y terrenos que resultan afectados por el proyecto que comprende este expediente. En concreto, a los siguientes bienes propiedad de Canal de Isabel II: terrenos con expediente SAP 356 y 389, arteria depósito Villalbilla-Red Villalbilla, arteria
elevadora Villalbilla-Depósito de Corpa-Depósito Valdeaguilas, arteria Elevadora Villalbilla-Depósito de Santorcaz, arteria Pozo de Guadalajara-Zona Pezuela de las Torres-Piozcon, colector Sistema Saneamiento Torres de la Alameda tramos B1, A1, A2 y la línea de
comunicaciones Depósito Villalbilla-Depósito 1 Santorcaz. Para compatibilizar las infraestructuras, el Canal de Isabel II establece condicionado técnico que deberá seguir el promotor. Por otro lado, el promotor deberá solicitar autorizaciones por ocupación de suelos
de dominio público de Canal de Isabel II. Se ha dado traslado al promotor de dicha alegación, que contesta mostrando conformidad con el contenido del citado informe y solicitando la aportación de información para tener en cuenta los condicionantes que se aplicarán en
cada caso y evitar previsibles afecciones.
Se ha recibido alegaciones del Ayuntamiento de Pioz, donde pone de manifiesto que
la implantación de las diversas plantas fotovoltaicas propuestas en la zona genera una congestión del suelo municipal por afecciones al paisaje, al patrimonio natural y cultural, al
crecimiento urbanístico y a intereses de particulares, asimismo, se pone de relieve la aprobación de una moratoria para la ejecución de las obras de los citados proyectos, dado que
no se dispone de los medios adecuados para analizar en profundidad los cambios que se prevé estos últimos introduzcan. Se ha dado traslado al promotor de dichas alegaciones, que
justifica la conformidad de la infraestructura propuesta con el planeamiento vigente y las
afecciones previsibles.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, a la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural del Gobierno de Castilla La Mancha, a la Agencia del Agua
de Castilla La Mancha de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural del Gobierno de Castilla La Mancha, a la Dirección General de Políticas Agroambientales de la
Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural del Gobierno de Castilla La Mancha, a
la Dirección General de Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible del
Gobierno de Castilla La Mancha, a la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad
de la Consejería de Desarrollo Sostenible del Gobierno de Castilla-La Mancha, a la Dirección General de Protección Ciudadana de la Consejería de Hacienda y Administraciones
Públicas del Gobierno de Castilla-La Mancha, a la Dirección General de Salud Pública de
la Consejería de Sanidad del Gobierno de Castilla-La Mancha, a la Dirección General
de Protección Ciudadana de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas del
Gobierno de Castilla-La Mancha, a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior, a la Subdirección General de Suelo de la Dirección General de Suelo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad
de Madrid, a la Subdirección General de Gestión Integrada del Dominio Público Hidráulico de la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y El Reto
Demográfico, a la Subdirección General de Impacto Ambiental de la Dirección General de
Descarbonización y Transición Energética de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda
y Agricultura de la Comunidad de Madrid, a la Oficina Española de Cambio Climático del
Ministerio para la Transición Ecológica y El Reto Demográfico, a la Confederación Hidrográfica del Tajo del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Di-
BOCM-20230706-136
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 6 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 159
General de Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía Hacienda y
Empleo de la Comunidad de Madrid, la Subdirección General de Industria e Inspección de
la Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, Grupo IGNIS Energía, QEnergy, Cornamusa Solar, S. L. U., Camareta Solar S. L. U., y Jazztel, no se ha recibido contestación por
su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en
el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, con la publicación el 28 de mayo de 2022 en el “Boletín Oficial del Estado”, con fecha 7 de junio de 2022 en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
y, con fecha 6 de junio de 2022 en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Además, se publicó en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Pioz (con fecha 9 de agosto
de 2022), Alcalá de Henares (con fecha 24 de mayo de 2022) y Villabilla (con fecha 24 de
mayo de 2022). Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Se han recibido alegaciones de Canal de Isabel II, S. L., donde ponen de manifiesto
que tienen infraestructuras y terrenos que resultan afectados por el proyecto que comprende este expediente. En concreto, a los siguientes bienes propiedad de Canal de Isabel II: terrenos con expediente SAP 356 y 389, arteria depósito Villalbilla-Red Villalbilla, arteria
elevadora Villalbilla-Depósito de Corpa-Depósito Valdeaguilas, arteria Elevadora Villalbilla-Depósito de Santorcaz, arteria Pozo de Guadalajara-Zona Pezuela de las Torres-Piozcon, colector Sistema Saneamiento Torres de la Alameda tramos B1, A1, A2 y la línea de
comunicaciones Depósito Villalbilla-Depósito 1 Santorcaz. Para compatibilizar las infraestructuras, el Canal de Isabel II establece condicionado técnico que deberá seguir el promotor. Por otro lado, el promotor deberá solicitar autorizaciones por ocupación de suelos
de dominio público de Canal de Isabel II. Se ha dado traslado al promotor de dicha alegación, que contesta mostrando conformidad con el contenido del citado informe y solicitando la aportación de información para tener en cuenta los condicionantes que se aplicarán en
cada caso y evitar previsibles afecciones.
Se ha recibido alegaciones del Ayuntamiento de Pioz, donde pone de manifiesto que
la implantación de las diversas plantas fotovoltaicas propuestas en la zona genera una congestión del suelo municipal por afecciones al paisaje, al patrimonio natural y cultural, al
crecimiento urbanístico y a intereses de particulares, asimismo, se pone de relieve la aprobación de una moratoria para la ejecución de las obras de los citados proyectos, dado que
no se dispone de los medios adecuados para analizar en profundidad los cambios que se prevé estos últimos introduzcan. Se ha dado traslado al promotor de dichas alegaciones, que
justifica la conformidad de la infraestructura propuesta con el planeamiento vigente y las
afecciones previsibles.
Igualmente, se remitieron separatas del proyecto y del estudio de impacto ambiental
acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, a la Dirección General de Desarrollo Rural de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural del Gobierno de Castilla La Mancha, a la Agencia del Agua
de Castilla La Mancha de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural del Gobierno de Castilla La Mancha, a la Dirección General de Políticas Agroambientales de la
Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural del Gobierno de Castilla La Mancha, a
la Dirección General de Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible del
Gobierno de Castilla La Mancha, a la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad
de la Consejería de Desarrollo Sostenible del Gobierno de Castilla-La Mancha, a la Dirección General de Protección Ciudadana de la Consejería de Hacienda y Administraciones
Públicas del Gobierno de Castilla-La Mancha, a la Dirección General de Salud Pública de
la Consejería de Sanidad del Gobierno de Castilla-La Mancha, a la Dirección General
de Protección Ciudadana de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas del
Gobierno de Castilla-La Mancha, a la Dirección General de Protección Civil y Emergencias del Ministerio del Interior, a la Subdirección General de Suelo de la Dirección General de Suelo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad
de Madrid, a la Subdirección General de Gestión Integrada del Dominio Público Hidráulico de la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y El Reto
Demográfico, a la Subdirección General de Impacto Ambiental de la Dirección General de
Descarbonización y Transición Energética de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda
y Agricultura de la Comunidad de Madrid, a la Oficina Española de Cambio Climático del
Ministerio para la Transición Ecológica y El Reto Demográfico, a la Confederación Hidrográfica del Tajo del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a la Di-
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