D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20230628-14)
Convenio –  Convenio de 11 de junio de 2023, de cooperación educativa entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia e Interior) y la Universidad Rey Juan Carlos, sobre la realización de prácticas externas en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 152

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 28 DE JUNIO DE 2023

Pág. 79

La Comunidad de Madrid no será responsable de ningún tipo de obligación en materia de Seguridad Social por la realización de las prácticas académicas, ni tampoco por cualquier otra causa sobrevenida que produzca obligaciones de contenido económico, dándose
por extinguido el convenio en otro caso.
Sexta
Confidencialidad y protección de datos personales
Las partes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente
convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de confidencialidad, y las
limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información
a la que se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este convenio, salvo aquella
información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
Las partes se informan recíprocamente de que los datos personales que se recogen en
virtud de este convenio, incluidos los datos del personal al servicio de una de las partes a
los que la otra pueda tener acceso durante el desarrollo del mismo, serán tratados por cada
una de ellas como responsables del tratamiento, con la única finalidad de gestionar la relación del presente convenio.
Cada parte será responsable de atender las solicitudes de ejercicio de derechos establecidos en los artículos 15 a 22, ambos inclusive, del RGPD, y las reclamaciones, en su caso,
a las mismas, que correspondan a tratamientos en los que ostenten la consideración de responsable del tratamiento, debiendo colaborar entre sí para la adecuada atención y satisfacción de los derechos de los interesados.
Las partes firmantes están obligadas a implantar medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal y eviten
su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
Séptima
Se crea una Comisión mixta de seguimiento, vigilancia y control del presente convenio, integrada por dos representantes de la Comunidad de Madrid y dos representantes de
la URJC.
Por parte de la Universidad Rey Juan Carlos:
— Vicerrector/a con competencia en enseñanzas propias de la Universidad o persona
en quien delegue.
— Director/a del “Máster de Formación Permanente en Trabajo Social Forense” o
persona en quien delegue.
Por parte del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunidad de Madrid:
— Director/a del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, o persona en quien
delegue.
— Subdirector/a del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, o persona en
quien delegue.
Entre las funciones que corresponden a la Comisión de Seguimiento se incluyen:
a) Realizar el seguimiento y evaluación del desarrollo del convenio.
b) Impulsar las funciones de coordinación entre las instituciones firmantes, precisas
para la adecuada consecución de los objetivos formativos.
c) Interpretar el convenio y resolver cuantas dudas puedan surgir en su ejecución.

BOCM-20230628-14

Comisión de seguimiento, vigilancia y control