Móstoles (BOCM-20230627-62)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
MARTES 27 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 151
solo de los procesos selectivos o sistemas de acceso, decayendo en los derechos que pudieran derivarse de su participación en los restantes.
De no realizar esta opción en el plazo concedido al efecto por la Administración, se entenderá que opta por el nombramiento en prácticas correspondiente al primer proceso selectivo o sistema de acceso en que haya sido propuesto a tal fin por el correspondiente Tribunal.
Base decimocuarta. Curso Selectivo de Formación
14.1. Requisitos del Curso Selectivo de Formación. Será requisito indispensable superar un Curso Selectivo de Formación en la forma que determine la Comunidad de Madrid
y cuya duración no será inferior a un período lectivo de 625 horas o su equivalente en créditos ECTS.
Los aspirantes que, habiendo superado la fase de oposición, no pudieran realizar el
curso selectivo de formación, siempre que se deba a causas de fuerza mayor o derivadas de
embarazo o maternidad, debidamente justificadas y apreciadas por el Instituto de Formación Integral en seguridad y Emergencias de la Comunidad de Madrid, tendrán opción, por
una sola vez, a realizarlo en la siguiente convocatoria del curso que efectúe dicho centro.
En estos casos, para la calificación definitiva del proceso selectivo se mantendrá la calificación final obtenida en las pruebas de oposición y en el concurso, computándose la obtenida en el curso selectivo de formación. El aspirante será ordenado en el escalafón de la
promoción en que supere el correspondiente curso selectivo.
Todo ello, sin perjuicio de la necesidad de superar el período de prácticas municipal.
14.2. Calificación del Curso Selectivo de Formación. El Curso Selectivo de Formación en la forma que determine la Comunidad de Madrid será calificado de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.
Base decimoquinta. Período de prácticas
Durante el período de prácticas, que tendrá una duración de 6 meses, se realizarán
prácticas tuteladas en las que desarrollarán las tareas que normalmente corresponden a la
categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Local de Móstoles.
El período de prácticas no será puntuable. La valoración del mismo se realizará por el
Tribunal Calificador, como “apto” o “no apto”, a la vista del informe razonado que habrá
de realizar la Jefatura del Cuerpo, y en el que se valorarán las habilidades generales y las
destrezas profesionales requeridas para el correcto desempeño de la actividad policial, así
como otros factores de desempeño, en especial la disciplina, la responsabilidad, el interés
y la dedicación, la corrección en el trato con los ciudadanos, mandos y compañeros, el cumplimiento de órdenes y correcta uniformidad.
Base decimosexta. Calificación definitiva del proceso de selección
La calificación final del proceso selectivo será la suma de las calificaciones finales obtenidas en las pruebas de oposición, en el concurso y en el curso selectivo de formación,
conforme a la siguiente ponderación:
[(COP × 40) + (CSF × 60)] / 100
Donde COP es la suma de la calificación final obtenida en las pruebas de oposición y
en el concurso, y CSF la obtenida en el curso selectivo de formación.
Para resolver los empates que puedan surgir en las calificaciones definitivas y determinar el orden de preferencia entre los aspirantes, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el Curso Selectivo de Formación. En caso de persistir el empate se atenderá a la puntuación conseguida en la prueba de conocimientos; de persistir el empate, se atenderá a la
puntuación conseguida en el concurso; y de persistir, este se resolverá por orden alfabético del
primer apellido de las personas empatadas, iniciándose el desempate por la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
Obtenidas las calificaciones definitivas, el Tribunal Calificador publicará en el tablón
de anuncios del Ayuntamiento de Móstoles y en la web municipal ( www.mostoles.es ) la
relación de aprobados/as por orden de puntuación.
Base decimoséptima. Nombramiento como funcionario de carrera
Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubiesen superado, cuyo número
no podrá exceder en ningún caso al de las plazas convocadas, serán nombrados por el Presidente de la Corporación funcionarios de carrera, de acuerdo con la propuesta del Tribu-
BOCM-20230627-62
Pág. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 27 DE JUNIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 151
solo de los procesos selectivos o sistemas de acceso, decayendo en los derechos que pudieran derivarse de su participación en los restantes.
De no realizar esta opción en el plazo concedido al efecto por la Administración, se entenderá que opta por el nombramiento en prácticas correspondiente al primer proceso selectivo o sistema de acceso en que haya sido propuesto a tal fin por el correspondiente Tribunal.
Base decimocuarta. Curso Selectivo de Formación
14.1. Requisitos del Curso Selectivo de Formación. Será requisito indispensable superar un Curso Selectivo de Formación en la forma que determine la Comunidad de Madrid
y cuya duración no será inferior a un período lectivo de 625 horas o su equivalente en créditos ECTS.
Los aspirantes que, habiendo superado la fase de oposición, no pudieran realizar el
curso selectivo de formación, siempre que se deba a causas de fuerza mayor o derivadas de
embarazo o maternidad, debidamente justificadas y apreciadas por el Instituto de Formación Integral en seguridad y Emergencias de la Comunidad de Madrid, tendrán opción, por
una sola vez, a realizarlo en la siguiente convocatoria del curso que efectúe dicho centro.
En estos casos, para la calificación definitiva del proceso selectivo se mantendrá la calificación final obtenida en las pruebas de oposición y en el concurso, computándose la obtenida en el curso selectivo de formación. El aspirante será ordenado en el escalafón de la
promoción en que supere el correspondiente curso selectivo.
Todo ello, sin perjuicio de la necesidad de superar el período de prácticas municipal.
14.2. Calificación del Curso Selectivo de Formación. El Curso Selectivo de Formación en la forma que determine la Comunidad de Madrid será calificado de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlo.
Base decimoquinta. Período de prácticas
Durante el período de prácticas, que tendrá una duración de 6 meses, se realizarán
prácticas tuteladas en las que desarrollarán las tareas que normalmente corresponden a la
categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Local de Móstoles.
El período de prácticas no será puntuable. La valoración del mismo se realizará por el
Tribunal Calificador, como “apto” o “no apto”, a la vista del informe razonado que habrá
de realizar la Jefatura del Cuerpo, y en el que se valorarán las habilidades generales y las
destrezas profesionales requeridas para el correcto desempeño de la actividad policial, así
como otros factores de desempeño, en especial la disciplina, la responsabilidad, el interés
y la dedicación, la corrección en el trato con los ciudadanos, mandos y compañeros, el cumplimiento de órdenes y correcta uniformidad.
Base decimosexta. Calificación definitiva del proceso de selección
La calificación final del proceso selectivo será la suma de las calificaciones finales obtenidas en las pruebas de oposición, en el concurso y en el curso selectivo de formación,
conforme a la siguiente ponderación:
[(COP × 40) + (CSF × 60)] / 100
Donde COP es la suma de la calificación final obtenida en las pruebas de oposición y
en el concurso, y CSF la obtenida en el curso selectivo de formación.
Para resolver los empates que puedan surgir en las calificaciones definitivas y determinar el orden de preferencia entre los aspirantes, se tendrá en cuenta la mayor puntuación obtenida en el Curso Selectivo de Formación. En caso de persistir el empate se atenderá a la puntuación conseguida en la prueba de conocimientos; de persistir el empate, se atenderá a la
puntuación conseguida en el concurso; y de persistir, este se resolverá por orden alfabético del
primer apellido de las personas empatadas, iniciándose el desempate por la letra que determine el sorteo anual realizado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.
Obtenidas las calificaciones definitivas, el Tribunal Calificador publicará en el tablón
de anuncios del Ayuntamiento de Móstoles y en la web municipal ( www.mostoles.es ) la
relación de aprobados/as por orden de puntuación.
Base decimoséptima. Nombramiento como funcionario de carrera
Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubiesen superado, cuyo número
no podrá exceder en ningún caso al de las plazas convocadas, serán nombrados por el Presidente de la Corporación funcionarios de carrera, de acuerdo con la propuesta del Tribu-
BOCM-20230627-62
Pág. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID