D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230626-55)
Convenio – Convenio de colaboración de 9 de junio de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para la cesión de uso de terminales y dispositivos digitales vinculados al servicio de teleasistencia avanzada dirigida a personas dependientes en la ciudad de Madrid, adquiridos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
LUNES 26 DE JUNIO DE 2023
Pág. 191
15. Debe tener una batería recargable, de larga duración con un tiempo de espera de hasta 45 horas.
16. Debe permitir la conectividad a la integración en el servicio de prestaciones relacionadas con
el internet de las cosas para funcionalidades en las que resulta necesario mantener la
transmisión continua de la información, supervisión de hábitos y rutinas, domótica, control del
estado de la persona mediante wearables y monitoreo de constantes, entre otras.
17. Debe estar permanentemente conectado a un portal o plataforma de gestión de terminales
que facilite la supervisión online del funcionamiento del equipo (terminales y dispositivos
vinculados al mismo) y su configuración de forma inmediata y en remoto, que permita comprobar
y verificar en cualquier momento el estado del equipo (carga de batería, nivel de cobertura),
identificar y notificar de forma inmediata eventuales incidencias (baja batería, interferencias de
radio, test de radio de dispositivos,.), configurar de forma automática y en remoto los parámetros
de un equipo y los dispositivos vinculados al mismo, y reprogramar un grupo de equipos de forma
masiva e inmediata, sin necesidad de alarma/ aviso.
18. Debe estar programado para que, tras la activación, se inicie un corto periodo que no supere
los 8 segundos, durante el cual se pueda anular la transmisión al centro de atención, si la
pulsación ha sido realizada por error. El periodo de prealarma se debe señalizar de forma
accesible para la persona usuaria.
19. Debe disponer de sistemas de bloqueo para que, una vez activada la pulsación y recibida
ésta en el centro de atención, la persona usuaria no pueda cortar ni liberar la línea telefónica.
20. Su programación y sus datos básicos deben residir en una memoria no volátil y susceptible
de ser grabada, con el fin de almacenar privadamente los datos de identificación de la persona
usuaria y del teléfono del centro de atención.
21. Debe aceptar la conexión fiable a cuantos dispositivos o sensores sean necesarios.
22. Debe tener la capacidad de priorizar cualquier comunicación por pulsación del terminal,
dispositivos o aviso de sensores frente a otros tipos de comunicaciones telefónicas.
23. Debe repetir automáticamente la llamada en caso de no conseguir conectar con el centro de
atención al primer intento, después de emitirse cualquier activación. Si aun así no se consigue
comunicar con el centro de atención, el terminal iniciará un ciclo continuado de llamadas a los
números de teléfono programados con la secuencia que se considere oportuna y cuyo ciclo se
pueda repetir tantas veces como sea necesario.
24. Debe transmitir, en caso de fallo general de fluido eléctrico, el fallo de conexión a la red
eléctrica en un periodo de tiempo aleatorio no superior a dos horas desde su detección, y siempre
que esta persista.
DISPOSITIVO DE CONTROL REMOTO (UCR)
1. Debe tener un diseño ergonómico, accesible y ser de dimensiones y peso reducido.
2. Debe disponer de un botón reconocible al tacto, de accionamiento sencillo y protegido contra
activaciones accidentales.
3. Debe tener un sistema de confirmación de que la pulsación ha sido reconocida por el terminal,
de forma que avise al usuario/a, de modo óptico, acústico o por vibración.
4. Debe tener un diseño de tipo reloj, pulsera o colgante. Debe ser antialérgico y no inflamable.
Si la UCR es del tipo colgante al cuello, incorporará un mecanismo de auxilio frente a tensiones
mecánicas (anti-estrangulamiento).
5. Debe ser hermético al agua (estanco) y cumplir los requisitos exigidos para el nivel de estanqueidad
IP67. Debe tener sistema de seguridad para que la persona usuaria no pueda manipularla.
6. Debe tener un sistema de identificación, de forma que la pulsación del botón transmita al
terminal un código diferenciable de los asociados a otras UCR o periféricos o sensores que
puedan operar bajo el mismo terminal.
BOCM-20230626-55
B.O.C.M. Núm. 150
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE JUNIO DE 2023
Pág. 191
15. Debe tener una batería recargable, de larga duración con un tiempo de espera de hasta 45 horas.
16. Debe permitir la conectividad a la integración en el servicio de prestaciones relacionadas con
el internet de las cosas para funcionalidades en las que resulta necesario mantener la
transmisión continua de la información, supervisión de hábitos y rutinas, domótica, control del
estado de la persona mediante wearables y monitoreo de constantes, entre otras.
17. Debe estar permanentemente conectado a un portal o plataforma de gestión de terminales
que facilite la supervisión online del funcionamiento del equipo (terminales y dispositivos
vinculados al mismo) y su configuración de forma inmediata y en remoto, que permita comprobar
y verificar en cualquier momento el estado del equipo (carga de batería, nivel de cobertura),
identificar y notificar de forma inmediata eventuales incidencias (baja batería, interferencias de
radio, test de radio de dispositivos,.), configurar de forma automática y en remoto los parámetros
de un equipo y los dispositivos vinculados al mismo, y reprogramar un grupo de equipos de forma
masiva e inmediata, sin necesidad de alarma/ aviso.
18. Debe estar programado para que, tras la activación, se inicie un corto periodo que no supere
los 8 segundos, durante el cual se pueda anular la transmisión al centro de atención, si la
pulsación ha sido realizada por error. El periodo de prealarma se debe señalizar de forma
accesible para la persona usuaria.
19. Debe disponer de sistemas de bloqueo para que, una vez activada la pulsación y recibida
ésta en el centro de atención, la persona usuaria no pueda cortar ni liberar la línea telefónica.
20. Su programación y sus datos básicos deben residir en una memoria no volátil y susceptible
de ser grabada, con el fin de almacenar privadamente los datos de identificación de la persona
usuaria y del teléfono del centro de atención.
21. Debe aceptar la conexión fiable a cuantos dispositivos o sensores sean necesarios.
22. Debe tener la capacidad de priorizar cualquier comunicación por pulsación del terminal,
dispositivos o aviso de sensores frente a otros tipos de comunicaciones telefónicas.
23. Debe repetir automáticamente la llamada en caso de no conseguir conectar con el centro de
atención al primer intento, después de emitirse cualquier activación. Si aun así no se consigue
comunicar con el centro de atención, el terminal iniciará un ciclo continuado de llamadas a los
números de teléfono programados con la secuencia que se considere oportuna y cuyo ciclo se
pueda repetir tantas veces como sea necesario.
24. Debe transmitir, en caso de fallo general de fluido eléctrico, el fallo de conexión a la red
eléctrica en un periodo de tiempo aleatorio no superior a dos horas desde su detección, y siempre
que esta persista.
DISPOSITIVO DE CONTROL REMOTO (UCR)
1. Debe tener un diseño ergonómico, accesible y ser de dimensiones y peso reducido.
2. Debe disponer de un botón reconocible al tacto, de accionamiento sencillo y protegido contra
activaciones accidentales.
3. Debe tener un sistema de confirmación de que la pulsación ha sido reconocida por el terminal,
de forma que avise al usuario/a, de modo óptico, acústico o por vibración.
4. Debe tener un diseño de tipo reloj, pulsera o colgante. Debe ser antialérgico y no inflamable.
Si la UCR es del tipo colgante al cuello, incorporará un mecanismo de auxilio frente a tensiones
mecánicas (anti-estrangulamiento).
5. Debe ser hermético al agua (estanco) y cumplir los requisitos exigidos para el nivel de estanqueidad
IP67. Debe tener sistema de seguridad para que la persona usuaria no pueda manipularla.
6. Debe tener un sistema de identificación, de forma que la pulsación del botón transmita al
terminal un código diferenciable de los asociados a otras UCR o periféricos o sensores que
puedan operar bajo el mismo terminal.
BOCM-20230626-55
B.O.C.M. Núm. 150
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID