C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230626-38)
Convenio colectivo –  Resolución de 5 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Monbake Grupo Empresarial, S. A. U. (Código número 28102901012020)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 134

LUNES 26 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 150

Artículo 23º. - Polivalencia
Dada la existencia de distintas líneas de producción que trabajan, tanto simultáneamente como de
manera alterna y la introducción los últimos ejercicios de nuevos tipos de líneas de producción, se
hace necesario establecer un plan de polivalencia en el centro de trabajo de Alalpardo.
Las partes acuerdan que la adscripción al plan de polivalencia del centro de trabajo de Alalpardo es
de carácter voluntario.
En aras de mantener el desarrollo del centro de trabajo y su mayor competitividad, se establece la
necesidad de que los trabajadores puedan realizar funciones en distintos puestos de trabajo en
función de la organización/puesta en marcha de líneas productivas según la planificación
empresarial, para así poder atender las necesidades de fabricación de las distintas gamas de pan
fabricadas en el centro.
La implantación del plan de polivalencias se establece como instrumento de flexibilización en la
gestión de los recursos humanos acordado entre la representación legal de los trabajadores y la
empresa, siendo un mecanismo de adaptación de las condiciones de trabajo a las circunstancias
concretas del centro de trabajo.
La compensación de la polivalencia va ligada al compromiso y obligatoriedad de la realización de
los puestos en que la persona es considerada polivalente y en base a los cuales percibe el plus
mensual.
Para considerarse polivalente y generar la percepción del plus, el personal ha de tener los
conocimientos y competencias que permitan el desempeño adecuado de al menos dos puestos, de
manera adicional al propio puesto de trabajo. El hecho de negarse a realizar uno o varios puestos,
dentro del plan de polivalencia, comportaría la perdida de la retribución para siempre, y la devolución
de los importes percibidos por este concepto.
En el caso de aquellas personas trabajadoras encuadradas en un Grupo Profesional pero que
ejerzan funciones de categoría superior, en base a los puestos del plan de polivalencia, tendrán
derecho a la percepción de un plus de categoría superior por importe de la diferencia salarial
existente entre las categorías ejercidas. Dicho Plus se entenderá no consolidable, de tal modo que
solo se devengará cuando se presten servicios en los puestos considerados de categoría superior.
El Sistema de Polivalencia tendrá como finalidad la correcta organización de los puestos en base a
la planificación industrial de arranque de líneas de producción. En caso de cambio de funciones de
las personas trabajadoras la empresa deberá de hacer uso de la Movilidad Funcional recogida en el
Estatuto de los Trabajadores.
Se aplica una remuneración mensual, en base al conocimiento y realización de 3 o más puestos de
trabajo de los planteados a continuación, según cantidades indicadas en anexo XIII durante toda la
vigencia del convenio. Se establecen los conocimientos y periodos concretos para cada puesto, así
como, una vez se es considerado apto para el desempeño del puesto adicional, el tiempo de ejercicio
efectivo que comporta el derecho de retribución.

TIEMPO
FORMACIÓN
MÍNIMO
(JORNADAS)

PERIODO
ADAPTACIÓN
(JORNADAS)

PERIODO EFECTIVO
DE TRABAJO PARA
RECIBIR EL PLUS
(JORNADAS)

Responsable Línea E1

30

10

1

Responsable Línea E2

25

10

1

Responsable Línea E3

25

10

1

Responsable Línea E4

20

10

1

Responsable Línea E5

20

10

1

Responsable Línea E8

20

10

1

Responsable Envasado E1

30

10

1

Responsable Envasado Artesano

20

10

1

Responsable Envasado E8

20

10

1

Amasador/a E1

20

10

1

Amasador/a E2-E3

20

10

1

Hornero/a

20

10

1

Volante

10

10

1

BOCM-20230626-38

Puestos considerados para la percepción del plus polivalencia, periodos de formación y adaptación
al puesto e indicación de tiempos efectivos de ejercicio: