C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230626-38)
Convenio colectivo –  Resolución de 5 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Monbake Grupo Empresarial, S. A. U. (Código número 28102901012020)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 150

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 26 DE JUNIO DE 2023

Pág. 133

Artículo 21º.- Complementos salariales de vencimiento periódico superior al mes.
Gratificaciones extraordinarias. Las gratificaciones extraordinarias son tres las correspondientes
a San Honorato, Julio y Navidad, según consta en Anexo XI. De común acuerdo entre empresa y
representación de los trabajadores, el importe de dichas pagas se acuerda que sea prorrateado
mensualmente.
Artículo 22º. - Retribución variable
Todos los empleados/as afectados por el presente Convenio percibirán en concepto de retribución
variable anual una cantidad que variará en función del grado de consecución para cada año de los
diversos indicadores de planta y del silo logístico.
Para la vigencia del presente convenio, la retribución variable correspondiente al año 2023 se percibirá
en un pago anual en febrero de 2024, y la correspondiente al año 2024, en febrero del 2025, y la
correspondiente al año 2025, en febrero del 2026, según el escalado que consta en Anexo XII.
La remuneración variable será percibida en base a las siguientes condiciones:
-

Se configura como un requisito en orden al devengo de la retribución variable que el trabajador
esté de alta en la Compañía durante todo el período de generación (1 de enero a 31 de
diciembre), salvo cuando la baja derive por decisión unilateral de la Empresa, declarada
judicialmente o reconocida por la Empresa como un despido improcedente, en cuyo caso se
tendrá derecho a percibir, en su caso, el variable que se pudiera haber devengado en proporción
al tiempo trabajado durante el período expuesto.

-

No presentar más de tres bajas, retrasos considerados absentismos o ausencias injustificadas
durante el ejercicio.

Parámetros de medición
Se acuerda que la parte variable de la retribución se liquidará en función del cumplimiento de los
objetivos establecidos en cada momento en los indicadores siguientes, según el siguiente detalle a
continuación. Así mismo, dichos indicadores podrán variar si se lleva a cabo un nuevo sistema de
control y organización en la empresa, pudiendo ser intercambiados por otros nuevos indicadores
mediante un acuerdo con la RLT.
x

Personal de Mano de Obra Directa (MOD):
o
o
o
o

x

Eficiencia.
Desecho (merma).
Producto retenido (reclamaciones).
Absentismo global.

Personal de Logística:
o Obsoletos.
o Ajustes inventario.
o Absentismo global.

El peso relativo de cada parámetro es el siguiente para cada colectivo:

%

Eficiencia

70%

Desecho

10%

Reclamaciones

10%

Absentismo planta

10%

LOGÍSTICA
PARÁMETROS

%

Obsoletos

45%

Ajustes inventario

45%

Absentismo planta

10%

Los objetivos para cada uno de los parámetros se comunicarán al Comité de Empresa cada mes de
Enero, y se definirán en base al presupuesto de la Empresa.

BOCM-20230626-38

MOD
PARÁMETROS