C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230624-3)
Convenio colectivo – Resolución de 1 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Actren Mantenimiento Ferroviario, S. A. (Código número 28100701012015)
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 149
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE JUNIO DE 2023
Pág. 47
10. Realizar trabajos en máquinas de producción en base a instrucciones simples y/o croquis
sencillos.
11. Realizar trabajos de corte, calentamiento, rebabado y escarpado u otros análogos, utilizando
sopletes, martillos neumáticos, etc.
12. Tareas de ajuste de series de aparatos, construcción de forma de cable sin trazo de plantillas,
montaje elemental de series de conjuntos elementales, verificado de soldaduras de conexión.
GRUPO PROFESIONAL 6
Criterios Generales
Tareas que se ejecuten con un alto grado de dependencia, claramente establecidas, con
instrucciones específicas. Pueden requerir esfuerzo físico, con escasa formación o conocimientos
muy elementales y que ocasionalmente pueden necesitar de un pequeño período de adaptación.
Formación.- Formación equiparable a Enseñanza Secundaria Obligatoria, así como a conocimientos
adquiridos en el desempeño de su profesión.
Comprende, a título orientativo, los siguientes:
Personal de administración de taller y/o oficinas.
Personal de almacén. Pertenecerá al colegio de especialistas y no cualificados a efectos tanto
de elecciones sindicales como del artículo 11 del convenio.
Personal de recepción, centralitas o similar.
Este grupo profesional comprende los siguientes 8 niveles salariales: n1, n2, n3, n4, n5, n6, n7 y n8.
Las promociones salariales del Grupo 6 serán:
Nivel 1. Nivel de entrada para nuevas incorporaciones tanto de ETT como de plantilla. En este nivel
salarial se podrá estar como máximo 1 año.
Nivel 2. Nivel para las personas que lleven más de 1 año en Actren.
Nivel 3. Nivel para las personas que lleven más de 2 años en Actren.
Nivel 4. Nivel para las personas que, estando en el Grupo 6 nivel 3, obtengan una promoción salarial
vía procedimiento Artículo 11.
Nivel 5. Nivel para las personas que, estando en el Grupo 6 nivel 4, obtengan una promoción salarial
vía procedimiento Artículo 11.
Nivel 6. Nivel para las personas que, estando en el Grupo 6 nivel 5, obtengan una promoción salarial
vía procedimiento Artículo 11.
Nivel 7. Nivel para las personas que, estando en el Grupo 6 nivel 6, obtengan una promoción salarial
vía procedimiento Artículo 11.
Nivel 8. Nivel para las personas que, estando en el Grupo 6 nivel 7, obtengan una promoción salarial
vía procedimiento Artículo 11.
Se clasificará automáticamente en el nivel salarial correspondiente a todas las personas del Grupo
6 que cumplan los requisitos arriba descritos.
Ejemplos.- En este Grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades que,
por analogía, son equiparables a las siguientes:
1. Actividades sencillas, que exijan regulación y puesta a punto o manejo de cuadros, indicadores y
paneles no automáticos.
2. Tareas elementales en laboratorio.
4. Tareas de recepción que no exijan cualificación especial o conocimiento de idiomas. Telefonista
y/o recepcionista.
5. Trabajos de reprografía en general. Reproducción y calcado de planos.
6. Trabajos sencillos y rutinarios de mecanografía, archivo, cálculo, facturación o similares de
administración.
7. Realización de análisis sencillos y rutinarios de fácil comprobación, funciones de toma y
preparación de muestra para análisis.
BOCM-20230624-3
3. Tareas de control de accesos a edificios y locales sin requisitos especiales ni arma.
B.O.C.M. Núm. 149
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 24 DE JUNIO DE 2023
Pág. 47
10. Realizar trabajos en máquinas de producción en base a instrucciones simples y/o croquis
sencillos.
11. Realizar trabajos de corte, calentamiento, rebabado y escarpado u otros análogos, utilizando
sopletes, martillos neumáticos, etc.
12. Tareas de ajuste de series de aparatos, construcción de forma de cable sin trazo de plantillas,
montaje elemental de series de conjuntos elementales, verificado de soldaduras de conexión.
GRUPO PROFESIONAL 6
Criterios Generales
Tareas que se ejecuten con un alto grado de dependencia, claramente establecidas, con
instrucciones específicas. Pueden requerir esfuerzo físico, con escasa formación o conocimientos
muy elementales y que ocasionalmente pueden necesitar de un pequeño período de adaptación.
Formación.- Formación equiparable a Enseñanza Secundaria Obligatoria, así como a conocimientos
adquiridos en el desempeño de su profesión.
Comprende, a título orientativo, los siguientes:
Personal de administración de taller y/o oficinas.
Personal de almacén. Pertenecerá al colegio de especialistas y no cualificados a efectos tanto
de elecciones sindicales como del artículo 11 del convenio.
Personal de recepción, centralitas o similar.
Este grupo profesional comprende los siguientes 8 niveles salariales: n1, n2, n3, n4, n5, n6, n7 y n8.
Las promociones salariales del Grupo 6 serán:
Nivel 1. Nivel de entrada para nuevas incorporaciones tanto de ETT como de plantilla. En este nivel
salarial se podrá estar como máximo 1 año.
Nivel 2. Nivel para las personas que lleven más de 1 año en Actren.
Nivel 3. Nivel para las personas que lleven más de 2 años en Actren.
Nivel 4. Nivel para las personas que, estando en el Grupo 6 nivel 3, obtengan una promoción salarial
vía procedimiento Artículo 11.
Nivel 5. Nivel para las personas que, estando en el Grupo 6 nivel 4, obtengan una promoción salarial
vía procedimiento Artículo 11.
Nivel 6. Nivel para las personas que, estando en el Grupo 6 nivel 5, obtengan una promoción salarial
vía procedimiento Artículo 11.
Nivel 7. Nivel para las personas que, estando en el Grupo 6 nivel 6, obtengan una promoción salarial
vía procedimiento Artículo 11.
Nivel 8. Nivel para las personas que, estando en el Grupo 6 nivel 7, obtengan una promoción salarial
vía procedimiento Artículo 11.
Se clasificará automáticamente en el nivel salarial correspondiente a todas las personas del Grupo
6 que cumplan los requisitos arriba descritos.
Ejemplos.- En este Grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades que,
por analogía, son equiparables a las siguientes:
1. Actividades sencillas, que exijan regulación y puesta a punto o manejo de cuadros, indicadores y
paneles no automáticos.
2. Tareas elementales en laboratorio.
4. Tareas de recepción que no exijan cualificación especial o conocimiento de idiomas. Telefonista
y/o recepcionista.
5. Trabajos de reprografía en general. Reproducción y calcado de planos.
6. Trabajos sencillos y rutinarios de mecanografía, archivo, cálculo, facturación o similares de
administración.
7. Realización de análisis sencillos y rutinarios de fácil comprobación, funciones de toma y
preparación de muestra para análisis.
BOCM-20230624-3
3. Tareas de control de accesos a edificios y locales sin requisitos especiales ni arma.