Pozuelo del Rey (BOCM-20230623-59)
Organización y funcionamiento. Ordenanza instalación cargadores eléctricos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 148
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE JUNIO DE 2023
Art. 4.o Definiciones.
1. Tipos de vehículos:
1) Vehículos eléctricos puros (BEV): son aquellos propulsados total y exclusivamente mediante motores eléctricos cuya energía, procede parcial o totalmente, de
la electricidad de sus baterías, utilizando para su recarga la energía de una fuente
exterior al vehículo, por ejemplo, la red eléctrica.
2) Vehículos eléctricos de autonomía extendida (REEV): son aquellos propulsados
total y exclusivamente mediante motores eléctricos cuya energía, procede parcial
o totalmente, de la electricidad de sus baterías, utilizando para su recarga la energía de una fuente exterior al vehículo y que incorporan motor de combustión interna de gasolina o gasóleo para la recarga de las mismas.
3) Vehículos híbridos enchufables (PHEV): aquellos propulsados total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo y eléctricos
cuya energía, procede parcial o totalmente, de la electricidad de sus baterías, utilizando para su recarga la energía de una frente exterior al vehículo, por ejemplo,
la red eléctrica. El motor eléctrico deberá estar alimentado con baterías cargadas
desde una fuente de energía externa.
2. Puntos de recarga:
El punto de recarga o estación de carga son todos los equipos para suministrar corriente a vehículos eléctricos, instalados en un(as) envolvente(s), con funciones de control especiales y situados fuera del vehículo tal como se define en la norma UNE EN-61851-1.
Tipos:
— Punto de recarga convencional: Potencia igual o superior a 7 kW, e inferior a 15 kW.
— Punto de carga semi rápida (en corriente alterna o continua): Potencia igual o superior a 15 kW, e inferior a 40 kW.
— Punto de carga rápida: Potencia igual o superior a 40 kW e inferior a 100 kW.
— Punto de carga ultrarrápida: Potencia igual o superior a 100 kW.
La infraestructura de recarga de vehículos eléctricos es el conjunto de todos los dispositivos físicos y lógicos, destinados a la carga de vehículos eléctricos que cumplan los requisitos de seguridad y disponibilidad previstos para cada caso, con capacidad de prestar el
servicio de carga de forma completa e integral. La infraestructura de carga incluye las estaciones de carga, el sistema de control, canalizaciones eléctricas, cuadros eléctricos de
mando y protección y los equipos de medida, cuando éstos sean exclusivos para la carga de
vehículos eléctricos. No se consideran parte de la infraestructura de carga los eventuales
sistemas informáticos de tele-asistencia centralizados.
3. Modos de carga:
Modo de carga 1: conexión del vehículo eléctrico a la red de alimentación de corriente alterna mediante tomas de corriente normalizadas, con una intensidad no superior a los 16 A y
tensión asignada en el lado de la alimentación no superior a 250 V de corriente alterna en
monofásico o 480 V de corriente alterna en trifásico y utilizando los conductores activos y
de protección.
Modo de carga 2: conexión del vehículo eléctrico a la red de alimentación de corriente
alterna no excediendo de 32 A y 250 V en corriente alterna monofásica o 480 V en trifásico,
utilizando tomas de corriente normalizadas monofásicas o trifásicas y usando los conductores activos y de protección junto con una función de control piloto y un sistema de protección
para las personas, contra el choque eléctrico (dispositivo de corriente diferencial), entre el
vehículo eléctrico y la clavija o como parte de la caja de control situada en el cable.
Modo de carga 3: conexión directa del vehículo eléctrico a la red de alimentación de
corriente alterna usando un SAVE, dónde la función de control piloto se amplía al sistema
de control del SAVE, estando éste conectado permanentemente a la instalación de alimentación fija.
Modo de carga 4: conexión indirecta del vehículo eléctrico a la red de alimentación de
corriente alterna usando un SAVE que incorpora un cargador externo en que la función de
control piloto se extiende al equipo conectado permanentemente a la instalación de alimentación fija.
Pág. 149
BOCM-20230623-59
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 23 DE JUNIO DE 2023
Art. 4.o Definiciones.
1. Tipos de vehículos:
1) Vehículos eléctricos puros (BEV): son aquellos propulsados total y exclusivamente mediante motores eléctricos cuya energía, procede parcial o totalmente, de
la electricidad de sus baterías, utilizando para su recarga la energía de una fuente
exterior al vehículo, por ejemplo, la red eléctrica.
2) Vehículos eléctricos de autonomía extendida (REEV): son aquellos propulsados
total y exclusivamente mediante motores eléctricos cuya energía, procede parcial
o totalmente, de la electricidad de sus baterías, utilizando para su recarga la energía de una fuente exterior al vehículo y que incorporan motor de combustión interna de gasolina o gasóleo para la recarga de las mismas.
3) Vehículos híbridos enchufables (PHEV): aquellos propulsados total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo y eléctricos
cuya energía, procede parcial o totalmente, de la electricidad de sus baterías, utilizando para su recarga la energía de una frente exterior al vehículo, por ejemplo,
la red eléctrica. El motor eléctrico deberá estar alimentado con baterías cargadas
desde una fuente de energía externa.
2. Puntos de recarga:
El punto de recarga o estación de carga son todos los equipos para suministrar corriente a vehículos eléctricos, instalados en un(as) envolvente(s), con funciones de control especiales y situados fuera del vehículo tal como se define en la norma UNE EN-61851-1.
Tipos:
— Punto de recarga convencional: Potencia igual o superior a 7 kW, e inferior a 15 kW.
— Punto de carga semi rápida (en corriente alterna o continua): Potencia igual o superior a 15 kW, e inferior a 40 kW.
— Punto de carga rápida: Potencia igual o superior a 40 kW e inferior a 100 kW.
— Punto de carga ultrarrápida: Potencia igual o superior a 100 kW.
La infraestructura de recarga de vehículos eléctricos es el conjunto de todos los dispositivos físicos y lógicos, destinados a la carga de vehículos eléctricos que cumplan los requisitos de seguridad y disponibilidad previstos para cada caso, con capacidad de prestar el
servicio de carga de forma completa e integral. La infraestructura de carga incluye las estaciones de carga, el sistema de control, canalizaciones eléctricas, cuadros eléctricos de
mando y protección y los equipos de medida, cuando éstos sean exclusivos para la carga de
vehículos eléctricos. No se consideran parte de la infraestructura de carga los eventuales
sistemas informáticos de tele-asistencia centralizados.
3. Modos de carga:
Modo de carga 1: conexión del vehículo eléctrico a la red de alimentación de corriente alterna mediante tomas de corriente normalizadas, con una intensidad no superior a los 16 A y
tensión asignada en el lado de la alimentación no superior a 250 V de corriente alterna en
monofásico o 480 V de corriente alterna en trifásico y utilizando los conductores activos y
de protección.
Modo de carga 2: conexión del vehículo eléctrico a la red de alimentación de corriente
alterna no excediendo de 32 A y 250 V en corriente alterna monofásica o 480 V en trifásico,
utilizando tomas de corriente normalizadas monofásicas o trifásicas y usando los conductores activos y de protección junto con una función de control piloto y un sistema de protección
para las personas, contra el choque eléctrico (dispositivo de corriente diferencial), entre el
vehículo eléctrico y la clavija o como parte de la caja de control situada en el cable.
Modo de carga 3: conexión directa del vehículo eléctrico a la red de alimentación de
corriente alterna usando un SAVE, dónde la función de control piloto se amplía al sistema
de control del SAVE, estando éste conectado permanentemente a la instalación de alimentación fija.
Modo de carga 4: conexión indirecta del vehículo eléctrico a la red de alimentación de
corriente alterna usando un SAVE que incorpora un cargador externo en que la función de
control piloto se extiende al equipo conectado permanentemente a la instalación de alimentación fija.
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