C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230621-14)
Regulación enseñanzas –  Orden 2067/2023, de 11 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se regulan determinados aspectos de organización, funcionamiento y evaluación en el Bachillerato
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 146

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 21 DE JUNIO DE 2023

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concretan aspectos relacionados con la organización de las enseñanzas, la atención a las diferencias individuales del alumnado, la evaluación y los procedimientos para la solicitud y reconocimiento de las convalidaciones y exenciones establecidas en la normativa básica.
2. Esta Orden será de aplicación en los centros docentes públicos y en los centros docentes privados de la Comunidad de Madrid que, debidamente autorizados, impartan enseñanzas de Bachillerato.
Capítulo II
Organización y funcionamiento
Artículo 2
Organización del Bachillerato
1. Las modalidades del Bachillerato serán las siguientes:
a) Artes. Que se organizará en dos vías, una de ellas referida a Artes Plásticas, Imagen y Diseño, y la otra, a Música y Artes Escénicas.
b) Ciencias y Tecnología.
c) General.
d) Humanidades y Ciencias Sociales.
2. El alumnado cursará, para poder configurar un itinerario válido y poder ser propuesto para la obtención del título de Bachiller, las siguientes materias:
a) Las materias comunes establecidas para cada curso del Bachillerato.
b) Seis materias específicas de la misma modalidad y, en su caso, vía, tres en el primer curso y tres en el segundo curso.
c) Dos materias optativas a lo largo del Bachillerato, una en el primer curso y otra en
el segundo, del catálogo de materias optativas de Bachillerato.

1. Los centros establecerán en sus proyectos educativos las líneas principales de la
acción tutorial, que concretarán cada curso en el plan de acción tutorial, que formará parte
de la programación general anual.
2. Los planes de acción tutorial incluirán las medidas y actuaciones que garanticen que
el alumnado cuenta con la información y la orientación necesarias para que la elección entre
las modalidades, vías y materias en que se organizan las enseñanzas del Bachillerato responda de forma adecuada a sus intereses y expectativas, tanto formativas, como profesionales.
3. El director del centro, a propuesta del jefe de estudios y antes del inicio de las actividades lectivas, designará para cada curso escolar y para cada grupo de alumnos, a un
profesor tutor de entre el profesorado que le imparta clase, preferentemente de entre aquellos que impartan clase al grupo de referencia completo.
4. La jefatura de estudios, en colaboración con los profesionales de orientación educativa, coordinará las actuaciones de los profesores tutores, así como su adecuación a lo establecido en el plan de acción tutorial del centro y mantendrá las reuniones periódicas necesarias para el seguimiento de la acción tutorial.
5. Será responsabilidad del profesor tutor coordinar la evaluación de los alumnos de
su grupo, llevar a cabo la orientación académica de estos, en colaboración con los profesionales de la orientación educativa, y realizar el seguimiento del proceso de aprendizaje de
cada alumno, así como del conjunto de alumnos que le sea asignado.
6. Los centros docentes facilitarán la orientación educativa al alumnado a través de
los profesionales competentes en la materia, quienes colaborarán con el equipo directivo y
los equipos docentes, así como también con las familias. Todo ello sin perjuicio de las funciones atribuidas al profesorado en este ámbito.
Artículo 4
Enseñanzas de Religión y atención educativa como alternativa
1. La materia de Religión en el Bachillerato será de oferta obligada por los centros y
de elección voluntaria para el alumno. Los alumnos o, en el caso de los menores de edad,
sus padres o tutores legales, manifestarán su voluntad de recibir o no enseñanzas de religión
al inicio del curso escolar. Dicha decisión se mantendrá durante el curso escolar completo.

BOCM-20230621-14

Artículo 3
Tutoría y orientación