C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230619-15)
Regulación enseñanzas –  Orden 2034/2023, de 9 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se regula la ordenación y organización de la oferta específica del Bachillerato para las personas adultas en la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 19 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 144

En el caso de aquellas materias que tengan continuidad y deban cursarse obligatoriamente para configurar un itinerario válido de la modalidad o, en su caso, vía del Bachillerato, la matrícula de la materia del segundo curso requerirá haber superado la materia correspondiente del primer curso o estar matriculado en la misma y cursarla de forma
simultánea. En este último supuesto, no se podrá superar la materia del segundo curso sin
haber superado la materia del primer curso.
Artículo 14
Título Bachiller
La obtención del título de Bachiller atenderá lo dispuesto en el apartado tercero de la
disposición adicional tercera del Decreto 64/2022, de 20 de julio.
Capítulo VI
Enseñanza semipresencial
Artículo 15
Características del régimen semipresencial
1. La enseñanza semipresencial está dirigida a las personas adultas que, por sus circunstancias laborales o personales, tienen dificultades para asistir a clase de manera presencial de forma regular.
2. Los centros docentes programarán las actividades lectivas presenciales de asistencia obligatoria para el alumnado que tendrán el carácter de tutoría colectiva y, además, organizarán la atención individualizada, de acuerdo con la secuenciación y temporalización
de las actividades formativas desarrolladas en la plataforma virtual.
3. La enseñanza semipresencial se impartirá en todas las materias que integran el Bachillerato, mediante la combinación de tutorías colectivas presenciales y no presenciales.
4. En relación con las actividades de evaluación final se estará a lo dispuesto para la
educación a distancia en el artículo 18.4.
5. El director del centro, a propuesta del jefe de estudios, designará un profesor-tutor para cada grupo de alumnos entre los profesores que imparten docencia a los alumnos.
El profesor tutor colaborará con la jefatura de estudios en la coordinación de estas enseñanzas y atenderá a los alumnos de forma personalizada antes del inicio de las clases o una vez
finalizadas las mismas.
Artículo 16
1. Antes del inicio de las actividades lectivas, los alumnos asistirán a la tutoría colectiva a la que se refiere el artículo 6.4.a) para recibir la información necesaria sobre la organización y el funcionamiento propios de la enseñanza semipresencial.
2. Las tutorías colectivas presenciales de asistencia obligatoria tendrán como objetivo facilitar al alumnado las ayudas pertinentes en la realización de las tareas encomendadas, realizar actividades prácticas y plantear cuestiones relacionadas con el currículo de la
materia y orientar el uso de las herramientas de comunicación empleadas para esta modalidad de enseñanza que faciliten el progreso académico, siempre con el apoyo de la plataforma virtual de aprendizaje.
La evaluación continua del alumnado requiere su asistencia regular a estas tutorías colectivas programadas para cada materia. Si los alumnos registran un número de faltas de
asistencia igual o superior al 25 por 100 del horario lectivo presencial total para la materia,
que les impida poder realizar una evaluación continua de su progreso académico, se seguirá el mismo procedimiento que el centro haya establecido para el régimen ordinario.
De conformidad con el artículo 36.2 del Decreto 32/2019, de 9 de abril, del Consejo
de Gobierno, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid, los procedimientos extraordinarios de evaluación para
los alumnos que no se les puede aplicar la evaluación continua se concretarán para cada materia en la correspondiente programación didáctica.
3. Las tutorías colectivas no presenciales tendrán carácter voluntario para los alumnos. Durante su impartición, el profesor desarrollará actividades teórico-prácticas que com-

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Tutorías colectivas presenciales y no presenciales