C) Otras Disposiciones - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230619-15)
Regulación enseñanzas – Orden 2034/2023, de 9 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se regula la ordenación y organización de la oferta específica del Bachillerato para las personas adultas en la Comunidad de Madrid
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 144
LUNES 19 DE JUNIO DE 2023
Pág. 121
da en el artículo veinticinco de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA
Datos personales del alumno y tratamiento de los datos personales en los documentos
de evaluación y en la plataforma virtual de aprendizaje en línea
En lo referente a la obtención de los datos personales del alumnado, a la cesión de los
mismos de unos centros a otros y a la seguridad y confidencialidad de estos, se estará a lo
dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27
de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y en lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Movilidad del alumnado entre en el régimen nocturno de Bachillerato
y la oferta específica de Bachillerato para personas adultas
Los alumnos que han cursado el Bachillerato en el régimen nocturno podrán incorporarse a la oferta específica del Bachillerato para personas adultas, tanto en la educación a
distancia como en la enseñanza semipresencial. Se matricularán de las materias no superadas del Bachillerato que tengan correspondencia con las materias establecidas en el Decreto 64/2022, de 20 de julio, procediendo al traslado de las materias superadas del sistema
educativo que se extingue al nuevo. Los alumnos deberán completar un itinerario válido
para obtener el título de Bachiller.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Derogación normativa
Queda derogada la Orden 3357/2016, de 17 de octubre, de la Consejería de Educación,
Juventud y Deporte, por la que se ordenan y organizan las enseñanzas de Bachillerato en
los regímenes nocturno y distancia en la Comunidad de Madrid.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Calendario de implantación
La organización y ordenación de la oferta específica del Bachillerato para personas
adultas contemplada en la presente Orden se implantará a partir del curso 2023-2024.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Habilitación para su implantación
Se autoriza al titular de la dirección general con competencias en materia de las enseñanzas del Bachillerato a adoptar, en el ámbito de sus competencias, cuantas medidas sean
precisas para la aplicación de lo dispuesto de la presente Orden
Entrada en vigor
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 9 de junio de 2023.
CIAL DE LA
El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades en funciones,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO
BOCM-20230619-15
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 144
LUNES 19 DE JUNIO DE 2023
Pág. 121
da en el artículo veinticinco de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA
Datos personales del alumno y tratamiento de los datos personales en los documentos
de evaluación y en la plataforma virtual de aprendizaje en línea
En lo referente a la obtención de los datos personales del alumnado, a la cesión de los
mismos de unos centros a otros y a la seguridad y confidencialidad de estos, se estará a lo
dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27
de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y en lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Movilidad del alumnado entre en el régimen nocturno de Bachillerato
y la oferta específica de Bachillerato para personas adultas
Los alumnos que han cursado el Bachillerato en el régimen nocturno podrán incorporarse a la oferta específica del Bachillerato para personas adultas, tanto en la educación a
distancia como en la enseñanza semipresencial. Se matricularán de las materias no superadas del Bachillerato que tengan correspondencia con las materias establecidas en el Decreto 64/2022, de 20 de julio, procediendo al traslado de las materias superadas del sistema
educativo que se extingue al nuevo. Los alumnos deberán completar un itinerario válido
para obtener el título de Bachiller.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Derogación normativa
Queda derogada la Orden 3357/2016, de 17 de octubre, de la Consejería de Educación,
Juventud y Deporte, por la que se ordenan y organizan las enseñanzas de Bachillerato en
los regímenes nocturno y distancia en la Comunidad de Madrid.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Calendario de implantación
La organización y ordenación de la oferta específica del Bachillerato para personas
adultas contemplada en la presente Orden se implantará a partir del curso 2023-2024.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
Habilitación para su implantación
Se autoriza al titular de la dirección general con competencias en materia de las enseñanzas del Bachillerato a adoptar, en el ámbito de sus competencias, cuantas medidas sean
precisas para la aplicación de lo dispuesto de la presente Orden
Entrada en vigor
Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 9 de junio de 2023.
CIAL DE LA
El Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades en funciones,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO
BOCM-20230619-15
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA