Villanueva del Pardillo (BOCM-20230619-83)
Régimen económico. Ordenanza prestaciones servicios cementerio
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 432

LUNES 19 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 144

También es fundamento legal la Ley de Contratos del Sector Público 9/2017, de 8 de noviembre, que introduce el concepto legal de la prestación patrimonial pública no tributaria.
Por otro lado, el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en concreto el artículo 20.6.
Asimismo, tiene presente el Reglamento de Sanidad Mortuoria de la Comunidad de Madrid,
aprobado por Decreto 124/1997, de 9 de octubre, y el resto de normativa aplicable en la materia.
Art. 2. Objeto.—El objeto de la presente ordenanza es la regulación del régimen jurídico de la prestación patrimonial de carácter público no tributaria exigida como contraprestación por la prestación de los servicios propios del cementerio-tanatorio municipal.
Art. 3. Régimen de gestión del cementerio-tanatorio.—El régimen de gestión del cementerio y tanatorio municipal se prestará mediante concesión administrativa de servicios.
Art. 4. Hecho imponible.—El hecho imponible está constituido por la prestación de
los servicios funerarios que se detallan en las tarifas del artículo siguiente.
Art. 5. Servicios:
1. CONCESIONES DE UNIDADES DE ENTERRAMIENTO
NICHOS 10 AÑOS

746,74 €

NICHOS 50 AÑOS

2.750,58 €

COLUMBARIOS 30 AÑOS
SEPULTURAS (4 CUERPOS)
JARDÍN DEL RECUERDO

412,57 €
5.501,18 €
206,29 €

2. SERVICIOS
A) INHUMACIONES
NICHO

206,29 €

FOSA O SEPULTURA

275,06 €

RESTOS

137,52 €

COLUMBARIO

137,52 €

B) REDUCCIÓN DE RESTOS
REDUCCIÓN EN FOSA

271,54 €

REDUCCIÓN EN NICHO

203,66 €

C) TRASLADOS
DE CADÁVER DENTRO DEL CEMENTERIO

81,45 €

DE RESTOS DENTRO DEL CEMENTERIO

81,45 €

DE RESTOS PROCEDENTES DE OTRO CEMENTERIO

81,45 €

DE MIEMBROS Y FETOS

81,45 €

D) MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN (ANUAL)
NICHO

16,28 €

SEPULTURA O FOSA

33,93 €

COLUMBARIO

8,14 €

E) COMPLEMENTOS
LÁPIDAS PARA NICHOS

201,65 €

INSCRIPCIONES

355,86 €

F) LICENCIAS Y AUTORIZACIONES (Expedición de títulos)
NICHOS DE 10 Y 50 AÑOS

34,17 €

SEPULTURAS

67,87 €

COLUMBARIOS

67,87 €

TARIFAS DEL TANATORIO

A) ALQUILER DE LAS SALAS (24 HORAS O FRACCIÓN)

407,30 €

B) CADÁVERES EN CÁMARA (24 HORAS O FRACCIÓN)

135,76 €

Estos precios serán incrementados por el tipo impositivo de IVA en vigor.
Estos precios estarán sujetos a una revisión anual. El importe de las prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario podrá ser revisado anualmente mediante actualización
de las tarifas contenidas en el artículo anterior para adecuarlas a la evolución de los costes de
los servicios, mediante la aplicación del IPC acumulado del año o índice que al efecto exista.
Art. 6. Devengo.—Se devenga la prestación patrimonial pública no tributaria y nace
la obligación de contribuir cuando se inicie la prestación de los servicios sujetos a gravamen,
entendiéndose a estos efectos que dicha iniciación se produce con la solicitud de aquellos.
Art. 7. Obligados al pago.—Estarán obligados al pago:
— Los solicitantes o sus herederos y titulares de cualquier título funerario, de acuerdo a los dispuesto en esta ordenanza.
— Solidariamente los firmantes de las solicitudes de licencia o permiso de los servicios solicitados.

BOCM-20230619-83

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