C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230617-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 29 de mayo de 2023 de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa 3M España, S. L. (código 28102691012019)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 17 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 143

lo cual la fracción de mes se considerará como mes completo, computándose respectivamente el
periodo de devengo desde los meses de julio, octubre, enero y abril.
i)

Complemento personal por ajuste de tablas salariales a partir del 8 de abril de 2017.

Todos los empleados y empleadas de la Compañía que se hayan incorporado a la plantilla con
anterioridad al 8 de abril del 2017 percibirán este complemento salarial que viene a compensar sus
derechos salariales adquiridos y consolidados a dicha fecha.
Se trata de un concepto salarial no absorbible ni compensable, cuyo importe se irá actualizando en
cada ejercicio en el mismo porcentaje que se acuerde para las tablas salariales.
Cuando la persona trabajadora de la Compañía que perciba este complemento se vea beneficiado/a
por una promoción de categoría que conlleva la percepción de un salario mayor en aplicación de las
tablas salariales, el importe de dicho complemento quedará reducido al 50% desde el momento en
el que se inicie la percepción del salario correspondiente a la nueva categoría.
3. Remuneración de delegados y delegadas de Ventas y posiciones técnicas de marketing
encuadradas en los niveles 8 y 9 del presente convenio
La compensación total para estas posiciones queda establecida en la forma siguiente:
— Para delegados/as de Ventas: Una cantidad fija compuesta del Salario Base CA y los
complementos que pudieran corresponder (personal de antigüedad, etc.), pagadera 16 veces al
año, más un bono anual de ventas, liquidable trimestralmente. La escala o escalas de comisiones
que servirán de base para la liquidación del bono de ventas, se calcularán de tal forma que,
alcanzando el 100% de las previsiones de ventas establecidas, el bono anual será igual al 25%
de la cantidad fija antes citada, excluido el complemento de antigüedad, devengada en el año.
Excepcionalmente y si las condiciones específicas de la red de ventas lo aconsejan, las
posiciones de Delegados y Delegadas de Ventas, podrán combinar las previsiones de ventas
con un plan de objetivos cuya cuantía no deberá superar el 20% del bono anual de ventas.
— Para posiciones técnicas de marketing 8 y 9: Una cantidad fija compuesta del Salario Base CA y los
complementos que pudieran corresponder (personal de antigüedad, etc.), pagadera 16 veces al año,
más un bono anual de ventas, liquidable trimestralmente. La escala o escalas de comisiones que
servirán de base para la liquidación del bono de ventas, se calcularán de tal forma que, alcanzando
el 100% de las previsiones de ventas establecidas, el bono anual será igual al 2,5% de la cantidad fija
antes citada, excluido el complemento de antigüedad, devengada en el año.
— Cuando un Delegado o Delegada de Ventas, o posición técnica de marketing 8 y 9 ingrese en la
Compañía, cambie de Departamento o se den circunstancias excepcionales tales como
lanzamiento de nuevos productos o actividad, etc., la Jefatura del Departamento podrá acordar
la sustitución temporal del bono variable anteriormente descrito por un bono fijo, que será el
54,54% del bono anual de ventas.
Si el Delegado y Delegada de Ventas o posición técnica de marketing 8 y 9 apreciara
circunstancias de mercado que así se lo aconsejen, podrá solicitar a sus responsables que
estudien la posibilidad de estar en situación temporal de bono fijo o bien que sea revisado su
plan anual de comisiones.
— De no alcanzarse un acuerdo en lo anterior, el Delegado o Delegada de Ventas podrá acudir a
Recursos Humanos para que en una reunión con la persona interesada, la Dirección correspondiente
y un miembro del Comité de Empresa, revisen la propuesta y decidan sobre la misma.
En caso de alguna controversia de importancia entre un Delegado o Delegada de Ventas,
posición técnica de marketing 8 y 9 y sus Responsables sobre el plan de objetivos fijado para un
año, si no se obtuviera un acuerdo entre las partes, la persona podrá acudir al mecanismo
regulado en el párrafo anterior.
En el supuesto de que la controversia afecte a uno o varios grupos, se podrá formar una comisión
de Delegados y Delegadas de Ventas o posición técnica de marketing 8 y 9 para que la revisión
anteriormente establecida, se realice de forma conjunta.

La compensación total para estas posiciones queda establecida en la forma siguiente:
— Para posiciones técnicas 8 y 9:
— Una cantidad fija compuesta del Salario Base CA y los complementos que pudieran corresponder
(personal de antigüedad, etc.), pagadera 16 veces al año, más un plan de incentivos AIP
liquidable anualmente cuya cantidad base será igual al 2,5% de la cantidad fija antes citada,
excluido el complemento de antigüedad, este incentivo se devengará en la nómina del mes de
febrero del año siguiente.
— La compañía informará de las métricas que conforman el AIP anualmente.

BOCM-20230617-1

4. Remuneración de posiciones técnicas 8 y 9 del presente convenio