C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230614-27)
Bases subvenciones –  Orden de 25 de mayo de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de modificación de la Orden de 8 de julio de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el desarrollo de acciones formativas de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada prioritariamente a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos, destinada a empresas, agrupaciones empresariales, grupos empresariales y entidades sin ánimo lucro, y se convocan ayudas en el 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, y de convocatoria de ayudas en el 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 140

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 14 DE JUNIO DE 2023

Pág. 127

Capítulo II
Convocatoria de ayudas para la ejecución de acciones formativas en 2023
Artículo 2
Objeto de la convocatoria, condiciones y finalidad de la concesión
1. Se convocan ayudas para la formación de cualificación y recualificación de la
población activa, vinculada a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos, destinada a empresas, agrupaciones empresariales, grupos empresariales, consorcios, organismos y entidades sectoriales que representen o agrupen empresas, así como a entidades sin
ánimo lucro para proyectos formativos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para 2023.
Las acciones objeto de financiación podrán ser ejecutadas por los beneficiarios desde
la notificación de la resolución de concesión hasta 31 de diciembre de 2024.
2. La finalidad de estas ayudas es conceder subvenciones a los beneficiarios indicados en el artículo 7 de la orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de 8 de
julio de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el desarrollo de acciones formativas de cualificación y recualificación de la población activa,
vinculada prioritariamente a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos, destinada a empresas, agrupaciones empresariales, grupos empresariales y entidades sin ánimo lucro, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la
Unión Europea-NextGenerationEU, para el desarrollo de los proyectos que contribuyan a
los objetivos descritos en el apartado anterior.
3. La convocatoria se enmarca en la Inversión 1, reskilling y upskilling de la población activa, ligada a cualificaciones profesionales del componente 20 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España, y contribuirá al cumplimiento de los objetivos asociados a la misma, de acuerdo con la normativa reguladora
del mecanismo de recuperación y resiliencia y del Plan de Recuperación a nivel europeo
y nacional.
4. La concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la orden de concesión.
Artículo 3

1. Para la financiación de esta convocatoria se destina un gasto de 12.081.845,90
euros con cargo al ejercicio 2023 del presupuesto de la Consejería de Economía, Hacienda
y Empleo y se imputarán al Subconcepto 49103, “Formación de trabajadores desempleados” del Programa Presupuestario 241A, Formación para el Empleo, destinándose a cada
tipo de proyecto los importes resultantes de aplicar al presupuesto señalado los porcentajes
establecidos en el artículo 1 de la Orden de 8 de julio de 2022, citada anteriormente.
2. Las ayudas están dentro del Marco del Componente 20 “Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional Inversión C20.I01.P04 Formación modular destinada al
“reskilling” y “upskilling” de ocupados y desempleados, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU. La distribución de fondos propuesta en el marco del PRTR tiene asociado el hito / objetivo CID
número 298, del Mecanismo de Recuperación Resiliencia, para la formación de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales en
sectores estratégicos, cuidado de personas y zonas en riesgo de despoblación”, destinados
a financiar la impartición formación de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos, destinada a empresas, agrupaciones empresariales, grupos empresariales, consorcios, organismos y entidades
sectoriales que representen o agrupen empresas, así como a entidades sin ánimo lucro.
3. Se podrá incrementar, con una cantidad adicional la cuantía fijada en el punto primero de este artículo de conformidad con lo establecido al respecto en el artículo 58 del Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 70 de la Ley 4/2021, de 23 de
diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el 2022, prorrogados por Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023. La efectividad de la cantidad adicional quedará condicionada a la

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