Parla (BOCM-20230612-73)
Organización y funcionamiento. Regulación control horario
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 138

3. Cuando por causas técnicas, no pudiera ser utilizado el sistema de control horario,
el control de puntualidad, asistencia, permanencia, entradas y salidas que se produzcan, se
realizará mediante los sistemas sustitutorios fijados por el Departamento de Recursos Humanos, independientemente del reflejo de dichas incidencias en el correspondiente sistema
de control horario, el cual será realizado obligatoriamente bien por el/la empleado/a o bien
por el/la responsable directo o persona designada para el dicho control, según corresponda,
una vez subsanadas las causas técnicas.
4. Cada Departamento facilitará a su personal la información necesaria para ejecutar
su plan de control horario.
5. Ante cualquier error, olvido o incidencia imprevista en alguno de los fichajes, se
seguirá el procedimiento establecido por el Departamento de Recursos Humanos para ello
y se comunicará a la persona designada para el control horario del Departamento correspondiente a quien, en su caso, le corresponderá la validación de la incidencia.
6. Los incumplimientos o los olvidos reiterados en esta obligación, así como cualquier ausencia que no haya sido justificada debidamente será considerada como ausencia
injustificada y generará saldo negativo siendo susceptibles de ser sancionados disciplinariamente y/o de los correspondientes descuentos de retribuciones en los términos previstos
en la normativa vigente y en el Acuerdo de Materias y Condiciones de trabajo Comunes del
personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Parla.
Artículo 6
Responsabilidad
1. La responsabilidad directa del cumplimiento de la jornada y del horario de trabajo corresponde a cada uno de los/as empleados/as municipales, estando obligados/as a la
utilización correcta de los medios existentes para el control de asistencia y puntualidad, así
como a registrar todas las entradas, salidas, errores, olvidos, anomalías y demás incidencias, permisos y solicitudes que se originen.
2. Las personas responsables de las diferentes unidades, velarán por el cumplimiento
de las jornadas y horarios de trabajo establecidos en el correspondiente calendario laboral y,
en general, de las normas contenidas en la normativa vigente y en el Acuerdo de Materias
y Condiciones de trabajo Comunes del personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de
Parla, así como de los criterios dictados por el Departamento de Recursos Humanos, adoptando las medidas necesarias que se establezcan para la corrección de incumplimientos e
infracciones.
3. Cualquier manipulación no autorizada de los terminales, así como un uso fraudulento de los sistemas de control horario y de presencia implantados dará lugar a la exigencia de responsabilidades conforme a la normativa aplicable.
Artículo 7
1. El Departamento de Recursos Humanos, procederá a dar de alta personal municipal en el/los sistema/s o aplicativo/s asignados a cada Área/Servicio/Departamento para el
control horario y de presencia.
2. Sin perjuicio de la utilización de cualquier otro método, procedimiento o sistema
de control de asistencia, puntualidad y permanencia que el órgano competente en materia de
personal pudiera establecer en cualquier momento, y de conformidad con la legislación vigente, a los efectos de la presente regulación se utilizarán los siguientes medios y sistemas:
A) Desde Dispositivo Físico:
— Fichaje con tarjeta.
— Fichaje Biometría Sin Contacto-Palma de la mano.
— Fichaje con Código + PIN.
B) Fichaje desde el aplicativo:
— Fichaje con Terminal Virtual Web.
— Fichaje desde el Móvil.
C) Hoja de firmas según modelo confeccionado por la Concejalía de Recursos Humanos.
D) Marcaje electrónico de incidencias.
E) Parte de incidencias.

BOCM-20230612-73

Medidas de control