Ajalvir (BOCM-20230612-61)
Organización y funcionamiento. Reglamento Agrupación Voluntarios Protección Civil
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B.O.C.M. Núm. 138

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE JUNIO DE 2023

tivos que existan a disposición de esta del siguiente modo, articulándose en el orden que se
indica:
a) El Equipo de intervención operativa, integrado por un mínimo de cinco voluntarios y un máximo de siete voluntarios, uno de los cuales será el responsable del
mismo y que constituirán la unidad básica de actuación.
b) El Grupo de intervención operativa, a cargo de un responsable, que estará constituido por dos o más equipos.
c) La Sección, a cargo de un responsable, que estará constituido por dos o más grupos de intervención.
d) La Unidad, a cargo de un responsable, que estará integrada por dos o más Secciones.
2. Tal estructura será aprobada por el jefe de Servicio, a propuesta del jefe de Agrupación y no tendrá carácter permanente, sino que se ajustará a los medios humanos de que
se disponga en todo momento, así como de las necesidades del Servicio.
Art. 23. Jefatura.—1. El jefe de la Agrupación será designado por el alcalde-presidente, o concejal delegado competente en materia de Protección Civil, a propuesta del jefe
del Servicio Municipal de Protección Civil. Tendrá que superar un curso de formación específico regulado por la Comunidad de Madrid. Deberá cursarlo en la primera convocatoria que se celebre y deberá superarse para que el nombramiento tenga validez.
Quedarán exentos de la realización de dicho curso, aquellos jefes de agrupación que
siendo funcionarios del ayuntamiento presenten un certificado expedido por dicho ayuntamiento en el que conste que cuentan con la formación y/o experiencia equivalente a las
materias objeto del curso.
2. Los jefes de Unidad serán nombrados por el jefe de Servicio Municipal de Protección Civil, a propuesta del jefe de la Agrupación, recayendo en este mismo la facultad de
designación de los jefes de Sección, Grupo y Equipo.
3. Son funciones del jefe de Servicio en relación con este reglamento:
a) Dirigir el Servicio Municipal de Protección Civil y coordinar su actividad y la de
la AVPC.
b) Confeccionar el presupuesto anual del Servicio.
c) Seleccionar el nuevo personal voluntario.
d) Gestionar materiales y medios.
e) Asegurar el cumplimiento de este reglamento y de la legislación vigente.
f) Todas aquellas que le delegue la autoridad municipal.
Podrá delegar sus funciones en los mandos que crea conveniente en función de las necesidades.
4. Son funciones del jefe de Agrupación:
a) Proponer al Ayuntamiento la designación de los distintos responsables, si los hubiera.
b) Supervisar e inspeccionar la actuación de los voluntarios de la agrupación, así
como conocer la disponibilidad de estos en caso de que acontezca una emergencia extraordinaria.
c) Proponer el presupuesto de la Agrupación.
d) Organizar la actuación de los voluntarios en los servicios preventivos.
e) Supervisar la compra de equipos y material.
f) Confeccionar los despliegues de los servicios preventivos, asistiendo a las reuniones precisas.
g) Poner de manifiesto las necesidades materiales de la Agrupación.
h) Todas aquellas que le delegue la autoridad municipal.
i) Asumir la responsabilidad de los equipos y bienes de los que disponga la Agrupación.
Podrá delegar sus funciones en los mandos que crea conveniente en función de las necesidades.
5. Son funciones de los jefes de Unidad:
a) Supervisar e inspeccionar la actuación de los voluntarios a su cargo.
b) Asumir la responsabilidad de los equipos y bienes a su cargo.
c) Organizar la actuación de los voluntarios a su cargo en los servicios preventivos,
respetando la jerarquía establecida en el organigrama de la Agrupación.
d) Reportar aquellas novedades relevantes al jefe de Agrupación, auxiliándole y asumiendo las funciones que este le delegue.
e) Motivar y promover la participación en servicios y actividades del voluntario.
f) Proponer nuevas actividades dentro del marco de competencias de la AVPC.
Podrá delegar sus funciones en los mandos que crea conveniente en función de las necesidades.

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