C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20230612-27)
Bases subvenciones –  Orden 89/2023, de 9 de marzo, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la Comunidad de Madrid, y la convocatoria para la presentación de solicitudes por el procedimiento de concurrencia competitiva, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea Next Generation EU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 138

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE JUNIO DE 2023

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parte del contenido de la memoria de actuación se documentará la aplicación de la norma
contable de valoración de las salidas de almacén, mediante la inclusión del caso de uno de
los materiales habitualmente utilizados en este tipo de proyectos.
Pagos: justificantes bancarios del pago de cada factura aportada o documento de valor
probatorio equivalente. Dichos justificantes deberán permitir la identificación indubitable del
documento acreditativo del gasto que se paga. Las remesas de pagos o pagos agrupados
no se consideran justificantes si no van acompañados del correspondiente extracto de la
remesa que indique el desglose de los pagos.
Se admitirán como justificante de pago las certificaciones emitidas por el proveedor o por
una entidad bancaria en las que declare que la deuda ha sido saldada, siempre que estén
correctamente selladas y firmadas por un responsable identificado, y recojan un listado con
los números de factura, importes totales pagados y fechas de pago.
Cuando el beneficiario tenga contratado con una entidad financiera un servicio de gestión
de pagos a proveedores (confirming), el certificado podrá ser emitido por dicha entidad y
recogerá como fecha de pago la del vencimiento.
En el caso de consumos internos se adjuntarán los justificantes de pago relativos a las
facturas aportadas.
Otros documentos que acompañaran a los justificantes de gastos señalados en el punto anterior:
Información técnica sobre los equipos y sistemas: breve descripción de sus características técnicas y
posibilidades de uso. En caso de estar disponibles en Internet, basta con facilitar el enlace a la página
correspondiente.
Identificación de la ubicación física y funcional de los equipos, sistemas y demás materiales facturados
e imputados al proyecto: planes de replanteo, programación de las tareas, etc.
Certificaciones de obra de los gastos imputados en obra civil: documentos que permitan conocer las
partidas del presupuesto consumidas acordes a las tareas contratadas y al avance de las mismas.
Costes directos de personal: al acogerse a la opción de costes de personal simplificados a tipo fijo, se
podrán imputar hasta el 20 por ciento de los demás costes directos del proyecto, sin justificación. Se
deberá aportar una declaración responsable indicando que los costes directos de personal imputados
no superan a los costes reales que hayan sido considerados y contabilizados como inversión por el
beneficiario.
Costes indirectos: al acogerse a la opción de costes indirectos simplificados a tipo fijo, se podrán
imputar hasta un 15 por ciento de los costes directos de personal subvencionables sin justificación. Se
deberá aportar una declaración responsable indicando que los costes indirectos imputados no superan
los costes reales asociados a los conceptos subvencionados que hayan sido considerados y

Justificación de que el coste de adquisición de los gastos subvencionables no es superior al valor de
mercado. Para ello se deberán haber tenido en cuenta tres ofertas, como mínimo, de diferentes

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contabilizados como inversión por el beneficiario.