C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20230612-27)
Bases subvenciones –  Orden 89/2023, de 9 de marzo, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos de la Comunidad de Madrid, y la convocatoria para la presentación de solicitudes por el procedimiento de concurrencia competitiva, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea Next Generation EU
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 138

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE JUNIO DE 2023

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Artículo 29
Protección de datos
La información contenida en las solicitudes de subvención, o cualquier otra documentación, presentadas al amparo de lo establecido en la presente orden quedará sometida a la
normativa vigente en materia de protección de datos. Los datos personales comunicados
por las personas interesadas se integrarán en ficheros automatizados, pudiendo sus titulares
ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación reconocidos en Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y sus normas de desarrollo.
A efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 22.2.d) del Reglamento (UE)
2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se
establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, la Administración y cuantos órganos se contemplan en el citado artículo, tendrán la posibilidad de acceso a la información
contenida en el Registro de Titularidades Reales, creado por la Orden JUS/319/2018, o el
acceso a otras bases de datos de la Administración que puedan suministrar dichos datos sobre los titulares reales. Igualmente se podrá producir la cesión de información entre estos
sistemas y el Sistema de Fondos Europeos, según las previsiones contenidas en la normativa europea y nacional aplicable.
El órgano responsable del tratamiento es la Dirección General de Política Digital de la
Consejería de Administración Local y Digitalización, ante quien se podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación de tratamiento, de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de
abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), y con la LO 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
TÍTULO II
Convocatoria
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 30
1. El objeto de esta Orden es la convocatoria de ayudas para:
a) Proyectos que proporcionen conectividad de redes de banda ancha de muy alta velocidad, capaces de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps a polígonos industriales y centros logísticos localizados en la Comunidad de Madrid, así como otras
áreas de alta concentración empresarial como parques empresariales, viveros de
empresas y parques tecnológicos o científicos de la Comunidad Autónoma (Línea
de actuación 1).
b) Proyectos para instalar redes de comunicaciones electrónicas de alta velocidad,
capaces de prestar servicios a velocidades de 1 Gbps en los distintos centros, unidades, instalaciones y dependencias de polígonos industriales y centros logísticos
localizados en la Comunidad de Madrid, así como otras áreas de alta concentración empresarial como parques empresariales, viveros de empresas y parques tecnológicos o científicos de la Comunidad Autónoma, así como a sus zonas industriales adyacentes, a fin de interconectar cada uno de los centros, unidades,
instalaciones y dependencias que lo conforman cuyo ámbito material de actuación
estaría ubicado en terrenos cuya gestión corresponde a una entidad de derecho público (Línea de actuación 2i).
2. Dichos proyectos se desarrollan en el marco de la inversión C15.I2 “Acciones de
refuerzo de conectividad en centros de referencia, motores socioeconómicos y proyectos
tractores de digitalización sectorial” de la componente 15 del Plan de Recuperación, Trans-

BOCM-20230612-27

Objeto