C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230612-23)
Bases ayudas – Orden 1700/2023, de 31 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la cooperación en el fomento de circuitos cortos y comercialización de proximidad en el marco del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid 2014-2020, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 138
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE JUNIO DE 2023
Pág. 83
h) Oficio de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación
Agroalimentaria, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación sobre la vigencia del PDR_CM (2014/2020).
i) Informe de la Autoridad de Gestión del PDR de la Comunidad de Madrid sobre la
elegibilidad de las bases reguladoras y convocatorias realizadas a partir del 1 de
enero de 2023.
j) Informe jurídico de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
k) Informe de la Intervención Delegada de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
Por todo ello, cumplidos los preceptivos trámites reglamentarios, vistas las disposiciones
citadas y demás de general y pertinente aplicación, y de acuerdo con lo establecido en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba su reglamento de aplicación, y en la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto,
por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas por parte de la Comunidad de Madrid; y en el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la citada Ley 2/1995, el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de
diciembre y, a propuesta de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación,
DISPONGO
Artículo 2
Objeto y finalidad de las ayudas
La finalidad de esta ayuda es estimular la cooperación horizontal y vertical entre los
diversos agentes de la cadena agroalimentaria (agricultores, ganaderos y empresas comercializadoras) para el establecimiento de cadenas de suministro corto y mercados locales, así
como para el desarrollo de actividades dirigidas a su promoción.
El potencial de crecimiento de los canales cortos de comercialización es muy elevado
en una región como la madrileña que cuenta con una elevada población y con una demanda creciente de consumo de productos de proximidad. Con estas ayudas se pretende facilitar el acceso al consumidor final a alimentos de proximidad producidos por el sector agroalimentario madrileño.
Estas ayudas están incluidas en el PDR de la Comunidad de Madrid para el período de
programación 2014-2020 (PDR-CM 14/20) a través de la medida 16, “Cooperación”, que
incluye la submedida 16.4, denominada “Cooperación horizontal y vertical entre los agentes de
la cadena de distribución para implantar y desarrollar cadenas de distribución cortas y los mercados locales, y actividades de promoción en contextos locales con miras al desarrollo de cadenas de distribución cortas y mercados locales y, serán cofinanciadas en un 80 por 100 del gasto público por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), un 14 por 100 por la
Comunidad de Madrid y un 6 por 100 por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Artículo 3
Definiciones
Relación de conceptos a efectos de la aplicación de esta Orden:
a) Venta de proximidad: comercialización directa desde el productor primario (agricultor y ganadero) y pequeños elaboradores agroalimentarios, al consumidor final.
Incluye la venta directa y la comercialización por cadena corta.
BOCM-20230612-23
Artículo 1
Objeto de la Orden
Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de las
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, contempladas en el artículo 35 del
Reglamento 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013,
relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (FEADER).
La subvención objeto de esta Orden trata de incentivar el establecimiento y desarrollo
de cadenas cortas de distribución y mercados locales, así como el desarrollo de actividades
destinadas a su promoción, mediante el pago de una ayuda por proyecto de cooperación
presentado y ejecutado, en consideración a los beneficios socio-económicos y medioambientales que implica.
B.O.C.M. Núm. 138
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE JUNIO DE 2023
Pág. 83
h) Oficio de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación
Agroalimentaria, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación sobre la vigencia del PDR_CM (2014/2020).
i) Informe de la Autoridad de Gestión del PDR de la Comunidad de Madrid sobre la
elegibilidad de las bases reguladoras y convocatorias realizadas a partir del 1 de
enero de 2023.
j) Informe jurídico de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
k) Informe de la Intervención Delegada de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
Por todo ello, cumplidos los preceptivos trámites reglamentarios, vistas las disposiciones
citadas y demás de general y pertinente aplicación, y de acuerdo con lo establecido en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba su reglamento de aplicación, y en la Ley 2/1995, de 8 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto,
por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas por parte de la Comunidad de Madrid; y en el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la citada Ley 2/1995, el Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de
diciembre y, a propuesta de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación,
DISPONGO
Artículo 2
Objeto y finalidad de las ayudas
La finalidad de esta ayuda es estimular la cooperación horizontal y vertical entre los
diversos agentes de la cadena agroalimentaria (agricultores, ganaderos y empresas comercializadoras) para el establecimiento de cadenas de suministro corto y mercados locales, así
como para el desarrollo de actividades dirigidas a su promoción.
El potencial de crecimiento de los canales cortos de comercialización es muy elevado
en una región como la madrileña que cuenta con una elevada población y con una demanda creciente de consumo de productos de proximidad. Con estas ayudas se pretende facilitar el acceso al consumidor final a alimentos de proximidad producidos por el sector agroalimentario madrileño.
Estas ayudas están incluidas en el PDR de la Comunidad de Madrid para el período de
programación 2014-2020 (PDR-CM 14/20) a través de la medida 16, “Cooperación”, que
incluye la submedida 16.4, denominada “Cooperación horizontal y vertical entre los agentes de
la cadena de distribución para implantar y desarrollar cadenas de distribución cortas y los mercados locales, y actividades de promoción en contextos locales con miras al desarrollo de cadenas de distribución cortas y mercados locales y, serán cofinanciadas en un 80 por 100 del gasto público por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), un 14 por 100 por la
Comunidad de Madrid y un 6 por 100 por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Artículo 3
Definiciones
Relación de conceptos a efectos de la aplicación de esta Orden:
a) Venta de proximidad: comercialización directa desde el productor primario (agricultor y ganadero) y pequeños elaboradores agroalimentarios, al consumidor final.
Incluye la venta directa y la comercialización por cadena corta.
BOCM-20230612-23
Artículo 1
Objeto de la Orden
Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de las
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, contempladas en el artículo 35 del
Reglamento 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013,
relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (FEADER).
La subvención objeto de esta Orden trata de incentivar el establecimiento y desarrollo
de cadenas cortas de distribución y mercados locales, así como el desarrollo de actividades
destinadas a su promoción, mediante el pago de una ayuda por proyecto de cooperación
presentado y ejecutado, en consideración a los beneficios socio-económicos y medioambientales que implica.