C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230612-23)
Bases ayudas –  Orden 1700/2023, de 31 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la cooperación en el fomento de circuitos cortos y comercialización de proximidad en el marco del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid 2014-2020, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 12 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 138

financiadas por la Comunidad de Madrid (14 por 100), Administración General del Estado
(6 por 100) y por FEADER (80 por 100).
En la elaboración de estas bases reguladoras se ha tenido en cuenta el principio de
igualdad entre hombres y mujeres.
La Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 26.3.1.4 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, tiene
la competencia exclusiva en materia de agricultura, ganadería e industrias agroalimentarias de
acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general y la política monetaria del Estado, en los términos de lo dispuesto en los artículos 38, 131 y en las materias 11.a)
y 13.a) del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución.
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura a través de la Dirección
General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, tiene competencias en la materia objeto de esta Orden en virtud del Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente,
Vivienda y Agricultura.
Estas bases responden a los principios de buena regulación de conformidad con lo previsto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Concretamente, se actúa conforme a los principios de necesidad y eficacia, en tanto
que la aprobación de estas bases reguladoras es el sistema más adecuado para la consecución de los objetivos y actuaciones planteados en el marco del PDR de la Comunidad de
Madrid (TOP 16.4.1).
Asimismo, se actúa con proporcionalidad ya que el contenido de las bases reguladoras se
limita al contenido necesario exigido por la normativa aplicable en materia de subvenciones.
Se ha cumplido, igualmente, con el principio de seguridad jurídica dado que esta Orden
es coherente con la reglamentación comunitaria y con la legislación nacional y autonómica
aplicable en la materia y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Por lo que respecta al principio de transparencia queda plenamente garantizado debido a que la elaboración de estas bases reguladoras, tal y como se ha señalado, pretenden la
aplicación del tipo de operación “Ayudas para la cooperación en el fomento de circuitos
cortos y comercialización de proximidad”, en el marco del Programa de Desarrollo Rural
para la Comunidad de Madrid 2014-2020 cuya inclusión fue objeto de una modificación del
Programa de Desarrollo Rural para la Comunidad de Madrid 2014-2020 en la que participaron los agentes económicos y sociales a través del Comité de Seguimiento del Programa
de Desarrollo Rural para la Comunidad de Madrid. Por otro lado, estas ayudas están previstas en el epígrafe 8 del anexo I del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería mediante la Orden 611/2020, de 5 de mayo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
para el período 2020-2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 12 de mayo
de 2020).
Se garantiza la aplicación del principio de eficiencia al no haberse establecido cargas
administrativas innecesarias o accesorias.
Para la tramitación de las presentes bases reguladoras se han solicitado los siguientes
informes o escritos:
a) Informe de impacto por razón de orientación sexual e identidad y expresión de género, de la Dirección General de Igualdad, de la Consejería de Familia, Juventud
y Política Social.
b) Informe de impacto por razón de género, de la Dirección General de Igualdad, de
la Consejería de Familia, Juventud y Política Social.
c) Informe de impacto en materia de familia, infancia y adolescencia, de la Dirección
General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social.
d) Informe de la Autoridad de Gestión del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid de su adecuación al PDR-CM (2014/2020).
e) Informe de la Dirección General de Economía, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
f) Informe de la Dirección General de Trabajo, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.
g) Informe de la Dirección General de Transparencia y Atención al Ciudadano, de la
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior.

BOCM-20230612-23

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