Alcorcón (BOCM-20230606-66)
Organización y funcionamiento. Ordenanza licencias y control urbanístico
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 133

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE JUNIO DE 2023

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2. Documentación técnica:
Con independencia del Proyecto descriptivo y justificativo de la Actividad que resulta preciso en el trámite de control administrativo, verificar la disposición de determinada
documentación de carácter técnico o relativo a cuestiones de dicha índole, al margen de la
documentación administrativa que sea requerida en el correspondiente procedimiento.
2.1. Documentación técnica acreditativa de que la actividad se ajusta al proyecto
técnico:
2.1.1. En el Procedimiento de Declaración Responsable se distinguen dos casuísticas diferentes:
a) Actividades que realizan su apertura en el momento de presentar la Declaración
Responsable.
Deben disponer, en el momento de la solicitud, de la documentación de puesta en
servicio de sus instalaciones que se indicará a continuación. Esta documentación
será la denominada como “Documentación común para todas las actividades” y
será complementada con la documentación específica para su actividad, si la hubiera. Aportarán en la solicitud el modelo DYC-401 acompañando al mismo la
mencionada documentación adicional.
b) Actividades que realizarán su apertura posteriormente a la presentación de la Declaración Responsable.
Aportarán en la solicitud el modelo DYC-402 y, en el momento en que realicen la
apertura de su establecimiento, deberán disponer y aportar la documentación de
puesta en servicio de sus instalaciones que se indicará a continuación. Esta documentación será la denominada como “Documentación común para todas las actividades” y será complementada con la documentación específica para su actividad,
si la hubiera. Aportarán, antes de realizar la apertura de la actividad, el modelo
DYC 401 acompañando al mismo la mencionada documentación adicional.
2.1.2. En el Procedimiento de Licencia, una vez terminada la adecuación del local o
establecimiento, y como paso previo al inicio de la actividad, deberán solicitar la correspondiente Licencia de Funcionamiento, o presentar Declaración Responsable de Funcionamiento. A tal fin, el técnico autor del proyecto deberá aportar:
Certificado Final de Dirección de Obras que expresamente manifieste haber seguido
en todo momento las obras e instalaciones realizadas en el local, que se han ejecutado con
sujeción estricta, al proyecto y anexos posteriores, aprobados en la Licencia de Actividad e
Instalaciones, y que cumplen con la normativa vigente que le resulta de aplicación, haciendo especial mención al cumplimiento de las instalaciones de prevención y protección contra
incendios en lo relativo, tanto en los espacios visibles como en los ocultos, a la compartimentación y sectorización, resistencia y estabilidad al fuego de todos los elementos, evacuación de ocupantes y medios tanto activos como pasivos de protección.
Y, además, deberán disponer y aportar la documentación de puesta en servicio de sus instalaciones que se indicará a continuación, denominada como “Documentación común para todas
las actividades”, complementada con la documentación específica para su actividad, si la hubiera.
2.2. Documentación técnica complementaria:
Además de la documentación técnica acreditativa de que la actividad se ajusta al Proyecto Técnico que la describe, es preciso aportar la documentación que justifique que las
instalaciones (eléctrica, climatización, protección contra incendios, gas, equipos a presión,
registro industrial, etc.), de que consta la actividad, se encuentran legalizadas a través de los

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Se acompañarán plano de alzado en el que se observen todos los elementos de ventilación.
1.3.9. Planos de instalación de gas y su ventilación. En caso de existir esta instalación.
1.3.10. Planos de instalaciones frigoríficas, petrolíferas, de equipos a presión. O cualquier otra de que disponga el local, en caso de existir.
1.3.11. Planos de sección. Deberán incluir las alturas de las diferentes estancias del
local y se realizarán las secciones que se consideren oportunas para clarificar el local o sus
instalaciones.
1.3.12. Plano de fachada o fachadas en el que se reflejen los elementos de publicidad exterior o los de iluminación exterior, los equipos de climatización y todas y cada una
de las entradas o salidas de aire de que dispone.