Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (BOCM-20230606-58)
Dirección General de Política Energética y Minas. Autorización administrativa
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B.O.C.M. Núm. 133
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE JUNIO DE 2023
lado al promotor, el cual contesta que no existe afección por el proyecto a la cuadrícula minera
cuya titularidad ostenta Materiales y Hormigones, S. L., dado que durante la tramitación del proyecto se ha llevado a cabo una modificación del trazado de la línea eléctrica, eliminando la afectación a la concesión minera PRERESA. En lo relativo a las explotaciones cuya titularidad corresponde a Cementos Portland Valderribas, S. L., el promotor declara se está trabajando
conjuntamente en desarrollar un acuerdo para que se puedan compatibilizar las infraestructuras.
No se ha recibido respuesta del organismo a esta última contestación del promotor, por lo que
se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Posteriormente se ha llegado a un acuerdo entre Cementos Portland Valderribas, S.L. y el promotor.
En relación con la afección a los derechos mineros citados, se han recibido alegaciones de Cementos Portland Valderribas, S.A. donde muestra su oposición y ponen de manifiesto que las explotaciones mineras de su propiedad: Morata-número 2752-011; y Morata
Valderribas-número 2809-001, permanecen activas y son incompatibles con la explotación
del recurso solar. Las principales afecciones se producen por parte de la línea aérea de alta
tensión de 132 kV “ST Mauricio-ST Morata Renovables”, que se proyecta dentro de las zonas de concesión minera, tanto por la ocupación por 17 apoyos como por el paso (vuelo)
por 84 parcelas de las concesiones directas de explotación ya citadas. Se ha dado traslado
al promotor, que manifiesta su intención de llegar a un acuerdo con Cementos Portland Valderribas, S.A. para compatibilizar las infraestructuras. Posteriormente, a raíz de las negociaciones con Cementos Portland Valderrivas, se ha llegado a acuerdo entre los titulares fechado el 22 de julio de 2022, donde entre otras cláusulas, el promotor se compromete a
modificar varias infraestructuras fuera del alcance de este expediente para no generar afecciones a Cementos Portland Valderrivas, en particular, modificaciones a los parques solares Goleta Solar y Cerezo Solar y a la línea de evacuación Atanzón-Ardoz.
Preguntado el Ayuntamiento de Chinchón, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, con la publicación el 20 de noviembre de 2021 en el “Boletín Oficial del
Estado” y con fecha 29 de noviembre de 2021 en el Boletín Oficial de la Provincia de
Madrid. Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Se han recibido alegaciones de Siendo Util, S. L., y Mystery Inspiration, S.L. donde
muestran su oposición y ponen de manifiesto que tienen unas plantas fotovoltaicas ubicadas en la Comunidad de Madrid que resultan afectadas por el proyecto que comprende este
expediente, y que se engloban en el acuerdo de promotores que vierten en el nudo Vallecas 220 kV. Los proyectos que promueven Siendo Util, S.L. y Mystery Inspiration, S.L. y,
cuyo código de tramitación en la AGE es el PFot-583 AC, se denominan Carolina Solar PV
y V Solar I, que evacúan en la SET V Solar I y SET Torrecilla Solar, respectivamente, propiedad de AEMA Hispánica, S.L. Entre las instalaciones que tienen afecciones, en el ámbito de este expediente se incluyen los apoyos 37 y 38 de la LAAT 220 kV “SET-V Solar
PV a SET Aldehuela” y la LAAT 220 kV “SET Carolina Solar-SET Vallecas (REE)” que
se cruzan con los apoyos 11 y 12 de la LAAT Mauricio-Morata Renovables, en el término
municipal de Morata de Tajuña. Se ha dado traslado al promotor, que manifiesta su intención de llegar a un acuerdo con Siendo Util, S. L. y Mystery Inspiration, S. L., para compatibilizar las infraestructuras.
Se han recibido alegaciones de Khons Sun Power, S. L., donde muestra su oposición y
ponen de manifiesto que proyectan unas plantas fotovoltaicas ubicadas en Toledo que resultan afectadas por las infraestructuras que comprende este expediente, y que se engloban en
el acuerdo de promotores que vierten en el nudo Arganda 220 kV. Los proyectos que promueve Khons Sun Power, S.L. y, cuyo código de tramitación en la AGE es el PFot-450 AC,
se denominan: Tagus I y Tagus II, que evacúan en la SET Tagus 33/220 kV, propiedad de
Khons Sun Power, S.L. Entre las instalaciones que tienen afecciones, en el ámbito de este
expediente se incluyen los apoyos 92 y 94 de la “Línea de Evacuación Tagus-Arganda
(REE)” de 220 KV de tensión, en el término municipal de Colmenar de Oreja que se cruzan
con el apoyo 93 de la LAT 220 kV Mauricio Renovables-Morata Renovables, en el término
municipal de Morata de Tajuña. Se ha dado traslado al promotor, que manifiesta su intención de llegar a un acuerdo con Khons Sun Power, S. L. para compatibilizar las infraestructuras. Posteriormente, con fecha 6 de julio de 2022, Mauricio Solar, S. L. U., Martiánez Solar, S. L. U., Rabiza Solar, S. L. U., Recova Solar, S. L. U., Regata Solar, S. L. U. y Khons
Sun Power, S. L. U., firmaron un acuerdo para la compatibilización de las plantas fotovol-
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BOCM-20230606-58
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 6 DE JUNIO DE 2023
lado al promotor, el cual contesta que no existe afección por el proyecto a la cuadrícula minera
cuya titularidad ostenta Materiales y Hormigones, S. L., dado que durante la tramitación del proyecto se ha llevado a cabo una modificación del trazado de la línea eléctrica, eliminando la afectación a la concesión minera PRERESA. En lo relativo a las explotaciones cuya titularidad corresponde a Cementos Portland Valderribas, S. L., el promotor declara se está trabajando
conjuntamente en desarrollar un acuerdo para que se puedan compatibilizar las infraestructuras.
No se ha recibido respuesta del organismo a esta última contestación del promotor, por lo que
se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. Posteriormente se ha llegado a un acuerdo entre Cementos Portland Valderribas, S.L. y el promotor.
En relación con la afección a los derechos mineros citados, se han recibido alegaciones de Cementos Portland Valderribas, S.A. donde muestra su oposición y ponen de manifiesto que las explotaciones mineras de su propiedad: Morata-número 2752-011; y Morata
Valderribas-número 2809-001, permanecen activas y son incompatibles con la explotación
del recurso solar. Las principales afecciones se producen por parte de la línea aérea de alta
tensión de 132 kV “ST Mauricio-ST Morata Renovables”, que se proyecta dentro de las zonas de concesión minera, tanto por la ocupación por 17 apoyos como por el paso (vuelo)
por 84 parcelas de las concesiones directas de explotación ya citadas. Se ha dado traslado
al promotor, que manifiesta su intención de llegar a un acuerdo con Cementos Portland Valderribas, S.A. para compatibilizar las infraestructuras. Posteriormente, a raíz de las negociaciones con Cementos Portland Valderrivas, se ha llegado a acuerdo entre los titulares fechado el 22 de julio de 2022, donde entre otras cláusulas, el promotor se compromete a
modificar varias infraestructuras fuera del alcance de este expediente para no generar afecciones a Cementos Portland Valderrivas, en particular, modificaciones a los parques solares Goleta Solar y Cerezo Solar y a la línea de evacuación Atanzón-Ardoz.
Preguntado el Ayuntamiento de Chinchón, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada Ley 21/2013,
de 9 de diciembre, con la publicación el 20 de noviembre de 2021 en el “Boletín Oficial del
Estado” y con fecha 29 de noviembre de 2021 en el Boletín Oficial de la Provincia de
Madrid. Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor.
Se han recibido alegaciones de Siendo Util, S. L., y Mystery Inspiration, S.L. donde
muestran su oposición y ponen de manifiesto que tienen unas plantas fotovoltaicas ubicadas en la Comunidad de Madrid que resultan afectadas por el proyecto que comprende este
expediente, y que se engloban en el acuerdo de promotores que vierten en el nudo Vallecas 220 kV. Los proyectos que promueven Siendo Util, S.L. y Mystery Inspiration, S.L. y,
cuyo código de tramitación en la AGE es el PFot-583 AC, se denominan Carolina Solar PV
y V Solar I, que evacúan en la SET V Solar I y SET Torrecilla Solar, respectivamente, propiedad de AEMA Hispánica, S.L. Entre las instalaciones que tienen afecciones, en el ámbito de este expediente se incluyen los apoyos 37 y 38 de la LAAT 220 kV “SET-V Solar
PV a SET Aldehuela” y la LAAT 220 kV “SET Carolina Solar-SET Vallecas (REE)” que
se cruzan con los apoyos 11 y 12 de la LAAT Mauricio-Morata Renovables, en el término
municipal de Morata de Tajuña. Se ha dado traslado al promotor, que manifiesta su intención de llegar a un acuerdo con Siendo Util, S. L. y Mystery Inspiration, S. L., para compatibilizar las infraestructuras.
Se han recibido alegaciones de Khons Sun Power, S. L., donde muestra su oposición y
ponen de manifiesto que proyectan unas plantas fotovoltaicas ubicadas en Toledo que resultan afectadas por las infraestructuras que comprende este expediente, y que se engloban en
el acuerdo de promotores que vierten en el nudo Arganda 220 kV. Los proyectos que promueve Khons Sun Power, S.L. y, cuyo código de tramitación en la AGE es el PFot-450 AC,
se denominan: Tagus I y Tagus II, que evacúan en la SET Tagus 33/220 kV, propiedad de
Khons Sun Power, S.L. Entre las instalaciones que tienen afecciones, en el ámbito de este
expediente se incluyen los apoyos 92 y 94 de la “Línea de Evacuación Tagus-Arganda
(REE)” de 220 KV de tensión, en el término municipal de Colmenar de Oreja que se cruzan
con el apoyo 93 de la LAT 220 kV Mauricio Renovables-Morata Renovables, en el término
municipal de Morata de Tajuña. Se ha dado traslado al promotor, que manifiesta su intención de llegar a un acuerdo con Khons Sun Power, S. L. para compatibilizar las infraestructuras. Posteriormente, con fecha 6 de julio de 2022, Mauricio Solar, S. L. U., Martiánez Solar, S. L. U., Rabiza Solar, S. L. U., Recova Solar, S. L. U., Regata Solar, S. L. U. y Khons
Sun Power, S. L. U., firmaron un acuerdo para la compatibilización de las plantas fotovol-
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