C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230605-27)
Bases subvenciones – Orden de 23 de mayo de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, durante la vigencia del VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 132
LUNES 5 DE JUNIO DE 2023
b)
c)
d)
e)
Pág. 111
conducir y realicen esta actividad en el propio centro o al ir y volver de casa al centro de trabajo.
Actuaciones formativas según norma UNE171370-1 para operarios para la retirada de amianto pertenecientes a empresas inscritas en el RERA.
Actuaciones formativas prácticas, dirigidas a técnicos de prevención de riesgos laborales pertenecientes a servicios de prevención ajenos, propios o mancomunados, así como de entidades auditoras en: campos de fuego y/o en el manejo de
puente grúa y/o trabajos altura y/o manejo de retroexcavadora y/o manejo de plataformas elevadoras móviles de personal (PEMP) y/o taller/laboratorio de máquinas y/o espacios confinados.
Actuaciones formativas prácticas dirigidas a personas trabajadoras en trabajos
temporales en altura y/o campos de fuego y/o espacios confinados y/o aparatos
elevadores y/o máquinas para movimiento de tierras y/o manejo de puente grúa
y/o manejo de plataformas elevadoras móviles de personal (PEMP) y/o uso adecuado de equipos de ayudas mecánicas y/o auxiliares para la movilización de pacientes y/o taller/laboratorio de máquinas para aumentar el nivel preventivo.
Actuaciones formativas para técnicos de prevención de riesgos laborales sobre
norma UNE EN 45.001:2018, que ejerzan sus funciones dentro de servicios de
prevención ajenos, servicios de prevención propios o mancomunados o en entidades auditoras.
SECCIÓN 3.a
Línea 3: Gastos en materia de seguridad vial laboral
Artículo 25
Objeto de la subvención
La subvención tendrá por objeto la realización de Planes de Seguridad Vial Laboral y
la aplicación de las medidas establecidas en dichos Planes para evitar los riesgos derivados
de la conducción, tales como poner a disposición de las personas trabajadoras medios de
transporte colectivos propios o contratados que se destinen a transportar a los trabajadores
a sus centros de trabajo o a sus desplazamientos en misión, fomento de transporte público
y/o compra o alquiler de bicicletas o patinetes
Artículo 26
Gastos subvencionables
Serán gastos subvencionables relacionados con la inversión en materia de seguridad
vial los siguientes:
a) Elaboración de Planes de Seguridad Vial laboral.
b) Implementación de las medidas específicas previstas en planes de seguridad vial
laboral de las organizaciones, excluidas la formación en la materia, así como el
mantenimiento de vehículos y la inspección técnica de vehículos (ITV).
SECCIÓN 4.a
Línea 4: Gastos para la mejora de la organización y gestión preventiva
Artículo 27
Objeto de la subvención
Artículo 28
Gastos subvencionables
Serán gastos subvencionables relacionados con la inversión para la mejora de la organización y gestión preventiva los siguientes:
a) Adquisición de equipos de medición por parte de servicios de prevención ajenos,
propios y mancomunados, para el desempeño de su actividad.
BOCM-20230605-27
El objeto de esta línea de subvención es ayudar a las empresas y organizaciones a mejorar tanto la gestión preventiva como la integración de la seguridad y salud en el desempeño empresarial mediante la mejora de la organización, así como fomentar recursos propios
especializados en prevención de riesgos laborales existentes en las organizaciones.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 132
LUNES 5 DE JUNIO DE 2023
b)
c)
d)
e)
Pág. 111
conducir y realicen esta actividad en el propio centro o al ir y volver de casa al centro de trabajo.
Actuaciones formativas según norma UNE171370-1 para operarios para la retirada de amianto pertenecientes a empresas inscritas en el RERA.
Actuaciones formativas prácticas, dirigidas a técnicos de prevención de riesgos laborales pertenecientes a servicios de prevención ajenos, propios o mancomunados, así como de entidades auditoras en: campos de fuego y/o en el manejo de
puente grúa y/o trabajos altura y/o manejo de retroexcavadora y/o manejo de plataformas elevadoras móviles de personal (PEMP) y/o taller/laboratorio de máquinas y/o espacios confinados.
Actuaciones formativas prácticas dirigidas a personas trabajadoras en trabajos
temporales en altura y/o campos de fuego y/o espacios confinados y/o aparatos
elevadores y/o máquinas para movimiento de tierras y/o manejo de puente grúa
y/o manejo de plataformas elevadoras móviles de personal (PEMP) y/o uso adecuado de equipos de ayudas mecánicas y/o auxiliares para la movilización de pacientes y/o taller/laboratorio de máquinas para aumentar el nivel preventivo.
Actuaciones formativas para técnicos de prevención de riesgos laborales sobre
norma UNE EN 45.001:2018, que ejerzan sus funciones dentro de servicios de
prevención ajenos, servicios de prevención propios o mancomunados o en entidades auditoras.
SECCIÓN 3.a
Línea 3: Gastos en materia de seguridad vial laboral
Artículo 25
Objeto de la subvención
La subvención tendrá por objeto la realización de Planes de Seguridad Vial Laboral y
la aplicación de las medidas establecidas en dichos Planes para evitar los riesgos derivados
de la conducción, tales como poner a disposición de las personas trabajadoras medios de
transporte colectivos propios o contratados que se destinen a transportar a los trabajadores
a sus centros de trabajo o a sus desplazamientos en misión, fomento de transporte público
y/o compra o alquiler de bicicletas o patinetes
Artículo 26
Gastos subvencionables
Serán gastos subvencionables relacionados con la inversión en materia de seguridad
vial los siguientes:
a) Elaboración de Planes de Seguridad Vial laboral.
b) Implementación de las medidas específicas previstas en planes de seguridad vial
laboral de las organizaciones, excluidas la formación en la materia, así como el
mantenimiento de vehículos y la inspección técnica de vehículos (ITV).
SECCIÓN 4.a
Línea 4: Gastos para la mejora de la organización y gestión preventiva
Artículo 27
Objeto de la subvención
Artículo 28
Gastos subvencionables
Serán gastos subvencionables relacionados con la inversión para la mejora de la organización y gestión preventiva los siguientes:
a) Adquisición de equipos de medición por parte de servicios de prevención ajenos,
propios y mancomunados, para el desempeño de su actividad.
BOCM-20230605-27
El objeto de esta línea de subvención es ayudar a las empresas y organizaciones a mejorar tanto la gestión preventiva como la integración de la seguridad y salud en el desempeño empresarial mediante la mejora de la organización, así como fomentar recursos propios
especializados en prevención de riesgos laborales existentes en las organizaciones.