C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230605-27)
Bases subvenciones –  Orden de 23 de mayo de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, durante la vigencia del VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid, dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 5 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 132

d) Presupuestos de proveedores o facturas proforma de los gastos para los que se solicita subvención.
Cuando el importe del gasto supere la cuantía establecida en la legislación de contratos del sector público para el contrato menor, el beneficiario deberá solicitar,
como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo
que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el
mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten. La elección
entre las ofertas presentadas se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente la elección cuando no recaiga en la
propuesta económica más ventajosa, conforme se indica en el artículo 31.3 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
La documentación anterior podrá ser sustituida por la factura final en caso de existir ya en esta fase de la tramitación.
e) Informe aclaratorio que relacione los conceptos de los presupuestos o facturas presentadas con el objeto para el cual se solicita la ayuda.
f) Documentación Técnica. La documentación técnica que debe presentarse para
justificar el gasto subvencionable se especificará en cada convocatoria por cada
una de las líneas de subvención.
g) Documentación en materia de seguridad y salud laboral: sólo en el caso de personas físicas o jurídicas con personas trabajadoras por cuenta ajena:
— Declaración responsable del tipo de modalidad para la organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas, según se
establece en el artículo 10 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el
que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
— Declaración responsable de haber realizado, implantado y mantener actualizado el Plan de Prevención de riesgos laborales, la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva, de conformidad con lo
establecido en el artículo 2 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, y siguientes, así como el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.
— Declaración responsable de que, en caso de ser necesaria, se ha superado la correspondiente auditoria o evaluación externa del sistema de prevención de su organización conforme al artículo 30.6 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, o
bien la notificación a la Autoridad Laboral de que esta realmente no es necesaria según los artículos 29 y siguientes del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.
De conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
en aquellos supuestos en los que resulte posible, la Administración recabará electrónicamente los documentos relacionados en los apartados anteriores a través de sus redes corporativas
o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, salvo oposición expresa del interesado o falta de autorización expresa en lo relativo a los datos tributarios de acuerdo con lo previsto en el artículo 95.1.k) de
la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Artículo 13
1. La cuenta justificativa deberá presentarse en los mismos lugares y medios que se especifican en el artículo 10 para las solicitudes, y en el plazo establecido en el artículo 10.7.e), en
los términos previstos por dicho artículo y estará integrada por la siguiente documentación:
a) Informe de finalización del proyecto o de situación de desarrollo, en su caso.
b) Declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas con la subvención y su coste con el desglose de cada uno de los gastos incurridos.
c) Memoria de la justificación, en la que se especifiquen los gastos efectivamente
realizadas.
d) La documentación técnica que se especifique en la correspondiente convocatoria,
para cada una de las líneas de subvención.
e) Original de las facturas y justificantes bancarios de pago de todos los gastos objeto
de ayuda. Estas facturas serán devueltas al beneficiario, una vez realizado el abono
de la ayuda y estampillado en la misma el porcentaje de imputación que corresponda, de conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, de 17 noviembre, y 73 de su Reglamento.

BOCM-20230605-27

Justificación de la ayuda y pago