D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230601-29)
Convenio –  Convenio de 22 de mayo de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Fundación Pryconsa, cuyo objeto es continuar con la implantación del programa de desarrollo de competencias para facilitar y reforzar el aprendizaje escolar en los centros de protección de menores de la Comunidad de Madrid, así como formación a las familias acogedoras en ese ámbito
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 1 DE JUNIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 129

B) Formación para facilitar y reforzar el aprendizaje escolar de los menores en
acogimiento familiar, dirigida a sus familias acogedoras.
— Acciones formativas con una duración por determinar, entre 8 y 12 horas cada edición, cuyo objetivo será proporcionar herramientas de apoyo educativo y propiciar el diálogo común entre los participantes sobre la base de los contenidos que
se impartan.
— Durante la vigencia del convenio se programarán un máximo de nueve ediciones de
esta formación, con un mínimo de dos y un máximo de tres acciones formativas al
año, ajustando la duración y los contenidos a través de una evaluación continuada.
— Asimismo y con los contenidos de los materiales elaborados para los centros de
protección de menores del Programa de desarrollo de competencias, se elaborarán
cuatro diferentes guías de apoyo adaptadas y dirigidas a las familias acogedoras,
sobre los contenidos impartidos.
Tercera
Para el cumplimiento de los fines del convenio, las partes se comprometen, respectivamente, a realizar todas las actuaciones precisas para el buen fin del mismo, así como dar
a conocer y difundir las acciones y materiales que la Comisión mixta de seguimiento del
convenio estime pertinentes.
1. Obligaciones de la Comunidad de Madrid: corresponde a la Comunidad de
Madrid, a través de la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad:
a) Aportar los espacios para el desarrollo de las acciones formativas especificadas en
la Cláusula Segunda.
b) Seleccionar a los participantes en dichas acciones formativas de entre el personal
educativo de los centros de protección de menores de la Comunidad de Madrid,
así como de las familias acogedoras madrileñas.
c) En el marco de la Comisión mixta de seguimiento, supervisar y dirigir en el ámbito técnico y pedagógico el desarrollo de las actividades previstas, así como examinar que estén siempre en el marco de la legislación vigente y cumplan con las
medidas de excelencia necesarias.
2. Obligaciones de la Fundación Pryconsa:
Por su parte la Fundación Pryconsa se compromete a:
a) Participar de forma activa en la organización y desarrollo de las actuaciones objeto
del convenio, así como la puesta a disposición de los medios materiales y humanos
necesarios para su ejecución.
b) Destinar un presupuesto de 30.000,00 euros (treinta mil euros) repartidos de la siguiente forma: 25.000,00 euros (veinticinco mil euros) para las acciones formativas
individualizadas para la aplicación del programa de desarrollo de competencias y
para la formación de las familias acogedoras y 5.000,00 euros (cinco mil euros) para
la redacción y preparación los textos de las guías de apoyo a las familias acogedoras.
Esta cantidad se dividirá anualmente de la siguiente forma: 2023 hasta un máximo de
8.000,00 euros (ocho mil euros); 2024 hasta un máximo de 10.000,00 euros (diez mil
euros) y 2025 hasta un máximo de 12.000,00 euros (doce mil euros).
Como referencia, la tarifa retributiva docencia/hora que contratará la Fundación
Pryconsa se ajustará a la vigente para la gestión de las acciones formativas para el
personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.
c) Destinar un presupuesto por determinar, que estará aprobado por la Fundación
Pryconsa, para la edición e impresión definitiva del material de apoyo surgido de
los ciclos de formación dirigidos a las familias acogedoras en 2025.
d) En el marco de la Comisión mixta de seguimiento, la supervisión del desarrollo y
adecuado cumplimiento de las actuaciones sujetas al convenio.
e) Contratar para cada una de las acciones formativas descritas en la cláusula segunda, uno o varios asesores expertos cuyas funciones quedarán recogidas en el contrato correspondiente, de acuerdo con las partes firmantes de este convenio.
f) Igualmente, la Fundación contará con un responsable encargado de dirigir y coordinar todas las actuaciones necesarias de la Fundación Pryconsa en el marco de la
aplicación del convenio, siempre de acuerdo con los mandatos fundacionales que
reciba del Patronato y de la presidencia de dicha Fundación.

BOCM-20230601-29

Obligaciones que asumen las partes