C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230531-22)
Plan estratégico subvenciones – Orden 1532/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se modifican los epígrafes 7, 8, 10, 11, 12, 17, 23, 24 y se crean los epígrafes 47, 48 y 49 del Anexo I del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2020-2023 aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 198
MIÉRCOLES 31 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 128
Estas anualidades forman parte del PDR-CM 2014-2020 y están financiadas en un 75
por 100 por el FEADER, en un 17,5 por 100 por la Comunidad de Madrid y en el 7,5 por 100
restante por la Administración General del Estado, o los porcentajes que se establezcan en el
nuevo período de programación 2021-2027.El presupuesto de cada programa ambiental, con
cargo a la partida presupuestaria 77306 del Programa de gastos 411A de los Presupuestos
Generales de la Comunidad de Madrid, se establece en la convocatoria correspondiente.
Convocatoria 2023: programa 2023-2027 (PEPAC-CM 2023-2027).
Intervención 6503: “Ayudas para la adopción y el mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura y ganadería ecológicas.
Convocatoria 2023: programa 2023-2027 (PEPAC-CM).
EJERCICIO
PRESUPUESTARIO
ANUALIDAD
CUANTÍA PRESUPUESTO
2023
Primera (2023)
750.000,00
2024
Segunda (2024)
750.000,00
2025
Tercera (2025)
750.000,00
2026
Cuarta (2026)
750.000,00
2027
Quinta (2027)
750.000,00
El presupuesto será, con cargo a la partida presupuestaria 77306 del Programa de gastos 411A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, se establece en la convocatoria correspondiente.
En caso de que el importe de las solicitudes con derecho al pago sea superior al crédito
inicialmente aprobado, se podrá disponer de una cuantía adicional, sin necesidad de nueva
convocatoria de conformidad con lo previsto en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Los porcentajes de cofinanciación están fijados en el PEPAC vigente, para el FEADER en el 30 por 100, para la Administración General del Estado en el 20 por 100 y para
la Comunidad de Madrid, en el 50 por 100 restante. En caso de modificación del PEPAC,
serán los porcentajes publicados en la última versión aprobada.
Artículo séptimo
Modificación del apartado 4, “Coste previsible y fuente de financiación”, del Epígrafe 23, “Ayudas para la consolidación y mejora de regadíos existentes”, del Anexo I, “Líneas
de Subvención en régimen de concurrencia competitiva”, del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio ambiente, Vivienda y Agricultura para el período 2020-2023
aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo, con el siguiente detalle:
23. Ayudas para la consolidación y mejora de regadíos existentes
AÑO
PREVISIÓN PRESUPUESTARIA
2020
2021
2022
2023
2024
600.000 €
900.000 €
900.000 €
0€
750.000 €
La financiación de las ayudas se realizará con cargo a los créditos de la posición presupuestaria G/411A/77306, “Actuaciones agrícolas”, de los Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid.
Dado que estas ayudas se corresponden con el tipo de operación 4.3.4 “Ayudas para la
consolidación y mejora de regadíos existentes” del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid (PDR-CM) para el período 2014-2020 serán cofinanciadas en un 100
por 100 del gasto público por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)
con cargo a los fondos del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea de acuerdo al
Reglamento (UE) 2020/2220.
BOCM-20230531-22
4. Costes previsibles y fuentes de financiación:
La financiación prevista para el período 2020-2023 es la siguiente:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 198
MIÉRCOLES 31 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 128
Estas anualidades forman parte del PDR-CM 2014-2020 y están financiadas en un 75
por 100 por el FEADER, en un 17,5 por 100 por la Comunidad de Madrid y en el 7,5 por 100
restante por la Administración General del Estado, o los porcentajes que se establezcan en el
nuevo período de programación 2021-2027.El presupuesto de cada programa ambiental, con
cargo a la partida presupuestaria 77306 del Programa de gastos 411A de los Presupuestos
Generales de la Comunidad de Madrid, se establece en la convocatoria correspondiente.
Convocatoria 2023: programa 2023-2027 (PEPAC-CM 2023-2027).
Intervención 6503: “Ayudas para la adopción y el mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura y ganadería ecológicas.
Convocatoria 2023: programa 2023-2027 (PEPAC-CM).
EJERCICIO
PRESUPUESTARIO
ANUALIDAD
CUANTÍA PRESUPUESTO
2023
Primera (2023)
750.000,00
2024
Segunda (2024)
750.000,00
2025
Tercera (2025)
750.000,00
2026
Cuarta (2026)
750.000,00
2027
Quinta (2027)
750.000,00
El presupuesto será, con cargo a la partida presupuestaria 77306 del Programa de gastos 411A de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, se establece en la convocatoria correspondiente.
En caso de que el importe de las solicitudes con derecho al pago sea superior al crédito
inicialmente aprobado, se podrá disponer de una cuantía adicional, sin necesidad de nueva
convocatoria de conformidad con lo previsto en el artículo 58.2 del Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Los porcentajes de cofinanciación están fijados en el PEPAC vigente, para el FEADER en el 30 por 100, para la Administración General del Estado en el 20 por 100 y para
la Comunidad de Madrid, en el 50 por 100 restante. En caso de modificación del PEPAC,
serán los porcentajes publicados en la última versión aprobada.
Artículo séptimo
Modificación del apartado 4, “Coste previsible y fuente de financiación”, del Epígrafe 23, “Ayudas para la consolidación y mejora de regadíos existentes”, del Anexo I, “Líneas
de Subvención en régimen de concurrencia competitiva”, del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio ambiente, Vivienda y Agricultura para el período 2020-2023
aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo, con el siguiente detalle:
23. Ayudas para la consolidación y mejora de regadíos existentes
AÑO
PREVISIÓN PRESUPUESTARIA
2020
2021
2022
2023
2024
600.000 €
900.000 €
900.000 €
0€
750.000 €
La financiación de las ayudas se realizará con cargo a los créditos de la posición presupuestaria G/411A/77306, “Actuaciones agrícolas”, de los Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid.
Dado que estas ayudas se corresponden con el tipo de operación 4.3.4 “Ayudas para la
consolidación y mejora de regadíos existentes” del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid (PDR-CM) para el período 2014-2020 serán cofinanciadas en un 100
por 100 del gasto público por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)
con cargo a los fondos del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea de acuerdo al
Reglamento (UE) 2020/2220.
BOCM-20230531-22
4. Costes previsibles y fuentes de financiación:
La financiación prevista para el período 2020-2023 es la siguiente: