C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20230531-22)
Plan estratégico subvenciones – Orden 1532/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se modifican los epígrafes 7, 8, 10, 11, 12, 17, 23, 24 y se crean los epígrafes 47, 48 y 49 del Anexo I del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2020-2023 aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 128
ción, fomento y modernización de las industrias y establecimientos de transformación y comercialización de los productos agroalimentarios, de la pesca y la acuicultura.
El Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común
(planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que
se derogan los Reglamentos (UE) 1305/2013 y (UE) 1307/2013 incluye entre sus prioridades, la de impulsar un sector agrícola moderno, competitivo, resiliente y diversificado que
aproveche los beneficios de una producción de alta calidad y un uso eficiente de los recursos, y que garantice la seguridad alimentaria a largo plazo como parte de un sector agroalimentario competitivo y productivo, al tiempo que salvaguarda el modelo agrícola familiar
y contribuye a la mitigación del cambio climático y a la necesidad de mejorar la sostenibilidad de las explotaciones y su contribución a la biodiversidad.
Estas ayudas, con cofinanciación del FEADER y de la Administración General del Estado, se destinan a las microempresas, pequeñas y medianas empresas, así como a las empresas intermedias las que estando incluidas en PYMES tengan menos de 750 empleados o
un volumen de negocios inferior a 200 millones de euros, y como objeto apoyar las inversiones materiales e inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de los
productos agrícolas contemplados en el Anexo I del Tratado Fundacional de la Unión
Europea o del algodón, exceptuados los productos de la pesca o productos alimentarios distintos de los recogidos en este Anexo siempre y cuando la inversión se ubique en el medio
rural.
La industria agroalimentaria regional constituye un sector estratégico y relevante en el
sector industrial madrileño. Madrid, como fuerte centro logístico de distribución, ha atraído inversiones industriales y ha obligado a la industria madrileña a alcanzar unas cotas de
competitividad elevadas ante las exigencias de demanda de grandes volúmenes de producto, de mayor calidad y con mayores garantías higiénico-sanitarias.
2. Objetivos y efectos perseguidos:
En las directrices estratégicas comunitarias es un hecho reconocido que las industrias
agroalimentarias constituyen un fuerte pilar en el que se sustenta la economía rural de la
Unión Europea, debe animarse a las empresas a seguir invirtiendo en el futuro, para la consecución de una industria regional transformadora y comercializadora de productos agrarios tecnológicamente avanzada, basada en empresas técnica y económicamente viables y
medioambientalmente sostenibles, preparada para acceder a un mercado cada vez más globalizado.
Se precisa prestar apoyo a las empresas del sector agroalimentario regional para mejorar la posición de las mismas, contribuyendo de este modo a lograr los objetivos de un
crecimiento integrador y sostenible.
El apoyo a la industria agroalimentaria madrileña, en el marco de las intervenciones
programadas para la Comunidad de Madrid, dentro del Plan Estratégico de la PAC de España (PEPAC) aprobado por la Comisión Europea el 31 de agosto de 2022, se incluye en la
intervención 6842.2 denominada “Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrarios”. Esta intervención apoyará un amplio abanico de
inversiones en el ámbito de la transformación y de la comercialización de productos agroalimentarios, que busquen, entre otros objetivos, mejorar el rendimiento y desarrollo económico de las empresas; fomentar los productos de calidad; mejorar la seguridad alimentaria,
favorecer la creación de cadenas cortas de comercialización, potenciar la innovación y la
transformación digital, el desarrollo de nuevos productos, la búsqueda de nuevos mercados,
valorización de subproductos agrarios, etc.
Esta intervención contribuirá al cumplimiento de los siguientes objetivos específicos,
indicados en el artículo 6 del Reglamento (UE) 2021/2115:
OE2: Mejorar la orientación al mercado y aumentar la competitividad de las explotaciones agrícolas a corto y largo plazo, también mediante una mayor atención a la investigación, la tecnología y la digitalización.
OE8: promover el empleo, el crecimiento, la igualdad de género, incluida la participación de las mujeres en la agricultura, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas
rurales, entre ellas la bioeconomía circular y la silvicultura sostenible.
BOCM-20230531-22
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 31 DE MAYO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 128
ción, fomento y modernización de las industrias y establecimientos de transformación y comercialización de los productos agroalimentarios, de la pesca y la acuicultura.
El Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común
(planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que
se derogan los Reglamentos (UE) 1305/2013 y (UE) 1307/2013 incluye entre sus prioridades, la de impulsar un sector agrícola moderno, competitivo, resiliente y diversificado que
aproveche los beneficios de una producción de alta calidad y un uso eficiente de los recursos, y que garantice la seguridad alimentaria a largo plazo como parte de un sector agroalimentario competitivo y productivo, al tiempo que salvaguarda el modelo agrícola familiar
y contribuye a la mitigación del cambio climático y a la necesidad de mejorar la sostenibilidad de las explotaciones y su contribución a la biodiversidad.
Estas ayudas, con cofinanciación del FEADER y de la Administración General del Estado, se destinan a las microempresas, pequeñas y medianas empresas, así como a las empresas intermedias las que estando incluidas en PYMES tengan menos de 750 empleados o
un volumen de negocios inferior a 200 millones de euros, y como objeto apoyar las inversiones materiales e inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de los
productos agrícolas contemplados en el Anexo I del Tratado Fundacional de la Unión
Europea o del algodón, exceptuados los productos de la pesca o productos alimentarios distintos de los recogidos en este Anexo siempre y cuando la inversión se ubique en el medio
rural.
La industria agroalimentaria regional constituye un sector estratégico y relevante en el
sector industrial madrileño. Madrid, como fuerte centro logístico de distribución, ha atraído inversiones industriales y ha obligado a la industria madrileña a alcanzar unas cotas de
competitividad elevadas ante las exigencias de demanda de grandes volúmenes de producto, de mayor calidad y con mayores garantías higiénico-sanitarias.
2. Objetivos y efectos perseguidos:
En las directrices estratégicas comunitarias es un hecho reconocido que las industrias
agroalimentarias constituyen un fuerte pilar en el que se sustenta la economía rural de la
Unión Europea, debe animarse a las empresas a seguir invirtiendo en el futuro, para la consecución de una industria regional transformadora y comercializadora de productos agrarios tecnológicamente avanzada, basada en empresas técnica y económicamente viables y
medioambientalmente sostenibles, preparada para acceder a un mercado cada vez más globalizado.
Se precisa prestar apoyo a las empresas del sector agroalimentario regional para mejorar la posición de las mismas, contribuyendo de este modo a lograr los objetivos de un
crecimiento integrador y sostenible.
El apoyo a la industria agroalimentaria madrileña, en el marco de las intervenciones
programadas para la Comunidad de Madrid, dentro del Plan Estratégico de la PAC de España (PEPAC) aprobado por la Comisión Europea el 31 de agosto de 2022, se incluye en la
intervención 6842.2 denominada “Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrarios”. Esta intervención apoyará un amplio abanico de
inversiones en el ámbito de la transformación y de la comercialización de productos agroalimentarios, que busquen, entre otros objetivos, mejorar el rendimiento y desarrollo económico de las empresas; fomentar los productos de calidad; mejorar la seguridad alimentaria,
favorecer la creación de cadenas cortas de comercialización, potenciar la innovación y la
transformación digital, el desarrollo de nuevos productos, la búsqueda de nuevos mercados,
valorización de subproductos agrarios, etc.
Esta intervención contribuirá al cumplimiento de los siguientes objetivos específicos,
indicados en el artículo 6 del Reglamento (UE) 2021/2115:
OE2: Mejorar la orientación al mercado y aumentar la competitividad de las explotaciones agrícolas a corto y largo plazo, también mediante una mayor atención a la investigación, la tecnología y la digitalización.
OE8: promover el empleo, el crecimiento, la igualdad de género, incluida la participación de las mujeres en la agricultura, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas
rurales, entre ellas la bioeconomía circular y la silvicultura sostenible.
BOCM-20230531-22
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