Pozuelo de Alarcón (BOCM-20230530-82)
Urbanismo. Plan parcial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 127

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE MAYO DE 2023

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Asimismo serán a cargo de los propietarios del suelo:

Art. 29. Condiciones de cálculo de las redes de servicios y obras de urbanización.—El cálculo de las redes de Servicios, así como el resto de criterios a emplear para la
redacción del Proyecto de Urbanización serán las establecidas por el Ayuntamiento y por
las Compañías Suministradoras.
Art. 30. Condiciones respecto a la depuración de aguas residuales.—El caudal de
vertido del APR 3.4-05 no será superior a 137 m3/día. Actualmente los vertidos de este ámbito pertenecen, dentro de las cuatro cuencas de vertido existentes en el municipio de Pozuelo, a la cuenca del arroyo Pozuelo, cuyos vertidos se depuran en el Sistema de Depuración Madrid; gestionado por el Canal de Isabel II, S. A.
Art. 31. Respecto a la red de saneamiento y al proyecto de urbanización.—Al ser
tanto la titularidad como la gestión de las redes de alcantarillado de Pozuelo de Alarcón de
competencia municipal, serán los servicios técnicos municipales quienes definan y autoricen tanto la tipología de la red que se pudiera ejecutar como las conexiones de los vertidos
generados por el APR 3.4-05 “Calle Campomanes” a la red de alcantarillado municipal.
Igualmente, dichos servicios deberán garantizar que el funcionamiento y régimen hidráulico de las conducciones e instalaciones afectadas por los nuevos vertidos no resulta alterado negativamente.
Por otro lado, y en cumplimiento con lo recogido tanto en el Real Decreto 1290/2012
como en el Real Decreto 638/2016 por los que se modifica el Reglamento del Dominio
Público Hidráulico, el Proyecto de urbanización de la actuación deberá contemplar la
implantación de Sistemas Urbanos de Drenaje Sostenible (SUDS), que eviten/laminen
la incorporación en la red de alcantarillado de las aguas de lluvia.
El Proyecto de urbanización se redactará de acuerdo con las vigentes Normas para Redes de Saneamiento de Canal de Isabel II.
Art. 32. Respecto a la red de abastecimiento de agua.—Condicionantes para el inicio de las obras: el inicio de las obras de la red de abastecimiento de agua para consumo
humano quedará condicionado a la suscripción del Convenio de Conformidad Técnica entre el Promotor y el Canal de Isabel II, S. A., en donde se establecerán los compromisos
adquiridos por ambas partes para la recepción de dichas obras.
Siendo preceptivo por parte de esta Entidad la vigilancia del conjunto de las unidades
de obras incluidas en el proyecto de abastecimiento para su admisión e incorporación a la
explotación y conservación del Sistema General de Infraestructuras adscrito a Canal de Isabel II, S. A., no se reconocerán aquellas unidades de obra iniciadas o ejecutadas antes de la
suscripción del Convenio de Conformidad Técnica.
Condicionantes para la recepción de la red: la recepción de la red de distribución de
agua para consumo humano, así como su conexión al sistema General de Infraestructuras
adscrito al Canal de Isabel II, S. A., quedará condicionada a la puesta en servicio de las infraestructuras necesarias para garantizar el abastecimiento, saneamiento y depuración del
Sector.
7.

Normas generales de la edificación y de los usos

Art. 33.—En todo aquello que de forma específica no quede regulado en estas Normas
Urbanísticas será de aplicación la Normativa definida sobre estos conceptos en el PGOU
vigente de Pozuelo de Alarcón.

BOCM-20230530-82

— Las indemnizaciones que procedan a favor de propietarios o titulares de derechos,
incluidos los de arrendamiento, referidos a edificios y construcciones que deban ser
demolidos con motivo de la ejecución del planeamiento, así como de plantaciones,
obras e instalaciones que deban desaparecer por resultar incompatibles con este.
— Las obras de infraestructura y servicios exteriores a la unidad de actuación que
sean precisas.
— El coste de la redacción técnica y los anuncios preceptivos en la tramitación administrativa del planeamiento de desarrollo preciso para la ordenación pormenorizada y del proyecto o proyectos de urbanización, así como las tasas municipales devengadas por dicha tramitación.
— Los gastos de reparcelación o compensación y de gestión del sistema de ejecución.
— Los gastos de control de calidad de la urbanización.