Pozuelo de Alarcón (BOCM-20230530-82)
Urbanismo. Plan parcial
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 127

Ya que no es posible el cumplimiento de los límites acústicos en el exterior de las fachadas residenciales, sí se determina la necesidad del cumplimiento de los límites acústicos
en el interior de las viviendas, descritos en la Tabla B del Anexo II del RD 1367/2007, que
para estancias dormitorios es de 40 dB(A) en día y tarde y de 30 dB(A) en noche, mientras
que para estancias es de 45 dB(A) en día y tarde y de 35 dB(A) en noche. Para asegurar este
cumplimiento se deberán adoptar las siguientes medidas correctoras en el proyecto de edificación de los edificios residenciales:
— La ubicación, orientación y distribución interior de los edificios destinados a los
usos más protegidos desde el punto de vista acústico (dormitorios y estancias) se
planificará con vistas a minimizar los niveles de inmisión en los mismos, adoptando diseños preventivos y suficientes distancias de separación respecto a las fuentes de ruido más significativas, y en particular, el tráfico rodado.
— En las fachadas más expuestas no se deberían proyectar dormitorios, y las carpinterías exteriores deberán diseñarse de manera que se asegure el aislamiento acústico y no se rebasen los valores de inmisión de ruido en el ambiente interior expresados anteriormente.
— Si en fases posteriores se produjeran modificaciones que alteraran las condiciones
acústicas del ámbito o que afectaran a las medidas correctoras propuestas, se adaptará el estudio acústico a la nueva situación, con la adopción, en su caso, de nuevas medidas correctoras.
Estas medidas están incluidas y tenidas en cuenta si se cumple con el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, por el que se aprueba el documento básico “DB-HR
Protección frente al ruido” del Código Técnico de la Edificación.
En lo que respecta a los niveles acústicos en el entorno del Plan Parcial, incluso suponiendo un incremento del tráfico en un 20 por 100, se reducirán los niveles de ruido tanto
en la calle Campomanes, como en la inmisión directa sobre las fachadas actuales. Esto es
debido a que las futuras fachadas estarán más separadas, reduciendo así el impacto de las
reflexiones.
Durante la fase de obras de urbanización y edificación se deberán contemplar las medidas preventivas adecuadas para la protección del ruido en las viviendas cercanas, como
son el uso de equipamientos y maquinaría con un adecuado control de las emisiones acústicas, y el control de los horarios de trabajos, que se deberán restringir a los horarios de
día y tarde (7:00-19:00), preservando la noche sin trabajos para proteger el descanso en
el vecindario.
Art. 26. Medidas de protección del arbolado.—Será de aplicación lo dispuesto en la
Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de protección y fomento del arbolado urbano de la Comunidad de Madrid.
Se adoptarán las medidas de protección establecidas en la Ordenanza de Protección
Ambiental de Pozuelo de Alarcón.
6.

Normas de urbanización

— Vialidad. Explanación, afirmado y pavimentación de calzadas, construcción y
encintado de aceras y canalizaciones que deban construirse en el subsuelo para
servicios.
— Saneamiento. Colectores generales y parciales, acometidas, sumideros y atarjeas.
— Suministro de agua. Distribución domiciliaria de agua potable, de riego y de hidrantes contra incendios.
— Suministro de energía eléctrica incluidas conducción, distribución, alumbrado público y CT. y de mando.
— Suministro de gas natural incluidas conducciones y acometidas a parcelas.
— Jardinería y arbolado, así como mobiliario urbano en espacios libres.

BOCM-20230530-82

Art. 27. Normativa de aplicación.—Será de aplicación, con carácter general, la Normativa definida en el PGOU vigente de Pozuelo de Alarcón.
Art. 28. Obras e infraestructuras a cargo del Ámbito.—Las obras de urbanización y
servicios correspondientes a la ejecución de redes interiores definidas en el Ámbito, así
como su conexión a las generales de la población, serán a cargo de los titulares del suelo
delimitado y consistirán en la ejecución total o parcial, según se precise, de las siguientes
obras: