C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230530-19)
Programa de colaboración institucional – Orden 699/2023, de 22 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se regula el Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 127
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE MAYO DE 2023
Pág. 163
de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula y simplifica el procedimiento de
elaboración de las disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de
Madrid.
Conforme a los principios de necesidad y eficacia, se trata de una norma necesaria por
cuanto mantiene, con ligeras modificaciones, el Programa de colaboración institucional en
proyectos de actividad física y salud.
De acuerdo con el principio de proporcionalidad, se trata de una disposición normativa que adecúa y completa el contenido de la Orden 1819/2017, de 22 de mayo, de modo
que se siga llevando a cabo la colaboración realizada hasta el momento con las entidades
locales o entes vinculados o dependientes de la Comunidad de Madrid, dando continuidad
al mismo.
El principio de seguridad jurídica queda salvaguardado con la coherencia del contenido de esta orden con el conjunto del ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión Europea,
así como, en concreto, de la Comunidad de Madrid.
En aplicación del principio de transparencia, la propuesta ha sido sometida a los trámites de audiencia e información pública, garantizando la participación activa de sus destinatarios.
Se da cumplimiento al principio de eficiencia, pues no se impone a los ciudadanos cargas nuevas e innecesarias.
Por lo que respecta a la tramitación realizada, se ha sometido a los trámites de audiencia e información pública en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, y se
han recabado los informes preceptivos de las Direcciones Generales de Igualdad, de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, Transparencia y Atención al Ciudadano y de Presupuestos, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, así como de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13
de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de los artículos 15 y 21 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, corresponde a la titular de la Consejería
de Cultura, Turismo y Deporte, la aprobación de esta orden.
En su virtud, a propuesta del Director General de Deportes,
DISPONGO
Artículo 1
Objeto de la orden
La presente orden tiene por objeto regular el Programa de colaboración institucional
en proyectos de actividad física y salud de la Comunidad de Madrid (en adelante, el Programa).
Artículo 2
Objeto del Programa
El Programa tiene como objeto la colaboración de la Comunidad de Madrid con las entidades locales de su ámbito territorial, así como con los entes vinculados o dependientes
de estas, a través de la suscripción de convenios de colaboración para el desarrollo de proyectos en materia de actividad física y salud, que promuevan la participación en ellos de los
sectores de la población con más incidencia de la inactividad física o del sedentarismo, con
el objetivo final de extender la práctica de la actividad física en toda la Comunidad de
Madrid.
Artículo 3
1. Los proyectos que seleccione la Comunidad de Madrid deberán ser de nueva creación o de continuidad de los proyectos iniciados ya en el marco de este Programa, y estarán en consonancia con los siguientes objetivos:
a) La promoción de la actividad física y del ejercicio físico para la mejora de la salud
en la población, en particular, entre aquellos sectores con más incidencia de la
inactividad física y del sedentarismo.
b) Facilitar recursos específicos que permitan desarrollar procesos de prescripción e
intervención de actividad física y ejercicio físico.
BOCM-20230530-19
Objetivos y duración de los proyectos
B.O.C.M. Núm. 127
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 30 DE MAYO DE 2023
Pág. 163
de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula y simplifica el procedimiento de
elaboración de las disposiciones normativas de carácter general en la Comunidad de
Madrid.
Conforme a los principios de necesidad y eficacia, se trata de una norma necesaria por
cuanto mantiene, con ligeras modificaciones, el Programa de colaboración institucional en
proyectos de actividad física y salud.
De acuerdo con el principio de proporcionalidad, se trata de una disposición normativa que adecúa y completa el contenido de la Orden 1819/2017, de 22 de mayo, de modo
que se siga llevando a cabo la colaboración realizada hasta el momento con las entidades
locales o entes vinculados o dependientes de la Comunidad de Madrid, dando continuidad
al mismo.
El principio de seguridad jurídica queda salvaguardado con la coherencia del contenido de esta orden con el conjunto del ordenamiento jurídico, nacional y de la Unión Europea,
así como, en concreto, de la Comunidad de Madrid.
En aplicación del principio de transparencia, la propuesta ha sido sometida a los trámites de audiencia e información pública, garantizando la participación activa de sus destinatarios.
Se da cumplimiento al principio de eficiencia, pues no se impone a los ciudadanos cargas nuevas e innecesarias.
Por lo que respecta a la tramitación realizada, se ha sometido a los trámites de audiencia e información pública en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid, y se
han recabado los informes preceptivos de las Direcciones Generales de Igualdad, de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, Transparencia y Atención al Ciudadano y de Presupuestos, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, así como de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13
de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y de los artículos 15 y 21 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, corresponde a la titular de la Consejería
de Cultura, Turismo y Deporte, la aprobación de esta orden.
En su virtud, a propuesta del Director General de Deportes,
DISPONGO
Artículo 1
Objeto de la orden
La presente orden tiene por objeto regular el Programa de colaboración institucional
en proyectos de actividad física y salud de la Comunidad de Madrid (en adelante, el Programa).
Artículo 2
Objeto del Programa
El Programa tiene como objeto la colaboración de la Comunidad de Madrid con las entidades locales de su ámbito territorial, así como con los entes vinculados o dependientes
de estas, a través de la suscripción de convenios de colaboración para el desarrollo de proyectos en materia de actividad física y salud, que promuevan la participación en ellos de los
sectores de la población con más incidencia de la inactividad física o del sedentarismo, con
el objetivo final de extender la práctica de la actividad física en toda la Comunidad de
Madrid.
Artículo 3
1. Los proyectos que seleccione la Comunidad de Madrid deberán ser de nueva creación o de continuidad de los proyectos iniciados ya en el marco de este Programa, y estarán en consonancia con los siguientes objetivos:
a) La promoción de la actividad física y del ejercicio físico para la mejora de la salud
en la población, en particular, entre aquellos sectores con más incidencia de la
inactividad física y del sedentarismo.
b) Facilitar recursos específicos que permitan desarrollar procesos de prescripción e
intervención de actividad física y ejercicio físico.
BOCM-20230530-19
Objetivos y duración de los proyectos