B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230529-2)
Profesores de Religión –  Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se convoca procedimiento de adjudicación de vacantes para profesores de religión, para el curso 2023/2024
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE MAYO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 126

Lugares y forma de presentación:
Las solicitudes se presentarán en los siguientes lugares y formas:
La solicitud de participación, acompañada de la documentación correspondiente, se
presentará de forma telemática a través del Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid,
utilizando el formulario al que se puede acceder, siguiendo la ruta descrita en la base octava
y conforme a las especificaciones de documentación señaladas en la presente Resolución.
De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, para poder presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad
de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de
servicios de certificación”, estar dado de alta en Identifica, medio de identificación y firma digital de la Comunidad de Madrid, en alguno de los sistemas de identificación y autenticación
Cl@ve de la Administración General del Estado o cualquier otro sistema de firma electrónica
que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan
específicamente para cada tipo de firma. Dicha información se encuentra en el portal “personal + educación” ( https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/personal-educacion ),
en la sección, “Tramitación electrónica” ( https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/tramitacion-electronica ).
La documentación requerida en el procedimiento puede anexarse a la solicitud, en el
momento de su presentación y envío, o autorizar a la Administración a recabar o consultar
los datos contenidos en los documentos, en los casos que así se establezca. Se presumirá
que dicha consulta es autorizada por los interesados, salvo que conste en el procedimiento
su oposición expresa o la ley especial aplicable requiera consentimiento expreso. En el caso
de que no prestara este consentimiento para la consulta y comprobación de sus datos, el interesado estará obligado con carácter general a aportar copia de los documentos correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Igualmente, podrán aportarse documentos en los plazos establecidos para ello en esta
convocatoria, a través del apartado de “Sede electrónica” del portal de la Comunidad de
Madrid www.comunidad.madrid donde en la sección “Servicios de tramitación digital” están disponibles las siguientes opciones:
— “Aportar” “documentos”, la cual permite la aportación de documentos durante la
tramitación del expediente en los plazos establecidos para ello.
— “Consultar” “Situación de expedientes”, en la que se puede comprobar los documentos que se han anexado a la solicitud.
Los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante, entendiéndose con éste las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra
del interesado. La representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho
que deje constancia fidedigna o mediante declaración en comparecencia personal del interesado. Si desea actuar por medio de representante, deberá consignar sus datos en el apartado
“Datos del representante”, de la solicitud, y presentar:
— Copia del DNI del representante en el supuesto de consulta, marcando la casilla
correspondiente de la solicitud.
— Documento de otorgamiento de la representación.
Para comprobar los documentos anexados a la solicitud y la autenticidad del documento presentado por este medio, se puede acceder a la página de la Comunidad de Madrid
https://gestiona3.madrid.org/cove_web , e introducir el código seguro de verificación incluido en el recibo de presentación.
Cumplimentación de la solicitud:
En la solicitud de participación se relacionarán, por orden de preferencia, las plazas
que se solicitan.
Cualquier dato omitido o consignado erróneamente por el interesado no podrá ser invocado por este a efectos de futuras reclamaciones ni considerar por tal motivo, lesionados
sus intereses y derechos. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, por ningún concepto se podrá modificar la solicitud, ni las peticiones consignadas, ni aun cuando se trate
del orden de prelación de las plazas solicitadas. Cuando los códigos resulten ilegibles, estén incompletos o no se consignen los datos en la casilla correspondiente, se considerarán
no incluidos en la petición, perdiendo todo derecho a ellos los concursantes.
Sin perjuicio de lo establecido en el párrafo anterior, si la solicitud no reuniera los requisitos que señala el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento

BOCM-20230529-2

BOCM