B) Autoridades y Personal - VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES (BOCM-20230529-2)
Profesores de Religión – Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se convoca procedimiento de adjudicación de vacantes para profesores de religión, para el curso 2023/2024
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B.O.C.M. Núm. 126
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE MAYO DE 2023
Esta adjudicación se realizará mediante rondas sucesivas:
A) Primera ronda:
Sólo podrán participar en la asignación de destino aquellos profesores con relación indefinida no procedentes de situación de excedencia voluntaria.
En esta primera ronda cada participante a quien resulte adjudicado un destino deberá quedarse con esa plaza, renunciando en ese momento a las que tuviera, que se ofrecerán en la siguiente ronda de este mismo acto. Esta renuncia, sólo provisional para el curso 2023-2024 para
el acceso a destinos con carácter provisional, no implicará pérdida de derechos sobre la plaza
que pudieran tener con carácter definitivo.
Las renuncias serán efectivas exclusivamente con motivo de adjudicación de vacante.
B) Rondas sucesivas para completar jornada:
Tras la primera ronda, se realizarán rondas sucesivas para poder completar jornada,
siempre que el porcentaje de jornada del puesto lo permita. En estas rondas sucesivas los
participantes podrán mantener tanto el puesto asignado por el procedimiento como el que
tuviera con anterioridad. Esta opción quedará supeditada a que la organización y horarios
del centro o centros con los que pretendan completar su jornada sean compatibles.
En cada ronda, tanto la primera como las sucesivas, sólo se puede obtener un destino,
teniendo que esperar a la ronda siguiente para completar su jornada si ello fuera posible.
Los profesores con relación laboral indefinida que no puedan obtener ningún destino
en su diócesis podrán optar, en su caso, por puestos en otras diócesis, solicitándolo con posterioridad a la finalización de este procedimiento de adjudicación 2023-2024, y previa autorización de las diócesis afectadas. Estas adjudicaciones serán provisionales y no supondrán
modificación de la adscripción a la diócesis del profesorado.
Los destinos adjudicados tienen carácter provisional y serán irrenunciables para el curso académico 2023-2024. Si el titular del puesto se reincorporase, se pondrá fin a la adjudicación provisional.
C) Vacantes sin asignar y las que surjan durante el curso académico 2023-2024:
Una vez asignados los puestos a los profesores con relación laboral indefinida, incluidas
las posibles adjudicaciones de oficio establecidas en el apartado 16.2, las vacantes sin asignar
en este procedimiento y las que pudieran surgir a lo largo del curso escolar se adjudicarán, en
base a lo establecido en el artículo 4.2 del Real Decreto 696/2007, y siempre que los interesados no manifiesten expresamente su deseo de no participar, por el siguiente orden:
1. Profesores participantes en la presente convocatoria que no hayan alcanzado la
jornada completa ordenándose por los criterios establecidos en el apartado 16.2.b)
de esta convocatoria.
2. Resto de Profesores con relación laboral indefinida que no tengan la jornada del 100
por 100 ordenados según el criterio que establece la Resolución de 14 de marzo
de 2023, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22
de marzo de 2023, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace
público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que para el año 2023 es la letra M.
En ambos casos, la adjudicación quedará sometida a la compatibilidad de horarios entre la jornada que hubieran obtenido y la nueva vacante y tendrá un carácter provisional.
Una vez agotadas ambas vías, la autoridad eclesiástica podrá proponer nuevos profesores con motivo de vacante.
16.4. Fechas, sedes y horarios para la celebración de los actos públicos:
La fecha y sede donde se celebrarán los actos de adjudicación se publicarán en el portal de la Comunidad de Madrid, “Portal del ciudadano” y siguiendo la secuencia descrita en
la base octava.
16.5. Publicación de la asignación de puestos provisionales:
El resultado de la adjudicación de puestos provisionales se publicará en el portal de la Comunidad de Madrid, “Portal del ciudadano” y siguiendo la secuencia descrita en la base octava.
Decimoséptima
Movilidad por razón de violencia de género
De conformidad con lo establecido en el artículo 82 del texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, las profesoras de religión víctimas de violencia de
género que, para hacer efectiva su protección o el derecho a la asistencia social integral, se
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BOCM-20230529-2
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE MAYO DE 2023
Esta adjudicación se realizará mediante rondas sucesivas:
A) Primera ronda:
Sólo podrán participar en la asignación de destino aquellos profesores con relación indefinida no procedentes de situación de excedencia voluntaria.
En esta primera ronda cada participante a quien resulte adjudicado un destino deberá quedarse con esa plaza, renunciando en ese momento a las que tuviera, que se ofrecerán en la siguiente ronda de este mismo acto. Esta renuncia, sólo provisional para el curso 2023-2024 para
el acceso a destinos con carácter provisional, no implicará pérdida de derechos sobre la plaza
que pudieran tener con carácter definitivo.
Las renuncias serán efectivas exclusivamente con motivo de adjudicación de vacante.
B) Rondas sucesivas para completar jornada:
Tras la primera ronda, se realizarán rondas sucesivas para poder completar jornada,
siempre que el porcentaje de jornada del puesto lo permita. En estas rondas sucesivas los
participantes podrán mantener tanto el puesto asignado por el procedimiento como el que
tuviera con anterioridad. Esta opción quedará supeditada a que la organización y horarios
del centro o centros con los que pretendan completar su jornada sean compatibles.
En cada ronda, tanto la primera como las sucesivas, sólo se puede obtener un destino,
teniendo que esperar a la ronda siguiente para completar su jornada si ello fuera posible.
Los profesores con relación laboral indefinida que no puedan obtener ningún destino
en su diócesis podrán optar, en su caso, por puestos en otras diócesis, solicitándolo con posterioridad a la finalización de este procedimiento de adjudicación 2023-2024, y previa autorización de las diócesis afectadas. Estas adjudicaciones serán provisionales y no supondrán
modificación de la adscripción a la diócesis del profesorado.
Los destinos adjudicados tienen carácter provisional y serán irrenunciables para el curso académico 2023-2024. Si el titular del puesto se reincorporase, se pondrá fin a la adjudicación provisional.
C) Vacantes sin asignar y las que surjan durante el curso académico 2023-2024:
Una vez asignados los puestos a los profesores con relación laboral indefinida, incluidas
las posibles adjudicaciones de oficio establecidas en el apartado 16.2, las vacantes sin asignar
en este procedimiento y las que pudieran surgir a lo largo del curso escolar se adjudicarán, en
base a lo establecido en el artículo 4.2 del Real Decreto 696/2007, y siempre que los interesados no manifiesten expresamente su deseo de no participar, por el siguiente orden:
1. Profesores participantes en la presente convocatoria que no hayan alcanzado la
jornada completa ordenándose por los criterios establecidos en el apartado 16.2.b)
de esta convocatoria.
2. Resto de Profesores con relación laboral indefinida que no tengan la jornada del 100
por 100 ordenados según el criterio que establece la Resolución de 14 de marzo
de 2023, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22
de marzo de 2023, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace
público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos que para el año 2023 es la letra M.
En ambos casos, la adjudicación quedará sometida a la compatibilidad de horarios entre la jornada que hubieran obtenido y la nueva vacante y tendrá un carácter provisional.
Una vez agotadas ambas vías, la autoridad eclesiástica podrá proponer nuevos profesores con motivo de vacante.
16.4. Fechas, sedes y horarios para la celebración de los actos públicos:
La fecha y sede donde se celebrarán los actos de adjudicación se publicarán en el portal de la Comunidad de Madrid, “Portal del ciudadano” y siguiendo la secuencia descrita en
la base octava.
16.5. Publicación de la asignación de puestos provisionales:
El resultado de la adjudicación de puestos provisionales se publicará en el portal de la Comunidad de Madrid, “Portal del ciudadano” y siguiendo la secuencia descrita en la base octava.
Decimoséptima
Movilidad por razón de violencia de género
De conformidad con lo establecido en el artículo 82 del texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, las profesoras de religión víctimas de violencia de
género que, para hacer efectiva su protección o el derecho a la asistencia social integral, se
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